Crónica de una Diputación efímera: Játiva (17-5-1822 / 2-10-1823)

AutorJosé Sarrión Gualda
Páginas123-159

Page 123

I Evolución general de esta diputación
1. Introducción

Ocuparse de la historia de una Diputación provincial no es asunto nuevo, pero puede resultar todavía interesante. Contamos con dos monografías generales sobre la Diputación provincial: la de Santana Molina estudia la Diputación a lo largo del siglo XIX, desde su creación en virtud de la Constitución de Cádiz1. La de Ortego Gil examina todos los antecedentes, proyectos y disposiciones,Page 124durante la primera mitad del siglo XIX. En la segunda parte de su tesis narra la historia de la Diputación de Guadalajara2.

Vienen luego una serie de historias de las Diputaciones de diferentes provincias cuyo elenco aumenta constantemente. No es aventurado afirmar que pronto cada Diputación provincial contará con su respectiva historia, pues cada vez son menos las que están a la espera de su historiador. No voy a enumerar aquí las que han sido investigadas al presente y menos detenerme en consideraciones críticas.

Eduardo Galván3da cuenta de la bibliografía y en algunos casos valora. Lo mismo hace Antoni Jordá, que leyó su tesis doctoral sobre la Diputación provincial de Tarragona (1836-1840) en el mes de diciembre pasado en la Universidad Rovira Virgili.

En aras de la brevedad, a estos dos historiadores me remito, especialmente a E. Galván, hasta que la tesis de A. Jordá vea la luz. Yo voy directamente a la institución de mi estudio.

He encontrado alguna documentación de la Diputación de Játiva, que se formó tras la división provincial de 1822. Era una de las 52 provincias del territorio español y una de la cuatro en que se dividió el territorio del antiguo Reino de Valencia4.

Contamos con los dos libros de actas de sesiones de esta Diputación5y con alguna documentación archivada con otros expedientes correspondientes a lasPage 125 Jefaturas políticas de Valencia, Alicante y Castellón, guardadas en el Archivo de la Diputación de Valencia: Fondo del Gobierno Civil. Como suele ser documentación que parcialmente se refiere a las comunicaciones de la Jefatura política con su respectiva Diputación, algún dato y antecedente nos proporciona este fondo sobre la Diputación Provincial de Játiva6.

Escasa es la documentación y de corta vida la existencia de esta provincia y de su Diputación, pero consideramos que vale la pena realizar esta crónica de la misma para su conocimiento, contrastando el funcionamiento de una institución provincial de nueva planta, con el de aquellas otras que, aun siéndolo, tenían tras de sí unos antecedentes de gobierno propio, autónomo en unas épocas, centralizado en otras.

La creación de una provincia, con capital en Játiva, tenía como antecedente la división histórica de Valencia en Gobernaciones, una de las cuales correspondía a Játiva. Pero tal justificación histórica no bastaba y a la misma se añadió, sin duda, la influencia e intervención de algunos diputados valencianos, como Navarro y Villanueva, a los que aludiremos más adelante.

El Decreto de 27 de enero de 1822 describe, como las demás provincias, los límites de la provincia de Játiva. Con todo, la delimitación no era tan precisa ni tan perfecta, a juicio de la Diputación provincial, para que no emprendiese actuaciones encaminadas a fijar sus límites con la de Albacete (entonces de Chinchilla), con Alicante (de más difícil delimitación) y con la de Valencia (el río Júcar de Este a Oeste separaba las dos provincias)7.

Volveremos sobre este asunto, a través de la actuación de la Diputación; asistamos ahora al acto del nacimiento de la Diputación.

2. Instalación de la diputación de játiva y sus primeros pasos

No conocemos el proceso electoral en virtud del cual se eligieron los diputados provinciales. Hemos de esperar a la constitución de la Diputación el díaPage 126 17 de mayo de 1822, según consta en la primera sesión, para conocer su composición y nombre de sus miembros.

La presidía como Jefe Político, Bartolomé Amat, cuyo mandato duró menos que la corta vida de la propia Diputación, como más adelante veremos. Siete eran los diputados provinciales y éstos los nombres de sus señorías: Pedro Todolí, Baltasar Fuster, Pedro Nolasco Morales, Pedro Juan Carbonell, José Román, Manuel Talens y Vicente Vicall. La Diputación se constituyó en las casas del ayuntamiento de Játiva, por no tener edificio para sede propia.

De ahí que, en la segunda sesión, celebrada el día 23 de mayo, se dedicó la Diputación a buscar uno de los edificios del crédito público que le asignaba el Gobierno para instalarse. Para ello formó una comisión. Asimismo la Diputación acordó suscribirse, junto con los ayuntamientos de la provincia, al Diario de Cortes cuando tuviese fondos disponibles.

La Diputación deliberó sobre el nombramiento de depositario, de acuerdo con el Decreto de 23 de junio de 1813, determinando que, además de los requisitos y cualidades precisas, exigidas por la legislación, «era indispensable que adelantase los fondos necesarios, para los gastos de establecimiento de la Diputación y de la Secretaría». Una comisión quedó encargada de buscar y proponer dos o tres personas al Pleno de la Diputación.

El Jefe Político pidió a la Diputación que nombrase un secretario propio porque el de la jefatura política no podía atender las dos secretarías. La Diputación acordó resolver la cuestión en la sesión siguiente. En la sesión de 22 de mayo, por el resultado de seis votos contra dos, nombró a Mariano Parra como secretario.

Aprobó asimismo una minuta de locución o manifiesto a la provincia (preparada por los diputados Todolí, Vidal y Román), de la que acordó imprimir mil ejemplares. Con oficios se enviarían a la Diputación de Valencia, de Cádiz y otras diputaciones y a las Cortes.

En esta misma sesión quedaron constituidos algunos organismos dependientes de la Diputación. Diose lectura al Decreto de 4 de enero de 1822 sobre la supresión de las contadurías principales de propios y la asunción de sus funciones por la Secretaría de la Diputación. Se acordó crear la Junta Superior Provincial de Sanidad y fueron nombrados los miembros de la misma.

Después de tratar de la cuestión de la sede de la Diputación los diputados llegaron a la conclusión de que no podían contar con otra casa que la conocida como «la de la enseñanza de esta ciudad».

Se dio cuenta de la ley de 22 de octubre de 1822 y de 16 de febrero sobre la libertad de imprenta y la Diputación procedió a nombrar la Junta de censura, compuesta por los jueces de hecho, entre los que predominaban los eclesiásticos y los abogados.

La Diputación tuvo conocimiento de las reclamaciones de los jueces de primera instancia que «se hallaban en la mayor miseria así como de los dependientes de sus juzgados». De acuerdo con la legislación, el sueldo de los jueces corría a cargo de los pueblos de su partido judicial y algunos no pagaban la cuota corres-Page 127pondiente, pese a que ya se les había reclamado por una circular de la Diputación de Valencia de 14 de febrero de 1822.

En la siguiente sesión de 1 de junio se dio a conocer la contestación del canónigo Antonio Roca, que ponía a disposición la casa de la enseñanza para sede de la Diputación.

Solicitó la corporación a la de Valencia las mesas, sillas y enseres que le correspondían. En la sesión del 11 de junio dio cuenta el Secretario de que habían recibido dos cajones con papeles que pertenecían ahora a esta provincia, procedentes de la de Valencia. Como no había donde depositarlos, por estar rehabilitándose la casa de la enseñanza para sede de la Diputación, ésta aceptó el ofrecimiento del diputado Román, que cedía una habitación de su casa para este fin.

Y tres detalles más de la miseria económica que atenazaba a la Diputación en sus primeros pasos: aprovechando que uno de los oficiales nombrados era Antonio Algarra, empleado de la Secretaría de la Diputación de Valencia, se le encargó gestionar ante ésta el envío del resto de los papeles, así como el mobiliario. Se acordó contestar al administrador de correos que la Diputación no disponía de los 66 reales de vellón, debidos por los pliegos de correspondencia dirigidos a la Diputación. La cantidad que debía adelantar el depositario que fuere nombrado, quedó fijada en «unos quinientos pesos». A cambio, el depositario no respondería de los casos de robo, saqueo o incendio debidamente justificados8.

La Diputación fijó en la misma sesión la plantilla de las oficinas de la Secretaría. Estaba compuesta de tres oficiales, cinco escribientes y dos porteros.

Se leyeron varias exposiciones de personas interesadas en ocupar las plazas. Poco interés histórico tiene ahora la exposición detallada del proceso de la votación que con minuciosidad y detalle recoge el acta. En general, fue nombrada toda la plantilla con el voto unánime de la Diputación, excepto en dos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR