El crowdfunding como vía de protección del patrimonio histórico: aspectos tributarios

AutorManuel Lucas Durán
Cargo del AutorUniversidad de Alcalá. Madrid
Páginas185-236

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Ver Nota1

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1. Introducción

Puede decirse que, en la actualidad, la economía colaborativa ha tomado carta de naturaleza en nuestra sociedad2. Así, la última década ha conocido un crecimiento notable de las operaciones relacionadas con el antes citado consumo colaborativo y se espera que para el 2025 dicho sector tenga un volumen tan importante como el que hoy ostentan los negocios que podríamos llamar tradicionales, al menos en determinados sectores como son el uso de vivienda y vehículo, prestaciones de servicios y financiación3.

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La irrupción en los últimos años (y especialmente desde 2008) del fenómeno descrito no resulta casual y sí, en cambio, parece venir asociada a una serie de factores en extremo relevantes: por un lado, la creciente tasa de penetración de internet en los hogares4; de otro lado, el hecho de que el estallido de la última crisis financiera desde 2007-2008 ha propiciado patrones de consumo más creativos, fundados en el mejor aprovechamiento de los recursos particulares habituales (vivienda, vehículo, enseres personales así como dinero); y, adicionalmente, se ha potenciado la oferta de habilidades personales en nuevos canales de distribución (particular-particular) distintos a los habituales y más clásicos hasta ahora existentes (empresa-consumidor)5.

Pues bien, como se examina a lo largo de este trabajo, también en lo que concierne a la protección del patrimonio histórico y cultural la economía colaborativa ha tenido una notable incidencia, sobre todo a través de la figura del crowdfunding (financiación colectiva o en masa). Ciertamente, los entes públicos son conscientes: (i) de la relevancia de proteger el referido Patrimonio Histórico y Cultural, incluso a través de medidas fiscales6; y, por

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otro lado, (ii) de la relevancia que tienen las acciones colectivas en una sociedad cada vez más interconectada, tal y como se ha indicado previamente.

A lo largo de las páginas que siguen se aborda, en primer lugar, lo que debe entenderse por crowdfunding y la incidencia que está teniendo dicho fenómeno en los últimos años como figura estrella de micromecenazgo en relación con bienes culturales y artísticos (epígrafe 2). Por otro lado, y en segundo lugar, se analiza la problemática fiscal que rodea a tales actividades, tanto en relación con la plataforma que gestiona tales pagos (epígrafe 3), como desde la perspectiva de quien recibe la aportación (epígrafe 4) o de quien la realiza (epígrafe 5). Asimismo, se comentan en último lugar algunas referencias a la fiscalidad local en lo que toca a las acciones de micromecenazgo (epígrafe 6). El trabajo finaliza con una serie de consideraciones conclusivas (epígrafe 7).

2. Crowdfunding y patrimonio histórico
2.1. Las ideas de crowdfunding y de patrimonio histórico

Crowdfunding puede traducirse literalmente como “financiación en masa”, si bien se han acuñado términos diversos para referirse a la misma idea como son, entre otros, “financiación colectiva o popular”, “micro-financiación”, “microfinanciación colectiva”, “micromecenazgo” o bien “financiación participativa”.

La idea que late en el fondo de tal figura es, en definitiva, sencilla: obtener grandes sumas a través de aportaciones –por lo general– pequeñas, pero realizadas por un número ingente de sujetos. Así por ejemplo, aunque una aportación de, por ejemplo, 50 euros tiene hoy en día un carácter modesto, sin embargo puede realizarse por un gran número de personas si la motivación es suficiente (por ejemplo, porque tenga un significativo poder de convocatoria). Si, además, se consigue algún tipo de contraprestación

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por la aportación realizada –por ejemplo, una visita guiada en un museo–, la idea de coste para quien financia es, si cabe, menor aún. No obstante, los fondos recaudados pueden ser ciertamente cuantiosos: si se consigue involucrar en la referida financiación a 20.000 personas, se habrían obtenido fondos de un millón de euros, cuantía que no puede considerarse en absoluto despreciable.

Ciertamente, la financiación en masa ha tenido un gran desarrollo en los últimos tiempos, precisamente por la penetración de las tecnologías de la información (y sobre todo de las plataformas de internet) en la vida cotidiana. Sin embargo, también debe recordarse que desde hace décadas e incluso siglos vienen realizándose acciones solidarias abiertas a un número elevado de personas (v. gr. campañas con venta de objetos o prestaciones de servicios, mercadillos solidarios, etc.) en las que lo recaudado era significativamente mayor que el coste de los eventuales bienes que pudieran entregarse o de los servicios que se prestaban.

En otro orden de cosas, la expresión patrimonio histórico se refiere a bienes de todo tipo (inmuebles, muebles e incluso inmateriales) que, en el ámbito territorial pertinente (ya sea este estatal, autonómico o local), ostenten un interés artístico, histórico, arquitectónico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico, técnico, documental o, en definitiva, de cualquier otro tipo que se corresponda con una manifestación cultural7.

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Asociar las ideas de financiación en masa y protección del patrimonio histórico puede determinar la posibilidad de recabar elevadas cantidades de dinero para financiar determinadas adquisiciones o rehabilitaciones de bienes artísticos, máxime cuando la financiación pública se ha visto seriamente mermada por los recortes presupuestarios que ha experimentado la cultura y el arte a raíz de la reciente crisis económica. Pues bien, al examen de ambas cuestiones (el crowdfunding como herramienta para financiar la conservación del patrimonio histórico) se dedican las páginas que siguen.

Para lograr una visión general de lo anterior, nada mejor que iniciar exponiendo someramente algunos ejemplos que se han producido en la historia reciente, así como –adicionalmente y por curiosidad– ejemplos más lejanos en el tiempo, los cuales son referidos en el siguiente epígrafe.

2.2. Ejemplos de crowdfunding dirigido a la adquisición, construcción o rehabilitación de patrimonio histórico

Reunir sustanciales cantidades de fondos acudiendo a un gran público objetivo no es, ciertamente, nada nuevo. Ello es así porque siempre han

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existido campañas solidarias para atender determinadas acciones puntuales (v. gr. una catástrofe natural o una calamidad personal) o, por otro lado, acciones continuadas de entidades sin ánimo de lucro por vía de aportaciones anuales y periódicas de una gran multitud de seguidores. Sin embargo, utilizar esta figura para preservar el patrimonio histórico es un aspecto novedoso que merece la pena destacarse y que, como se indicará en las líneas que siguen, está cobrando relevancia en los últimos años.

A pesar de la actualidad que tiene referida figura, debe indicarse que existen ejemplos históricos de más de siglo y medio de antigüedad. Tal fue el caso de la sociedad de condueños en Alcalá de Henares, creada en 1850 para conservar el patrimonio histórico de su Universidad. Ocurrió que al producirse el traslado de la Universidad alcalaína a Madrid en 1836, y como fruto del proceso provocado por la desamortización de Mendizábal, los edificios históricos de la antigua Universidad cayeron en manos de adinerados de la época con la intención declarada de darles usos tan diversos a lo que había sido su destino como el cultivo de la morera, la cría del gusano de seda y la construcción de una hilatura. Todo ello derivó, como podía esperarse, en un deterioro del patrimonio histórico de la ciudad alcalaína8.

En 1850, después de sucesivas transmisiones –con el consiguiente alza de los precios y ganancias correspondientes–, varios edificios universitarios fueron adquiridos por don Javier de Quinto y su esposa, doña Elisa de Rodas, quienes ordenaron varias actuaciones poco respetuosas con el legado histórico como la demolición del arco de ladrillo que volaba sobre la calle de Pedro Gumiel y unía la Universidad con la casa de enfrente, así como

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desmontajes de partes de edificios como las cresterías del Patio Trilingüe. Y no sólo eso, también expoliaron diversas obras de arte, lienzos, retablos, rejas e, incluso, las campanas de la iglesia de San Ildefonso, las cuales según la tradición estaban fundidas con bronce de cañones capturados por el ejército cristiano dirigido por el Cardenal Cisneros en la conquista de Orán9.

Los ciudadanos de Alcalá, alarmados por los recientes acontecimientos y por el rumor de que se quería desmontar la fachada del Colegio de San Ildefonso para trasladarlo piedra a piedra fuera del ámbito municipal, promovieron una vía para recuperar el patrimonio histórico de la vieja Universidad a través de una suscripción popular en forma de sociedad filantrópica, llamada de condueños, constituida por 900 láminas de 100 reales que sólo podían transmitirse entre vecinos de la ciudad y de las que una sola persona no podía tener más de diez10. De este modo se pudo adquirir al...

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