Declaración de concurso

AutorRafael Yangüela Criado
Cargo del AutorMagistrado

El Texto Refundido de la Ley Concursal, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020 de 5 de mayo, regula en el Título I de su Libro I todo lo referente a la declaración del concurso, y subdivide luego en capítulos la regulación de los presupuestos, la legitimación, la declaración del concurso a solicitud del deudor y del acreedor y otros legitimados, para finalizar con la regulación del auto de declaración de concurso y de los concursos conexos.

Presupuesto subjetivo de la solicitud del concurso

El art. 1 del TRLC establece que la declaración de concurso procederá respecto de cualquier deudor, sea persona natural o jurídica.

El presupuesto subjetivo de la declaración de concurso, esto es, la determinación de los sujetos a los que puede afectar dicha declaración, gira en torno a la cuestión de la personalidad jurídica.

Sin embargo, existen en nuestra legislación supuestos dudosos:

* Agrupaciones de interés económico

* Sociedades civiles

* Sociedad mercantil irregular

* Empresas públicas

Presupuesto objetivo de la solicitud del concurso

El art. 2 TRLC regula, bajo el epígrafe de presupuesto objetivo, la situación económica en que debe encontrarse un determinado deudor para que proceda su declaración de concurso.

Así, la norma maneja tres conceptos:

* La insolvencia actual

* La insolvencia inminente

* Los hechos reveladores de la situación de insolvencia:

  1. Existencia de declaración judicial o administrativa firme de insolvencia

  2. Embargo infructuoso

  3. Embargo generalizado del patrimonio del deudor

  4. El sobreseimiento general en el pago corriente de las obligaciones del deudor

  5. Sobreseimiento generalizado en el pago de obligaciones tributarias

  6. El alzamiento o liquidación apresurada de bienes del deudor

* Pluralidad de acreedores, a pesar de que no está establecida expresamente en el TRLC.

Legitimación para solicitar el concurso

El art. 3 TRLC establece los sujetos legitimados para solicitar la declaración de concurso:

* El deudor persona física

* El deudor persona jurídica (será competente para decidir sobre la solicitud el órgano de administración o de liquidación)

* Los socios, miembros o integrantes que sean personalmente responsables de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR