Cuadro comparativo Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim)

RedacciónconformelasnovedadesintroducidasporlaLeyOrgánica13/2015,de5deoctubre,de
modificacióndelaLeydeEnjuiciamientoCriminalparaelfortalecimientodelasgarantías
procesalesylaregulacióndelasmedidasdeinvestigacióntecnológicaylaLey41/2015,de5de
octubre,demodificacióndelaLeydeEnjuiciamientoCriminalparalaagilizacióndelajusticia
penalyelfortalecimientodelasgarantíasprocesales.
Artículo
Redacciónanterior
Redacciónconformelasmodificaciones
Artículo14
Art.14LECrim:
3. Para el conocimiento y fallo de las causas por delitos a los que la Ley
señale pena privativa de libertad de duración no superior a cinco años o  
pena de multa cualquiera que sea su cuantía, o cualesquiera otras de  
distinta naturaleza, bien sean únicas, conjuntas o alternativas, siempre que
la duración de éstas no exceda de diez años, así como porfaltas, sean o no          
incidentales, imputables a los autores de estos delitos o a otras personas,
cuando la comisión de la falta o su prueba estuviesen relacionadas con
aquéllos, el Juez de lo Penal de la circunscripción donde el delito fue
cometido, o el Juez de lo Penal correspondiente a la circunscripción del  
Juzgado de Violencia sobre la Mujer en su caso, o el Juez Central de lo
Penal en el ámbito que le es propio, sin perjuicio de la competencia del
Juez de Instrucción de Guardia del lugar de comisión del delito para dictar
sentencia de conformidad, odel Juez de Violencia sobre la Mujer
competenteensucaso,enlostérminosestablecidosenelartículo801.
No obstante, en los supuestos de competencia del Juez de lo Penal, si el
delito fuere de los atribuidos al Tribunal del Jurado, el conocimiento y
fallocorresponderáaéste.
Art.14LECrim:
3. Para el conocimiento y fallo de las causas por delitos a los que la Ley
señale pena privativa de libertad de duración no superior a cinco años o pena
de multa cualquiera que sea su cuantía, o cualesquiera otras de distinta
naturaleza, bien sean únicas, conjuntas o alternativas, siempre que la
duración de éstas no exceda de diez años, así como por delitos leves, sean o       
no incidentales, imputables a los autores de estos delitos o a otras personas,     
cuando la comisión del delito leve o su prueba estuviesen relacionadas con  
aquéllos, el Juez de lo Penal de la circunscripción donde el delito fue
cometido, o el Juez de lo Penal correspondiente a la circunscripción del  
Juzgado de Violencia sobre la Mujer en su caso, o el Juez Central de lo
Penal en el ámbito que le es propio, sin perjuicio de la competencia del Juez
de Instrucción de Guardia del lugar de comisión del delito para dictar
sentencia de conformidad, del Juez de Violencia sobre la Mujer competente
en su caso, en los términos establecidos en el artículo 801, así como de los          
Juzgados de Instrucción competentes para dictar sentencia en el proceso
poraceptacióndedecreto.
Artículo17
Art.17LECrim:
Considérasedelitosconexos:
Primero. Los cometidos simultáneamente por dos o más personas reunidas,
Art.17LECrim:
1.Cadadelitodarálugaralaformacióndeunaúnicacausa.
No obstante, los delitos conexos serán investigados y enjuiciados en la
siempre que éstas vengan sujetas a diversos Jueces o Tribunales ordinarios
oespeciales,oquepuedanestarloporlaíndoledeldelito.
Segundo. Los cometidos por dos o más personas en distintos lugares o
tiempossihubieraprecedidoconciertoparaello.
Tercero. Los cometidos como medio para perpetrar otros,o facilitar su    
ejecución.
Cuarto.Loscometidosparaprocurarlaimpunidaddeotrosdelitos.
Quinto. Los diversos delitos que se imputen a una persona, al incoarse
contra la misma causa por cualquiera de ellos, si tuvieren analogía o
relación entre sí, a juicio del Tribunal y no hubiesen sido hasta entonces
sentenciados.
misma causa cuando la investigación y la prueba en conjunto de Los
hechos resulten convenientes para su esclarecimiento y para la
determinación de las responsabilidades procedentes salvo que suponga
excesivacomplejidadodilaciónparaelproceso.
2. a los efectos de la atribución de jurisdicción y de la distribución de la
competenciaseconsiderandelitosconexos:
1.Loscometidospordosomáspersonasreunidas.
2. Los cometidos por dos o más personas en distintos lugares o tiempos si
hubieraprecedidoconciertoparaello.
