La libertad del ser como dimensión de la personalidad y fundamento de la culpabilidad penal. sobre la doctrina de la culpabilidad de Jorge Figueiredo Dias

AutorKai Ambos
CargoCatedrático de Derecho Penal, Procesal Penal, Derecho Penal Internacional y Derecho Comparado, Georg-August-Universität Göttingen
Páginas95-129

Ver nota 1

Ver nota 2

Page 96

I La libertad en el ser y la culpabilidad penal

Jorge de Figueiredo Dias siempre ha defendido un Derecho penal de la culpabilidad propio de un Estado de Derecho 3 y concibió la culpabilidad en términos normativos como reprochable 4. Sin embargo, ya en 1972, se negó inequívocamente a ver su fundamento en el postulado común del libre albedrío, porque es insusceptible de prueba 5. La culpabilidad penal no puede ser fundada sobre la base

Page 97

de la teoría de la culpabilidad de la voluntad 6: ni como una decisión consciente de voluntad ilícita 7, ni como la capacidad de motivación de la norma 8, ni por último, como la culpabilidad de voluntad referida al carácter 9. Contra estas concepciones pronunciarse desde una perspectiva político-criminalmente orientada (una vez que ellas privilegiarían los agentes particularmente peligrosos, a quiénes les sería posible alegar con éxito, que no han podido actuar de otra manera, o que no han tenido la capacidad de ser motivados por el precepto) llevaría a una contradicción insoportable entre el poder individual y el deber ser socialmente deseado 10. Por lo tanto, la culpa-bilidad (superando la estéril controversia entre el determinismo y el indeterminismo) tendría que ser construida sobre el fundamento jurídico-filosófico y pre-penal de un concepto «ético-existencial» de la libertad personal 11 «como característica irrenunciable del ser humano o del ser persona» 12.

1. Ser, libertad, personalidad

Figueiredo Dias desarrolla su concepto de la libertad a partir del milenario dualismo que subyace invisiblemente entre la realidad sensible (empirismo) y el plano del (verdadero) ser (racionalismo). Por estos motivos se hace necesaria, la ayuda de la filosofía de Platón, Kant, Schopenhauer y Bergson 13. Originariamente de Platón, es la doctrina de la autonomía del hombre y de la capacidad de decisión o elección sobre su propia existencia. A pesar de que Platón en su teoría, ha construido una culpabilidad en referencia al mundo concreto (natural y sensible), se podría deducir que la libertad de elección es la

Page 98

matriz de toda culpabilidad 14. En lenguaje platónico: el hombre tiene en su alma los arquetipos del ser (las ideas), y entre otros, el arquetipo de la justicia 15; necesariamente posee también el conocimiento de los arquetipos y la capacidad de decidir de forma autónoma. En el contexto del pensamiento de Kant, el contraste entre el empirismo y el racionalismo que se halla en la contradicción entre el carácter empírico y el carácter inteligible, entre el mundo de los sentidos y el mundo de la comprensión, entre las leyes causales naturalistas y la razón pura independiente de la experiencia (en vano) procura fundar por sí mismo la esencia del ser, la cosa en sí 16. Esta razón pura se transforma en la razón práctica como «voluntad» o facultad de querer, en cuanto razón pura práctica, también es totalmente independiente de las determinaciones empíricas (sensibles), y es en esta independencia, que reside la libertad 17: libertad en sentido más radical, esto es trascendental 18. El carácter inteligible, es por consiguiente el fundamento de la libertad, (en el sentido del referido dualismo) independientemente del mundo empírico y por lo tanto insusceptible de valoración jurídica. Ahora se puede hablar de «la posibilidad onto-lógica de la libertad trascendental, fundada en el carácter inteligible» 19, pero ésta posibilidad (a pesar de las premisas kantianas) sólo es utilizable en el mundo real, empírico, en el caso que se supere el referido dualismo y que se comprenda al hombre como un ciudadano de dos mundos. De este modo, Figueiredo Dias postula un «efecto» de carácter inteligible (de la libertad por él representada) en un carácter empírico, en el mundo real, de manera que lo primero se vuelve un fundamento de lo segundo, así carácter empírico e inteligible, y la libertad (trascendental), se torna realizable 20. Figueiredo

Page 99

Dias considera que este desarrollo se puede encontrar en la teoría kantiana en apelo de Schopenhauer a la fórmula escolástica «operare sequitur esse», es decir, el pensamiento del ser como motivo de acción 21. Por lo tanto, al ser le corresponde un carácter inteligible en cuanto «propia esencia» de la cosa y su exteriorización en su carácter empírico 22. De esta manera la responsabilidad moral trata de ser expresada en acciones concretas, que refieren «ostensiblemente a lo que el hombre hace, pero básicamente a lo que el hombre es» 23. De hecho, Figueiredo Dias también es consciente de que Schopenhauer aceptaba la oposición entre el (completamente determinado) ámbito sensible (carácter empírico) y en el ámbito del ser metafísico (carácter inteligible), independientemente de la experiencia, y sólo se reconoce la libertad en la etapa pre-individual 24. Así, con ésta doctrina no conseguiría anclar la libertad como fundamento de la culpabilidad en el mundo real (empírico), previamente se continuaría a mostrar que la libertad se encuentra en el «ser ético» del hombre 25. El hombre no es libre en su existencia empírica, sino que es «libre en la raíz de su ser» 26. Desde esta perspectiva, la influencia de Schopenhauer hacia un concepto de la libertad «como una característica de» ese «metafísico, del que deriva la necesidad de un obrar empírico» 27; y por lo cual es justo clasificarlo como un» clásico «de la teoría de la culpabilidad de la persona 28. Figueiredo Dias da un paso más decisivo hacia la persona real y empírica de Bergson, que buscaba (sobre la base de un principio empírico) alcanzar una nueva metafísica a partir de los resultados de la investigación de las ciencias naturales» 29. Así, Bergson entiende la libertad (más allá del determinismo y el indeterminismo) como el fenómeno de la personalidad global, del

Page 100

alma entera 30, y que se encuentran en el origen de las acciones (aristotélicamente) en «nosotros» 31: «somos libres cuando nuestros actos emanan de nuestra personalidad global, cuando la expresan»32. La libertad se considera como la expresión de la acción, «que procede del yo» y «en él se fundamenta» 33. Aunque esta teoría también podría llevar a una comprensión de la culpabilidad demasiado amplia, ya que abarca todos las actos auténticos de de la personalidad, inclusive los actos de conciencia; Figueiredo Dias, sin embargo, pretende fijar su núcleo en la idea de «correspondencia del hecho con la personalidad». Según el criterio de la libertad y de culpabilidad. Figueiredo Dias retira de estas reflexiones jurídicas y filosóficas dos conclusiones: En primer lugar, la libertad se basaría en el «yo» de la personalidad, y los hechos concretos serían la expresión del «yo» y de la personalidad. En segundo lugar, una libertad racionalmente entendida, puramente inteligible, no podía resolver el problema de la libertad real como fundamento de la culpabilidad de la persona concreta, y diversamente sería necesario establecer una conexión con la «realidad empírica» 34 35. Paradójicamente, la libertad del hombre debería por un lado participar de la realidad; y por otro lado, apuntar a un determinismo 36, (eso significaría la capitulación de la libertad). Por lo tanto, la libertad tendría que existir originariamente como un todo, que es determinable en el mundo real y al mismo tiempo, en su carácter originario-real fundamentar (por sí misma) la posibilidad de la determinación 37. El «lugar» de una libertad así entendida (de hecho, una libertad de autodeterminación) se encuentran en la más radical y originaria realidad: la existencia humana 38. Con la apertura de dos nuevas perspectivas sobre la libertad: que su esencia se cubre «con la particularidad irreductible de la existencia humana», o sea, después de todo, «la originalidad de un modo propio que como fundamento oculto, se expresa en el hombre y en su obra» 39. Comprender la

Page 101

relación entre el ser y la libertad inherentes implica, a su vez, vías diversas para fundamentar la esencia del hombre: por un lado, un concepto material-social (es decir, anti-idealista) del hombre como sujeto realmente existente en el desarrollo histórico, donde el espíritu y el alma se comprenden apenas como meros auxiliares de realización de procesos orgánicos, dando así respuesta (a la última interrogante) al significado de la vida y la existencia 40. En cambio, por otro lado, una nueva comprensión de la «conciencia «que, más que a una existencia general del hombre, se refiere al hombre en una situación concreta, concebido como persona actuante y consciente, como «la esencia que se verifica en sus actos» 41. De aquí se seguiría la deter-minación de la esencia del hombre como especie particular, es decir, la «determinación simultánea de su posibilidad interna y su necesidad» 42 y por lo tanto «lo que hace es verdaderamente lo que es» 43. Y así, destruir para siempre el concepto de una libertad inteligible del hombre como «sujeto abstracto» y por lo tanto «individuo aislado», ya que el verdadero hombre no podría ser entendido de forma abstracta, sino que solamente como ser social 44. Por otra parte, la esencia del hombre no residiría en algo que hubiese sido previamente dado, a priori, a su naturaleza, ya que tendría que realizarse concretamente en el mundo y «en su concreto existir» y ahí debería procurarse, y encontrar la libertad concreta, personal y existencial 45 46. En conclusión, el problema de la libertad sólo puede ser adecuadamente tratado a través de una fusión entre los enfoques antropológicos, biológicos y ontológico: una teoría positiva de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR