¿Cuales son las causas legales de separación matrimonial?

AutorMª Begoña Fernández González
Cargo del AutorDoctora en Derecho. Universidad San Pablo-CEU

La separación de los cónyuges supone la suspensión provisional o definitiva de la vida en común. No es una ruptura del vínculo, el matrimonio subsiste pero hay un cese efectivo de la convivencia.

Existen diversas clases de separación personal:

a. Separación de hecho. Es aquella que tiene lugar por acuerdo de los cónyuges o por decisión de uno de ellos. No interviene el Juez, simplemente ambos esposos deciden dejar de vivir juntos. Esta separación puede derivar en divorcio cuando transcurran una serie de plazos legales, que luego se verán (siempre que se interponga la correspondiente demanda); o bien puede derivar en separación judicial cuando se obtiene una sentencia en ese sentido que previamente se ha solicitado por los cónyuges.

b. Separación consensual. Tiene lugar cuando los cónyuges deciden acudir al proceso judicial y pedir dicha separación obteniendo la correspondiente sentencia de separación. En este caso actúan de mutuo acuerdo o uno con el consentimiento del otro. Es necesario que haya transcurrido el primer año de matrimonio. Como hay acuerdo debe acompañarse a la demanda una propuesta de convenio regulador. Se trata de un documento donde los cónyuges establecen las medidas que en lo sucesivo van a regir entre ellos y que se refieren a una serie de extremos como el régimen de visitas para con los hijos, la liquidación del régimen económico matrimonial, la pensión que quizá corresponde a uno de los esposos etc.

c. Separación causal. Esta separación implica la ausencia de convenio o de acuerdo entre los cónyuges. Es uno de ellos el que interpone la demanda alegando alguna de las causas legales de separación. Estos motivos están tasados por ley y no es posible aplicar otros por analogía. De cualquier modo su alcance es lo suficientemente amplio para abarcar las diversas hipótesis que se pueden dar en la realidad. Las causas legales de separación son:

  1. El abandono injustificado del hogar, la infidelidad conyugal, la conducta vejatoria o injuriosa y cualquier otra violación grave y reiterada de los deberes conyugales. Se trata del incumplimiento de los deberes de respeto, ayuda y socorro mutuos que los esposos se prometieron en el momento de casarse. Debe demostrarse una conducta continua de infracción de alguno de estos deberes, sin que alguna acción aislada sea suficiente motivo para que el Juez la estime para la separación. Respecto a la infidelidad, no podrá invocarse si hubiera una previa separación de hecho libremente...

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