Cuota íntegra general

AutorEduardo Berché Moreno
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Financiero y Tributario, Facultad de Derecho de ESADE-URL
Páginas333-334

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El IRPF es un tributo parcialmente cedido a la Comunidades Autonómicas, las cuales participan en un porcentaje de su recaudación y ostentan cierta capacidad normativa, la cual se hace visible básicamente en la regulación del tramo autonómico, así como también en la posibilidad de establecer deducciones propiamente autonómicas.

Cada Comunidad Autónoma está obligada a aprobar la escala autonómica que resulte aplicable en cada ejercicio. La única limitación que impone a las Comunidades Autónomas es que debe tratarse de una escala progresiva.

A continuación se expone la escala de gravamen general estatal aplicable en los ejercicios 2012 y 2013; pues según el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, el incremento aprobado sólo afectará durante estos dos ejercicios.

El Gobierno ha aprobado una subida de los tipos de la escala de gravamen estatal. También algunas comunidades autónomas como Catalunya ya incrementaron su tramo autonómico en años anteriores.

Escala de gravamen estatal sobre la base liquidable general (art. 63 LIRPF)

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Teniendo en cuenta que hay diversidad de escalas autonómicas, hemos considerado oportuno trabajar con una escala agregada, es decir que contemple la suma de la escala estatal más la autonómica. Hemos escogido la escala autonómica de Catalunya, por ser la comunidad autónoma con una tributación más alta.

A su vez se indica al lector que los ejercicios efectuados se realizarán tomando ésta tabla agregada.

Se adjunta la escala progresiva de gravamen para el ejercicio 2012 (aplicable a los contribuyentes residentes en Cataluña). En esta escala se recoge el gravamen complementario previsto para los años 2012 y 2013:

Escala de gravamen agregada (escala estatal + autonómica de Catalunya) sobre la base liquidable general

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EJEMPLO Nº 79

Enunciado: La Sra...

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