Curso de Conferencias en la Academia Matritense del Notariado

AutorD. P.
Páginas83-88

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El negocio fiduciario (Estudio crítico de la teoría del doble efecto), por Federico de Castro.

El pasado día 14 de noviembre disertó en la Academia Matritense del Notariado don Federico de Castro, quien pronunció una magistral conferencia con el título que sirve de epígrafe a esta reseña. El profesor De Castro es hoy, sin duda alguna, nuestra máxima autoridad en materias de Derecho civil, razón por la cual su palabra es siempre importante. Esta conferencia lo es ademas por su mismo contenido. Estamos seguros de que se recordará durante mucho tiempo.

El tema del negocio fiduciario es un tema a la par difícil desde el punto de vista de su construcción teórica y de una gran trascendencia práctica. Es un tema en el cual vivimos de una serie de tópicos que aceptamos usualmente como moneda corriente de curso legítimo. Uno de estos tópicos es lo que el profesor de la Universidad de Madrid llama la «teoría del doble efecto», es decir, la idea según la cual el negocio fiduciario origina en el plano real un efecto de genuina y plena transmisión de la propiedad, mientras que en el plano obligacional genera la pura obligación del fiduciario de retransmitir cuando la causa fiduciae se ha cumplido. Esta teoría, hoy generalmente aceptada en nuestro país, conduce a unas consecuencias que intuitivamente consideramos injustas, como ha ocurrido en la sentencia del Tribunal Supremo de 18 dé febrero de 1965, en la cual se admite por primera vez que el tercero que recibe los bienes del fiduciario adquiere un dominio inimpug-Page 84nable, aunque no sea un tercero de buena fe, por conocer la existencia de la fiducia y su alcance.

La tesis fundamental del profesor De Castro en la conferencia que comentamos es que la llamada teoría del doble efecto es del todo insostenible y ademas que es de la mayor importancia mostrar su inexactitud, ya que contradice y puede incluso llegar a minar los fundamentos mismos del sistema jurídico español.

El negocio fiduciario, y la construcción del doble efecto que la acompaña, nace perfecto y acabado de la cabeza de un jurista como Minerva saliera de la cabeza de Zeus

. Esta concepción se ha presentado como ungida con el doble carisma del Derecho Romano clásico y de la dogmática del pandectismo alemán, pero considerada la figura en su desnudez y contemplada sin prejuicios «aparece como una invención doctrinaria, sin amparo en las leyes y sin los cuarteles de nobleza de la elaboración medieval; engendro advenedizo y...

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