Decreto 109/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la producción y gestión de los residuos sanitarios en la Comunidad Autónoma de Extremadura

AutorFernando López Pérez
CargoInvestigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA ? CIEMAT)
Páginas46-47
Recopilación mensual n. 48, Julio 2015
46
Extremadura
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 6 de julio de 2015
Decreto 109/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la producción y gestión de los
residuos sanitarios en la Comunidad Autónoma de Extremadura
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de
Derecho Ambiental (CIEDA CIEMAT)
Fuente: DOE núm. 98, de 25 de mayo de 2015
Temas clave: Residuos sanitarios; Salud
Resumen:
Este Decreto tiene por objeto el establecimiento del régimen jurídico de la producción y
gestión de los residuos sanitarios en Extremadura, sustituyendo al anterior Decreto
141/1998, de 1 de diciembre, a fin de actualizar su contenido y adaptarse al nuevo régimen
jurídico establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados,
incluyendo un reajuste de los grupos de residuos sanitarios y del listado de enfermedades
consideradas infecciosas.
A tal fin, el Decreto consta de cuatro Capítulos y una disposición adicional, una disposición
derogatoria y una disposición final. El primero de los Capítulos recoge el objeto y ámbito
de aplicación, definiciones aclaratorias y la clasificación de los residuos en ocho grupos, que
van desde residuos domésticos a residuos radiactivos. El Capítulo II, por su parte, se
destina a la regulación de la producción y gestión de los residuos sanitarios, distinguiendo
entre las operaciones internas de residuos (intracentro) y la gestión externa de los residuos
(extracentro).
El Capítulo III se encarga de las infracciones y sanciones, para lo cual se remite a la Ley
14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, a la Ley 7/2011, de 23 de marzo, de Salud
Pública de Extremadura y a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos
Contaminados. Por último, el Capítulo IV se encarga de regular la distribución
competencial en materia de residuos sanitarios, disponiendo que, en cuanto afecta a la
gestión intracentro, la encargada de velar por el cumplimiento de la normativa será la
Consejería competente en materia de sanidad, mientras que en lo concerniente a la gestión
extracentro, la encargada será la competente en materia de medio ambiente.
Entrada en vigor: 15 de junio de 2015
Normas afectadas: Deroga las siguientes normas:
-El Decreto 133/1996, de 3 de septiembre, por el que se crea el Registro de Pequeños
Productores de Residuos Peligrosos y normas para minimizar la generación de residuos
procedentes de automoción y aceites usados.

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