SAP Girona 6/2005, 18 de Enero de 2005
Ponente | FERNANDO LACABA SANCHEZ |
ECLI | ES:APGI:2005:66 |
Número de Recurso | 502/2004 |
Número de Resolución | 6/2005 |
Fecha de Resolución | 18 de Enero de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Girona, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 6/05
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE
Don Fernando Lacaba Sánchez
MAGISTRADOS
Don Fernando Ferrero Hidalgo
Don Carles Cruz Moratones
En Girona, dieciocho de enero de dos mil cinco
VISTO, ante esta Sala el Rollo de apelación nº 502/2004 , en el que ha sido parte apelante D.MAAF SEGUROS COMPAÑIA ESPAÑOLA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. representada esta por el Procurador D. CARLOS JAVIER SOBRINO CORTÉS, y dirigida por el Letrado D. GASPAR DELSO ESCOLANO; y como parte apelada DÑA. Alicia , representada por la Procuradora DÑA. ROSA BOADAS VILLORIA, y dirigida por el Letrado D. JOSE CAPDEVILA LOPEZ.
Por el Juzgado Primera Instancia 1 Olot , en los autos nº 374/2003 , seguidos a instancias de DÑA. Alicia , representado por la Procuradora DÑA. Janina Juanola Coromina y bajo la dirección del Letrado D. Josep Capdevila López , contra D. MAAF SEGUROS COMPAÑIA ESPAÑOLA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. , representado por la Procuradora DÑA. Ma. Lluisa Pascual Agustí, bajo la dirección del Letrado D. Gaspar Delso Escolano, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que estimando íntegramente las pretensiones ejecitadas en el presente procedimiento deJuicio Ordinario número 374/03, seguidos ante este Juzgado a instancia de Dª Alicia -cuya representación es ostentada por la proucradora Dª JANINA JUANOLA COROMINA y cuya asistencia jurídica es dirigida porel Letrado D. JOSEP CAPDEVILA LÓPEZ-, contra la compañia aseguradora MAAF SEGUROS, Compañía Española de Seguros y Reaseguros S.A. representada por la Procuradora Mª LLUISA PASCUAL AGUSTÍ y asistida por el Letrado D.GASPAR DELSO ESCOLANO-: Condeno a MAAF SEGUROS S.A. a abonar a Dª Alicia la cantidad de 11.165'39 euros. Condeno a MAAF SEGUROS S.A. al abono de los intereses del 20% de dicha cantidad desde la fecha del siniestro. Sera la parte demandada la que deberá abonar las costas causadas en la presente instancia." .
La relacionada sentencia de fecha 14-6-04 , se recurrió en apelación por la parte demandada MAAF SEGUROS, compañia española de seguros y reaseguros, S.A. por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Fernando Lacaba Sánchez .
Se aceptan los de la recurrida en tanto no se opongan a los aquí manifestados.
Frente a la Sentencia que estimó la acción de reclamación de daños ejercitada por Dª Alicia y ejercitada contra la aseguradora MAAF, se alza esta última en solicitud de su revocación con base en errónea valoración de la prueba y vulneración de precepto legal.
Los hechos que sirven de base para el ejercicio de la acción estimada y sobre los que no hay controversia, son los siguientes:
La actora Dª Alicia era propietaria del vehículo Peugeot, modelo Graffic TD, matrícula LA-....-LM , que tenía concertada póliza que cubría daños propios derivados de la conducción, con franquicia de 300,51 ¿, con la entidad MAAF, y cuyo tomador era su marido D. Jesús Ángel , de número NUM000 y en cuyos apartados relativos a Exclusiones de las coberturas, apartado 3º titulado "Exclusiones de las modalidades: daños sufridos por el vehículo asegurado incluido el incendio, robo del vehículo, rotura de lunas del vehículo y accidentes corporales del conductor del vehículo asegurado", expresamente quedaba excluido, entre otros hechos, el siguiente:
"3. La conducción en estado de embriaguez o bajo la...
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