Depósito de cuentas estando pendiente recurso sobre renuncia de auditor por su solicitante

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas172-172

Hechos: La situación de hecho que se da en este recurso por el que se suspende el depósito de cuentas de una sociedad no obligada a auditarlas es el siguiente:

  1. Existe una petición de auditor por la minoría, habiendo terminado el expediente con el nombramiento del auditor.

  2. El socio solicitante renuncia a la auditoría

  3. No se admite por el registro dicha renuncia.

  4. Se recurre dicha decisión, todavía pendiente.

  5. Ahora se presentan las cuentas sin el informe del auditor.

El registrador consideras que no es posible su depósito por existir un nombramiento de auditor a petición de la minoría, hasta que resuelva la DG (arts. 366.1.5 y 378 del RRM y R. 11 de Febrero de 2009)

El interesado recurre alegando la renuncia, que la sociedad ha devenido unipersonal y que la renuncia es válida pues no perjudica a nadie.

Doctrina: la DG rechaza el recurso confirmando la nota pero estableciendo la forma en que debió actuar el registrador ante el supuesto planteado.

Así dice que el recurso presentado no puede tener por objeto "la revisión de actuaciones anteriores ni mucho menos las de aquéllas que, recurridas, están pendientes de resolución en otro expediente" y en consecuencia si la situación actual es la de un auditor del artículo 265.2 de la LSC inscrito, "no cabe llevar a cabo el depósito de las cuentas si la solicitud no se acompaña del preceptivo informe de auditoría".

Ahora bien, añade, "ante una situación de indeterminación" como la planteada "el registrador Mercantil debe esperar a la resolución por parte de esta Dirección General del recurso de alzada interpuesto, para poder calificar el...

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