Ley 2/ 2003, de 28 de marzo, por la que se declara la Sierra de El Carche como Parque Regional.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorPresidencia
Rango de LeyLey

El Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 2/ 2003, de 28 de marzo, por la que se declara la Sierra de El Carche como Parque Regional.

Por consiguiente, al amparo del artículo 30. Dos, del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:

Preámbulo El espacio natural de la Sierra de El Carche está situado en el cuadrante Noreste de la Región en los municipios de Jumilla y Yecla.

Esta elevación montañosa, alineada en dirección SO-NE, se caracteriza por la presencia, en su zona occidental, del diapiro salino denominado Cabezo de la Sal; en la zona central se localiza la máxima altitud (La Madama, 1.371 metros), con claro dominio de materiales calizos y dolomíticos que se extienden hacia el NE para incluir la Sierra de Las Pansas (Las Pansas, 1.036 metros).

A nivel geomorfológico, además de domo salino del Cabezo de la Sal destaca un sistema cárstico que, aunque poco desarrollado, da origen a diversas simas y cuevas en la Sierra.

La zona Norte, de gran riqueza forestal, dominada por pinares, carrascales y matorrales, contrasta con la zona Sur donde dominan relieves abruptos y de gran potencia, con una vegetación formada mayoritariamente por un matorral bajo y espartizales.

Las comunidades vegetales de mayor interés son los tomillares gipsófilos, los carrascales, matorrales calcófilos muy ricos en especies singulares y el pinar relíctico de Pinus nigra subsp.

clusiana en la cumbre de la Sierra de El Carche.

Las características geomorfológicas de este espacio, el buen estado de conservación de la vegetación junto a la diversidad de formaciones vegetales, permiten la existencia de una importante riqueza en fauna.

El grupo faunístico más destacado es el de las aves, por la importante contribución del espacio para la nidificación de especies amenazadas y escasas, destacando entre otras las poblaciones de águila real, búho real, halcón peregrino, águila calzada y guila culebrera.

En el espacio natural hay inventariados diez tipos de hábitats de interés comunitario (Directiva 92/ 43/ CEE), de los cuales cinco son prioritarios por la citada Directiva.

El espacio cuenta además con yacimientos paleontológicos y arqueológicos, e incluye los montes del Catálogo de Utilidad Pública números 95, 104 y 126. La presencia de estos valores y recursos geomorfológicos, florísticos, faunísticos y forestales fueron los que dieron lugar a que, por la Ley 4/ 1992, de 30 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia, se contemplara a la Sierra de El Carche como uno de los espacios naturales de la Región que deberían obtener un estatus legal de protección.

El Anteproyecto de Ley por la que se declara la Sierra de El Carche como Parque Regional fue informado por el Consejo Económico y Social de la Región de Murcia, y se sometió a la aprobación del Consejo de Gobierno, de acuerdo con el Consejo Jurídico de la Región de Murcia.

Cumplida la exigencia, mediante el Decreto 69/ 2002, de 22 de marzo, de que previamente sea aprobado el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, conforme al artículo 15.1 de la Ley 4/ 1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, procede ahora su declaración formal como Parque Regional por Ley de la Asamblea Regional de Murcia, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 48.3 de la referida Ley 4/ 1992, de 30 de julio.

Artículo 1 Objeto y Régimen Jurídico 1

Se declara la Sierra de El Carche como Parque Regional, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 4/ 1992, de 30 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia.

  1. El régimen de protección y usos aplicable al mencionado Parque Regional será el contenido en el Decreto 69/ 2002, de 22 marzo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra de El Carche, sin perjuicio de lo dispuesto para esta categoría de espacios naturales protegidos en la Ley 4/ 1989, de 27 de marzo, de Conservación de Espacios Naturales y de Flora y Fauna Silvestre, así como en el Título VI de la Ley 4/ 1992, de 30 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia.

Artículo 2 Ámbito territorial El Parque Regional de la Sierra de El Carche, situado en los términos municipales de Jumilla y Yecla, comprende una extensión de 5.942,44 hectáreas, coincidiendo sus límites con los establecidos en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, aprobado por Decreto 69/ 2002, de 22 de marzo, y que se recogen como Anexo a la presente Ley.
Artículo 3 Área de influencia El área de influencia socioeconómica del Parque Regional de la Sierra de El Carche, está constituida por el conjunto de los términos municipales de Jumilla y Yecla.
Artículo 4 Junta Rectora y Director Conservador 1

El Parque Regional de la Sierra de El Carche tendrá adscrito un Director Conservador que asumirá la responsabilidad de dirigir y coordinar su gestión integral en colaboración con su equipo técnico.

  1. La Junta Rectora del Parque Regional de la Sierra de El Carche se constituye como órgano de participación y colaboración en la gestión del mismo.

Su composición y funciones se regirá por lo dispuesto en el Decreto 9/ 1994, de 4 de febrero.

Disposición final La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan y a los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.

Murcia, 28 de marzo de 2003.¿ El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.

ANEXO LÍMITES DEL PARQUE REGIONAL DE LA SIERRA DE EL CARCHE 1.-Límite Norte:

Línea que une los mojones del monte público n.º 104 «Cabezo de la Rosa» desde el 106 hasta el 153, sigue hasta el mojón 1 y de aquí al mojón 443 del monte público n.º 95 «Sierra de El Carche»; continúa por el límite del monte público n.º 95 hasta el mojón 509. A partir de este mojón toma la linde Norte de la parcela 18 del polígono 47 del Catastro de Rústica hasta el mojón 539 del monte público n.º 95, continuando por el límite de monte público hasta conectar con el monte público n.º 126 «Sierra de Las Pansas», en el municipio de Yecla.

  1. -Límite Este:

Sigue por el límite del monte público n.º 126 hasta el mojón 157. Continúa en línea recta hasta alcanzar el mojón 46 del monte público n.º 95, en el término municipal de Jumilla.

Sigue por dicho límite de monte público hasta el mojón 56, desde aquí en línea recta hasta el mojón 152, y continuando por la linde del monte público hasta el mojón 166. 3.-Límite Sur:

Desde el mojón 166 sigue por el límite de monte público hasta el mojón 181, rodeando por el Norte al enclavado de La Alberquilla por los mojones 161 hasta el 501, siguiendo por el límite de monte público desde el mojón 212 hasta el 427, de aquí pasa al mojón 13 del monte público n.º 104 «Cabezo de la Rosa», siguiendo por el límite de monte público hasta el mojón 41. 4.-Límite Oeste:

Desde el mojón 41 siguiendo por el límite de monte público hasta el mojón 106.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR