DECRETO 119/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades
Rango de LeyDecreto

El Decreto 58/2022, de 15 de mayo, establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, en la que se constituye la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades. Esa estructura fue desarrollada por el Decreto 73/2022, de 25 de mayo, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, en la que se determina el nivel organizativo de los órganos superiores y de dirección y de las distintas entidades del sector público adscritas a la Consellería.

La estructura de la Consellería está orientada a seguir garantizando un sistema educativo de calidad, inclusivo, equitativo y orientado al pleno desarrollo de todas las personas con independencia de sus circunstancias personales, sociales o familiares, adaptado a las necesidades del siglo XXI es un reto que enfrentan todas las sociedades modernas. En las circunstancias actuales de crisis, este desafío requiere un esfuerzo aún mayor para garantizar que nadie se quede atrás.

Por otro lado, mantener el impulso del sector cultural gallego, además de representar un factor determinante para la identidad y cohesión social, sigue representando una oportunidad de desarrollo económico que debe reforzarse con políticas proactivas que permitan seguir fortaleciendo el ecosistema de industrias creativas y culturales, al mismo tiempo que se garantiza el ejercicio y acceso a la cultura con plenitud a todas las personas.

Las sinergias derivadas de las políticas públicas de educación y cultura hacen de la sociedad gallega una sociedad más cohesionada socialmente y representan una oportunidad de progreso como sociedad moderna del bienestar del siglo XXI.

Este decreto toma como referencia la arquitectura organizativa preexistente de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad, tratando con la nueva estructura de ajustar y buscar una mejora continua de la estructura administrativa, con el fin de alcanzar el máximo nivel de calidad en la prestación de los servicios públicos.

Los cambios más sustanciales se recogen en el Decreto 73/2022, de 25 de mayo, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia.

En el ámbito educativo, se crea la Dirección General de Formación Profesional, con el objetivo de impulsar las políticas públicas vinculadas a la educación y la formación permanente que permita a todas las personas una cualificación adecuada para su pleno desarrollo y una mejor inserción laboral, contribuyendo a un mayor desarrollo económico y cohesión social.

Estas modificaciones se reflejan en la distribución de competencias y reajustes en las funciones de los distintos órganos con el fin de promover una actuación administrativa más eficaz e implementar las medidas necesarias para avanzar en la integración única del Sistema de Formación Profesional.

Por lo que se refiere a la organización de los servicios periféricos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, las jefaturas territoriales previstas en este decreto dependen orgánica y funcionalmente de la Consellería, sin perjuicio de las funciones de coordinación del ejercicio de sus competencias que asume cada delegación territorial en su correspondiente ámbito territorial.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintitrés de junio de dos mil veintidós,

DISPONGO:

TÍTULO I

Ámbito competencial y organización general de la Consellería

Artículo 1. Ámbito competencial

La Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades es el departamento de la Xunta de Galicia al que le corresponden las competencias y funciones en materia de promoción y difusión de la cultura, del patrimonio cultural, de los aspectos vinculados a la protección y promoción del patrimonio cultural de Galicia y de los caminos de Santiago; la planificación, regulación y administración de la enseñanza reglada en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades; la promoción y enseñanza de la lengua gallega, así como la dirección, planificación, coordinación y ejecución de la política lingüística de la Xunta de Galicia; la coordinación del sistema universitario; el reconocimiento, tutela y registro de las fundaciones de interés gallego de carácter cultural y educativo; las competencias y funciones que le atribuye el Decreto 268/2000, de 2 de noviembre, por el que se crea el Museo Pedagógico de Galicia, y el Decreto 214/2003, de 20 de marzo, por el que se modifica el Decreto 110/1999, de 8 de abril, por el que se crea y se regula el Consejo Gallego de Formación Profesional.

Todo ello de conformidad con lo establecido en la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de Galicia, en las leyes orgánicas reguladoras del sistema educativo español y demás normativa aplicable.

