STSJ Murcia , 31 de Octubre de 2001

PonenteJOAQUIN MORENO GRAU
ECLIES:TSJMU:2001:2959
Número de Recurso443/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

5 Este documento está impreso por una sola cara.

RECURSO nº. 443/98.

SENTENCIA nº. 794/01 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 794/01.

En Murcia a 31 de octubre de dos mil uno. En el recurso contencioso administrativo nº. 443/98, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 23.047.236 pesetas y referido a: impugnación de acuerdo de aprobación de proyecto de compensación.

Parte demandante:

D. Braulio , representado y defendido por el Letrado D. José Caballero Bernabé.

Parte demandada:

El Ayuntamiento de Cieza, representado por el Procurador D. José Augusto Hernández Foulquié y defendido por el Abogado D. Juan E. Serrano López.

Parte codemandada:

Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución SU-8 de Cieza, representada por el Procurador D. Alfonso Arjona Ramírez y defendido por el Abogado Sr. Abril Serrano.

Acto administrativo impugnado:

Acuerdo de 30 de diciembre de 1.997 del Ayuntamiento de Cieza por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de Compensación del SU-8 y se acepta por el Ayuntamiento la compensación en metálico del 10% de las cesiones obligatorias y gratuitas, con las cuotas de urbanización que como carga financiera le corresponden al Ayuntamiento como propietario de las Parcelas 14 y 15 del SU-8, que serán incorporadas al Patrimonio Municipal del Suelo.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dicte sentencia por la que se declare la nulidad de la compensación acordada en la resolución recurrida, o la anule, declarando no sujeta a Derecho la misma y, expresamente, la valoración efectuada, y ordenando el restablecimiento de la situación anterior a su existencia y la nulidad de todo acuerdo, resolución y/o decisión adoptada tras la aprobación y como consecuencia de ella, declarando aún vidente el derecho del Municipio al 10% del aprovechamiento de la edificabilidad de la Unidad de Ejecución SU-8 de Cieza.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Joaquín Moreno Grau, quien expresa el parecer de la Sala.

I-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 27 de febrero de 1.998, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 26-10-01.

II-

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se pretende a través de el presente recurso contencioso-administrativo obtener la declaración de nulidad del acuerdo del Pleno del Ayunmtamiento de Cieza por el que se aprobó definitivamente el Proyecto del Compensación de la Unidad de Ejecución SU-8 y se aceptaba la compensación del equivalente metálico del 10 % de cesiones obligatorias y gratuitas con las cargas de...

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