Protección de datos (I): origen, justificación de su necesidad y regulación en europa

AutorLucrecio Rebollo Delgado/Yolanda Gómez Sánchez
Páginas119-142

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1. Antecedentes jurídicos

Es una circunstancia constatada, que las normas surgen como consecuencia de una necesidad social, lo que hace del Derecho una fórmula de solucionar conflictos, ya sean éstos individuales o colectivos. La necesidad de una regulación jurídica al respecto de la protección de datos, no surge hasta que su uso puede ser lesivo de derechos. Por ello estimo conveniente hacer un análisis paralelo de la evolución de las posibilidades técnicas de la informática y del desarrollo normativo.

En 1935 el presidente norteamericano Roosevelt aprueba la Social Security Act, que con una finalidad social, pretendía la actualización de datos relativos a trabajadores como la asistencia médica, pensiones y otros beneficios. Ello supuso el primer gran reto del tratamiento de datos, debido al ingente número de éstos que se recogían, lo que había de multi-plicarse por millones de trabajadores. Pero los medios técnicos de la época eran escasos, lo que supuso un cumplimiento parcial de los objetivos, a la vez que evidenció la necesidad de herramientas técnicas para tan ingentes trabajos. Pero como es lógico deducir, las necesidades sociales en el ámbito civil o las pretensiones de las empresas, no eran suficientes para dar el empuje necesario. A lo más que se había llegado era al descubrimiento del profesor alemán Konrad Suze en 1941, del denominado Z3, que apuntaba las posibilidades, a la vez que explicitaba las necesidades de mejoras.

El verdadero impulso técnico viene de la pretensión constante, y de una no menor aportación económica, de mejorar y perfeccionar las técnicas de guerra. En 1943 un conjunto de expertos al servicio del ejército británico construyó el denominado Colossus, que tenía como finalidad descifrar en pocos segundos los mensajes secretos de los nazis durante la II Guerra Mundial. También con motivo de la carrera armamentística, en

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1945 se fabrica en Estados Unidos el ENIAC1y se hace en el laboratorio de Los Álamos, donde se estaba desarrollando la bomba atómica. En el mismo año, el profesor John von Neumann formula lo que se considera como el primer programa de ordenador, que podía realizar una simple operación contable, y en el mismo año realiza un informe donde establece las bases teóricas de los ordenadores.

En junio de 1950 se introducen las primeras aplicaciones civiles de la informática, la multinacional norteamericana Remington Rand entrega el primer ordenador de uso comercial, se fabrica ya en serie. En 1952, en un programa especial de la cadena de televisión norteamericana CBS, se utiliza un ordenador para hacer predicciones electorales sobre la candidatura presidencial de Eisenhouer y Stevenson. También se produce de forma inmediata el uso de la informática en el ámbito empresarial en Estados Unidos. Así, en 1954 la multinacional General Electric compra un ordenador UNIVAC2para procesar datos de contabilidad. También en 1960 se siguen utilizando los ordenadores para hacer predicciones electorales, que igualmente resultan acertadas, en este caso la victoria de Kennedy sobre R. Nixon. Hasta 1958, y también con finalidad militar, no se introduce el proceso de datos en tiempo real. IBM fabrica el SAGE3, para el sistema de defensa aérea de Estados Unidos.

En España los primeros usos civiles de la informática se dan en 1962. RENFE centraliza toda su informática en Madrid, suprime los equipos de provincias e instala ordenadores para la gestión de personal, estadística y contabilidad.

En 1968, y a través de IBM, se introduce el primer sistema de gestión de bases de datos. Se produce con ello la mayor y mejor aplicación de los ordenadores de la época, que podían gestionar una gran cantidad de datos, entre ellos habría que distinguir los técnicos (contabilidad, gestión, etc.) y por otro lado estarían los relativos a las personas. Al respecto de éstos, su tratamiento informático multiplicaba exponencialmente el uso de esa información y como consecuencia, la posible lesión de derechos individuales.

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Probablemente el primer autor consciente de este potencial peligro será Arthur R. Miller4, quien ya en 1969 es consciente de los problemas jurídicos relacionados con la intimidad que puede generar la informática. También en 1972, A. Westin publicará una monografía con la misma preocupación, después de realizar un estudio de las bases de datos más importantes en Estados Unidos, concluye su obra alertando sobre posibles usos lesivos5.

