La culpa o imprudencia establecida en la norma: el caso español y ecuatoriano

AutorLyonel Calderón Tello
Cargo del AutorDoctor en Derecho (Ph.D.)
Páginas89-96
89
CUADERNOS DE DOGMÁTICA JURÍDICA TEORÍA Y PRÁCTICA JURÍDICA
En lo que respecta a la regulación española, la
ley penal no define qué se debe entender por impru-
dencia. Sin embargo, el art. 10 CP determina que las
acciones y omisiones penadas por la ley son delitos48 y
como el art. 5 CP establece que no hay pena sin dolo
o imprudencia; se puede concluir que existirá la cul-
pabilidad estando presentes los demás elementos del
48 M P, S.: Derecho penal…, ob. cit., pág. 292.
IV
La culpa o imprudencia
establecida en la
norma: el caso español
y ecuatoriano

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