Decreto 10/2023, de 7 de febrero, por el que se modifica el Decreto 82/2019, de 16 de julio, de estructura orgánica y funciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.

Fecha de publicación10 Febrero 2023
Fecha07 Febrero 2023
Número de registro2023/1075
Número de Gaceta29/2023
EmisorConsejo de Gobierno
SecciónI.- DISPOSICIONALES GENERALES
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Consejería de Sanidad
Decreto 10/2023, de 7 de febrero, por el que se modica el Decreto 82/2019, de 16 de julio, de estructura orgánica
y funciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha. [2023/1075]
Mediante Decreto 82/2019, de 16 de julio, publicado en el Diario Ocial de Castilla-La Mancha nº 141, de 18 de julio de
2019, se estableció la estructura orgánica y funciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha en el ejercicio de las
competencias atribuidas en los artículos 32 y 33 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.
El artículo 11, apartados 6 y 7 de la Ley 1/2023, de 27 de enero, de Medidas Administrativas, Financieras y Tributarias
de Castilla-La Mancha da una nueva redacción a los artículos 58 y 61 del texto refundido de la Ley de Hacienda de
Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, sobre el procedimiento de gestión
de los gastos y competencias en la gestión de los gastos. La nueva regulación dispone que la competencia en materia
de gestión de gastos corresponderá a quienes la ostenten para adoptar los actos o negocios jurídicos que los generen
y ejecuten, conforme a lo dispuesto en las normas que regulen la estructura y competencias de la Administración
regional, sus organismos autónomos y entidades públicas. La ejecución presupuestaria queda subsumida en los actos
de gestión de los que derive. La adopción del acto o negoción jurídico que conlleve el gasto producirá la fase de gestión
presupuestaria que le corresponda.
Por lo expresado, es necesario modicar el artículo 6, letra e),
La competencia para la adopción de este decreto viene determinada en la misma normativa que fundamentó la
aprobación del Decreto 82/2019, de 16 de julio.
La modicación dispuesta en este decreto responden a los principios de necesidad, ecacia, proporcionalidad, seguridad
jurídica, transparencia y eciencia, tal y como exige la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Igualmente, se ajusta al principio de seguridad jurídica, siendo coherente con el
resto del ordenamiento jurídico. En relación con el principio de eciencia, este decreto no impone cargas administrativas.
De acuerdo con lo expuesto, a propuesta de la persona titular de la Consejería de Sanidad y previa deliberación del
Consejo de Gobierno en su reunión del día 7 de febrero de 2023,
Dispongo:
Artículo único. Modicación del Decreto 82/2019, de 16 de julio, de estructura orgánica y funciones del Servicio de Salud
de Castilla-La Mancha.
Se modica la letra e) del apartado 2 del artículo 6 del Decreto 82/2019, de 16 de julio, de estructura orgánica y funciones
del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, con la siguiente redacción:
e) La elaboración y tramitación de las propuestas de modicación de créditos del presupuesto.
Disposición nal primera. Habilitación normativa.
Se faculta a la persona titular de la Consejería de Sanidad para desarrollar lo dispuesto en este decreto.
Disposición nal segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Ocial de Castilla-La Mancha.
Dado en Toledo, el 7 de febrero de 2023
El Presidente
EMILIANO GARCÍA-PAGE SÁNCHEZ
El Consejero de Sanidad
JESÚS FERNÁNDEZ SANZ
AÑO XLII Núm. 29 10 de febrero de 2023 5092

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