Este interés por el uso lesivo de la informática se irá incrementando en la medida en que se produce el avance tecnológico, y especialmente cuando se empieza a generalizar el uso del ordenador, no sólo por empresas o instituciones, sino también por particulares. De esta forma se inicia la regulación jurídica como la más plausible constatación del peligro respecto de derechos fundamentales, que aquélla lleva implícita. Al contrario de lo que hubiera parecido lógico, es decir, que la primera norma sobre protección de datos surgiera en Estados Unidos, debido a que este país es pionero en el desarrollo de los ordenadores, su generalización y la multiplicad de aplicaciones practicas, será en Europa y de forma más concreta en el Länder alemán de Hesse, donde se publicará la primera norma que limite el uso de la informática, se trata de la Datenschutz, de 7 de octubre de 1970, y le seguirá la Data Lag de Suecia de 1973.

No puede afirmarse que estas dos primigenias normas surgen de la nada, sino que por el contrario, son plasmación jurídica de las pretensiones apuntadas con anterioridad por órganos de la Unión Europea. En 1967, el Consejo de Europa constituyó una comisión consultiva para el estudio de las tecnologías de la información y su potencial lesividad de derechos de las personas. El trabajo de esta comisión se plasmó en la Resolución 509 de 1968 de la Asamblea del Consejo de Europa, que tiene como finalidad poner de manifiesto la posible confrontación entre derechos humanos y los nuevos logros científicos y técnicos. En 1973, el Comité de Ministros del Consejo de Europa publica Resolución6en la que se recomienda a los Estados miembros tomar determinadas precauciones para evitar el uso indebi-

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do o abuso de los datos de carácter personal incluidos en bancos de datos en el sector privado. Un año más tarde emitirá otra Resolución7de igual contenido y pretensión, pero en este caso referida a los bancos de datos del sector público.

En 1974 entrará en vigor en Estados Unidos la Privacy Act, que será el texto más completo y mejor estructurado jurídicamente hasta esa fecha, y que es el auténtico precursor de las posteriores normas sobre protección de datos de carácter personal.

Pese a lo manifestado, tecnológicamente aún estaba por llegar lo mejor. En 1965 L. Roberts y T. Merril conectan por primera vez dos ordenadores a través de una línea de teléfono y constatan la facilidad con que pueden transmitirse datos de uno a otro, nace así ARPANET, que ya en 1970, además de los usos militares, ofrecía correo electrónico y transferencia de ficheros dentro de Estados Unidos, y en 1973 se conseguían las primeras conexiones internacionales. Lo que se pone en comunicación en un principio son ordenadores individuales, pero con posterioridad lo que se conecta son redes o conjuntos de ordenadores. Como manifiesta De Andrés Blasco, esta nueva situación sacó a relucir ciertos problemas de diseño primario de la red: ARPANET era una red diseñada para interconectar ordenadores y no para interconectar redes de ordenadores”8.

La red ARPANET fue incorporando mejoras técnicas, unificando las posibilidades de conectar ordenadores de distintos fabricantes y descubriendo sus enormes posibilidades, basadas en que a través de un hilo telefónico podían conectarse y transmitirse datos entre una multiplicidad de ordenadores. El funcionamiento de ARPANET, al igual que el de INTERNET, se basa en una serie de protocolos, entendiendo por tales un conjunto de reglas que permiten estandarizar un procedimiento repetitivo. El 1 de enero de 1983 se sustituye el protocolo NCP por el de TCP/IP, se separa la parte militar, denominada Milnet y surge INTERNET, que coexiste con ARPANET hasta 1990 y un año después apareció la Wold Wide Web como hoy la conocemos. La generalización de su uso alejaba la informática del ámbito técnico y la colocaba en la centralidad de la vida del ciudadano, ya

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no es únicamente una herramienta de trabajo, sino también un medio global de intercambio de información de datos y un medio de comunicación.

Pero pese a ser la Red un ejemplo de colaboración y solidaridad, así como una magnifica herramienta para la sociedad, pronto se confirmó la misma necesidad que hemos analizado en los primeros usos de la informática, las potencialidades técnicas, puestas en la mano del hombre corren el riesgo de lesionar derechos fundamentales, lo que requiere la intervención del Estado, para que a través de la legislación, establezca medios de evitar la vulneración de derechos.

El problema añadido ahora, con la generalización o globalización del uso de la Red, es que el Estado no tiene posibilidad efectiva de controlar determinadas actividades, su actuación se ve limitada por el ámbito de vigencia de las propias normas estatales.

Como puede comprobarse, todo avance tecnológico, que implique un uso social, finaliza requiriendo la intervención jurídica, pero en este caso ya no únicamente del Estado, debido a que la existencia de un espacio virtual transfronterizo, requiere para la informática y el uso de La Red, una regulación universal...

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