3.Loscometidoscomomedioparaperpetrarotrosofacilitarsuejecución.
4.Loscometidosparaprocurarlaimpunidaddeotrosdelitos.
5. Los delitos de favorecimiento real y personal y el blanqueo de
capitalesrespectoaldelitoantecedente.
6. Los cometidos por diversas personas cuando se ocasionen lesiones o
dañosrecíprocos.
3. Los delitos que no sean conexos pero hayan sido cometidos por la
misma persona y tengan analogía o relación entre sí, cuando sean de la    
competencia del mismo órgano judicial, podrán ser enjuiciados en la
misma causa, a instancia del Ministerio Fiscal, si la investigación y la
prueba en conjunto de los hechos resultan convenientes para su
esclarecimiento y para la determinación de las responsabilidades
procedentes, salvo que suponga excesiva complejidad o dilación para el
proceso.
Artículo120
Art.120LECrim:
1. Las disposiciones de esta Ley que requieren o autorizan la presencia del
imputado en la práctica de diligencias de investigación o de prueba
anticipada se entenderán siempre referidas al representante especialmente
designado por la entidad, que podrá asistir acompañado del letrado
encargadodeladefensadeésta.
Art.120LECrim:
1. Las disposiciones de esta Ley que requieren o autorizan la presencia del
investigado en la práctica de diligencias de investigación o de prueba      
anticipada se entenderán siempre referidas al representante especialmente
designado por la entidad, que podrá asistir acompañado del letrado
encargadodeladefensadeésta.
Artículo141
Art.141LECrim:
Autos, cuando decidan incidentes o puntos esenciales que afecten de una
manera directa a los imputados o procesados, responsables civiles,
acusadores particulares o actores civiles; cuando decidan la competencia
del Juzgado o Tribunal, la procedencia o improcedencia de la recusación,
cuando decidan recursos contra providencias o decretos, la prisión o
libertad provisional, la admisión o denegación de prueba o del derecho de
justicia gratuita o afecten a un derecho fundamental y, finalmente, los
demásquesegúnlasLeyesdebenfundarse.
Art.141LECrim:
Autos, cuando decidan incidentes o puntos esenciales que afecten de una
manera directa a los investigados o encausados, responsables civiles,    
acusadores particulares o actores civiles; cuando decidan la competencia del
Juzgado o Tribunal, la procedencia o improcedencia de la recusación,
cuando decidan recursos contra providencias o decretos, la prisión o libertad
provisional, la admisión o denegación de prueba o del derecho de justicia
gratuita o afecten a un derecho fundamental y, finalmente, los demás que
segúnlasLeyesdebenfundarse.
Artículo284
Art.284LECrim:
Inmediatamente que los funcionarios de Policía Judicial tuvieren
conocimiento de un delito público, o fueren requeridos para prevenir la
instrucción de diligencias por razón de algún delito privado, lo participarán
a la Autoridad judicial o al representante del Ministerio Fiscal, si pudieren
hacerlosincesarenlaprácticadelasdiligenciasdeprevención.
Enotrocasoloharánasíquelashubierenterminado.
Art.284LECrim:
1. Inmediatamente que los funcionarios de la Policía judicial tuvieren
conocimiento de un delito público o fueren requeridos para prevenir la
instrucción de diligencias por razón de algún delito privado, lo participarán a
la autoridad judicial o al representante del Ministerio Fiscal, si pudieren
hacerlo sin cesar en la práctica de las diligencias de prevención. En otro
caso,loharánasíquelashubierenterminado.
2. No obstante, cuando no exista autor conocido del delito la Policía Judicial
conservará el atestado a disposición del Ministerio Fiscal y de la autoridad
judicial, sin enviárselo, salvo que concurra alguna de las siguientes
circunstancias:
a. Que se trate de delitos contra la vida, contra la integridad física, contra la
libertadeindemnidadsexualesodedelitosrelacionadosconlacorrupción;
b. Que se practique cualquier diligencia después de transcurridas setenta y
dos horas desde la apertura del atestado y éstas hayan tenido algún resultado;
o
c.QueelMinisterioFiscalolaautoridadjudicialsolicitenlaremisión.
De conformidad con el derecho reconocido en el artículo 6 de la Ley 4/2015,
de 27 de abril, del Estatuto de la Víctima del delito, la Policía Judicial
comunicará al denunciante que en caso de no ser identificado el autor en el
plazo de setenta y dos horas, las actuaciones no se remitirán a la autoridad
judicial, sin perjuicio de su derecho a reiterar la denuncia ante la fiscalía o el
juzgadodeinstrucción.

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