DECRETO 11/2022, de 5 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyDecreto

El Decreto 1/2022, de 19 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías, incluye en el artículo 1, dentro de la organización departamental de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, a la que corresponderá de acuerdo con el artículo 2 el ejercicio de las competencias hasta ahora atribuidas.

La disposición final primera del mencionado decreto establece que las correspondientes normas de estructura orgánica procederán a la determinación del contenido de las atribuciones a que éste se refiere, así como de los órganos encargados de desarrollarlas.

El Decreto 3/2022, de 27 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se crean y regulan las Viceconsejerías, en su artículo 7, crea y regula la Viceconsejería de Política Agraria Comunitaria y Desarrollo Rural adscrita a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

Por Decreto 24/2019, de 1 de agosto, se estableció la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en aras de conseguir el aprovechamiento más eficiente de los recursos y de los medios con los que cuenta esta Administración para dar una respuesta eficaz a las necesidades del sector agrario de nuestra Comunidad.

Conforme a lo establecido en los artículos 16.k) y 45.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, la creación, modificación o supresión de Secretarías Generales y de Direcciones Generales se llevará a cabo por Decreto de la Junta de Castilla y León.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de la Presidencia e iniciativa del Consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 5 de mayo de 2022

DISPONE:

Artículo 1 Ámbito competencial.

Compete a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural promover, planificar, dirigir y ejecutar, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, la política agraria y de transformación agroalimentaria, las actuaciones de desarrollo rural ligadas a éstas, así como cualquier otra que se le atribuya, delegue o encomiende.

Viernes, 6 de mayo de 2022

A estos efectos se le atribuyen las competencias, funciones y servicios asumidos por la Comunidad, o que en su día se asuman relativos a dichas materias, y cuantos otros pudieran corresponderle en el marco de la Constitución y del Estatuto de Autonomía.

Artículo 2 Órganos directivos centrales.
  1. La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural se estructura en los siguientes órganos directivos centrales:

    Viceconsejería de Política Agraria Comunitaria y Desarrollo Rural.

    Secretaría General.

    Dirección General de la Industria y la Cadena Agroalimentarias.

    Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera.

    Dirección General de Política Agraria Comunitaria.

    Dirección General de Desarrollo Rural.

  2. A esta Consejería está adscrito el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León creado por la Ley 7/2002, de 3 de mayo.

Artículo 3 Consejo de Dirección.

Como órgano de deliberación y coordinación de las actividades de la Consejería, existe un Consejo de Dirección, presidido por el titular de la Consejería y del que forman parte los titulares de la Viceconsejería de Política Agraria Comunitaria y Desarrollo Rural, de la Secretaría General y de las Direcciones Generales. A sus reuniones podrán asistir otras personas siempre que el titular de la Consejería lo considere necesario.

Artículo 4 Viceconsejería de Política Agraria Comunitaria y Desarrollo Rural.
  1. A la Viceconsejería de Política Agraria Comunitaria y Desarrollo Rural, bajo la superior dirección del titular de la Consejería de Agricultura , Ganadería y Desarrollo Rural, le corresponden las competencias señaladas en el artículo 38 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, respecto de las materias contempladas en el artículo 7 del Decreto 3/2022, de 27 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se crean y regulan las Viceconsejerías.

  2. Dependerán de la Viceconsejería de Política Agraria Comunitaria y Desarrollo Rural, la Dirección General de la Política Agraria Comunitaria y la Dirección General de Desarrollo Rural.

  3. Además, corresponde a la Viceconsejería de Política Agraria y Desarrollo Rural el ejercicio de las funciones derivadas de la adscripción del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

Artículo 5 Secretaría General.
  1. Además de las competencias previstas en el artículo 39 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, corresponden a la Secretaría General:

    1. Resolver las reclamaciones en materia de personal.

    2. La administración de los créditos y la tramitación de las propuestas de pago que correspondan a la Consejería, sin perjuicio de las que concierna tramitar a las Direcciones Generales por razón de la materia.

    3. La tramitación de los expedientes de contratación en materias propias de la Consejería, sin perjuicio de los que corresponde tramitar a las Direcciones Generales por razón de la materia.

  2. Asimismo corresponden a la Secretaría General las siguientes atribuciones:

    1. La tramitación de los recursos interpuestos contra los actos emanados de la Consejería, sin perjuicio de los que corresponda tramitar a otros órganos directivos de la Consejería por razón de la materia y de su resolución por el órgano competente.

    2. La coordinación de las estadísticas...

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