Artículo 2. Estructura de la Consellería

  1. La Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades, para el ejercicio de sus competencias y el cumplimiento de sus fines, bajo la superior dirección de la persona titular, se estructura en los siguientes órganos superiores y de dirección:

    1. La persona titular de la Consellería.

    2. La Secretaría General Técnica.

    3. La Secretaría General de Política Lingüística.

    4. La Secretaría General de Universidades.

    5. Dirección General de Cultura.

    6. Dirección General de Patrimonio Cultural.

    7. Dirección General de Planificación e Innovación Educativa.

    8. Dirección General de Formación Profesional.

    9. Dirección General de Centros y Recursos Humanos.

  2. Quedan adscritas a esta consellería, sin perjuicio de su personalidad jurídica propia, las siguientes entidades instrumentales públicas:

    1. La Agencia Gallega de las Industrias Culturales.

    2. El Consorcio Agencia para la Calidad del Sistema universitario de Galicia.

    3. La Fundación Pública Camilo José Cela.

    4. La Fundación Ciudad de la Cultura de Galicia.

    5. Fundación Rof Codina.

  3. Están también adscritos a esta consellería con el carácter, misión y funciones establecidas en sus respectivas normas reguladoras, los siguientes órganos colegiados:

    1. La Comisión Mixta Xunta-Iglesia, regulada por el Decreto 84/2017, de 3 de agosto.

    2. El Consejo de Archivos, regulado en el Decreto 25/2016, de 3 de marzo, por el que se regula su composición y funcionamiento.

    3. El Consejo Superior de Valoración de Bienes Culturales de Interés para Galicia, regulado por el Decreto 122/2012, de 10 de mayo.

    4. La Comisión Técnica de Arqueología, regulada por el Decreto 93/2017, de 14 de septiembre.

    5. El Comité Asesor del Camino de Santiago, regulado por el Decreto 93/2017, de 14 de septiembre.

    6. La Comisión Técnica de Etnografía, regulada por el Decreto 60/2008, de 13 de marzo.

    7. El Consejo de Cooperación Bibliotecaria de Galicia, regulado por el Decreto 190/2013, de 19 de diciembre.

    8. El Consejo Coordinador de Publicaciones de la Xunta de Galicia y la Comisión Permanente de Publicaciones, regulados por el Decreto 196/2001, de 26 de julio, por el que se regulan las publicaciones de la Xunta de Galicia.

    9. El Consejo Asesor del Libro, regulado por el Decreto 178/2007, de 13 de septiembre.

    10. El Consejo Asesor del Centro Gallego de Arte Contemporáneo.

    11. El Consejo de Evaluación Documental de Galicia regulado por el Decreto 15/2016, de 14 de enero.

    12. Los consejos territoriales de patrimonio, regulados por el Decreto 93/2017, de 14 de septiembre.

    13. La Comisión de Seguimiento e Impulso del Plan General de Normalización de la Lengua Gallega, creada por el Decreto 58/2006, de 30 de marzo.

    14. La Comisión Interdepartamental de la Xunta de Galicia para la Normalización Lingüística, creada por el Decreto 258/2006, de 28 de diciembre.

      ñ) El Consejo Escolar de Galicia, creado por la Ley 3/1986, de 18 de diciembre.

    15. El Consejo Gallego de Universidades, creado por la Ley 2/2003, de 22 de mayo.

    16. El Consejo para la Coordinación de la Docencia Clínica en Galicia creado por el Decreto 104/2011, de 11 de mayo.

    17. El Consejo Gallego de Formación Profesional, creado por Decreto 110/1999, de 8 de abril, modificado por el Decreto 214/2003, de 20 de marzo.

    18. El Consejo para la Convivencia Escolar de la Comunidad Autónoma de Galicia, creado por el Decreto 8/2015, de 8 de enero.

    19. La Junta Autonómica de Directores de Centros de Enseñanza no Universitarios, creada por la Orden de 11 de noviembre de 1999 y, a nivel territorial, las juntas provinciales de directores de centros de enseñanza no universitarios, creadas por la Orden de 10 de diciembre de 1997.

    20. La Comisión Interdepartamental de la Ribeira Sacra, creada por el Decreto 105/2020, de 9 de julio.

    21. La Comisión de Toponimia, regulada por el Decreto 174/1998, de 5 de junio, adscrita a la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades por la disposición adicional quinta del Decreto 108/2022, de 16 de junio, de estructura orgánica de los órganos superiores y de dirección dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia.

      En la composición de los órganos colegiados adscritos a esta consellería se atenderá al principio de presencia equilibrada de hombres y mujeres.

TÍTULO II

Servicios centrales

CAPÍTULO I

De la persona titular de la Consellería

Artículo 3. La persona titular de la Consellería

La...

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