DECRETO 81/1994, de 13 de mayo, por el que se crean Escuelas Oficiales de Idiomas en Los Cristianos (Arona), Arrecife, Maspalomas (San Bartolomé de Tirajana), San Sebastián de La Gomera y Santa Cruz de La Palma.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorC.Educación, Cultura y Deportes
Rango de LeyDecreto

La privilegiada situación geográfica de Canarias ha orientado gran parte de su actividad económica hacia sectores en que el conocimiento de lenguas extranjeras resulta un instrumento imprescindible de trabajo. Por otro lado, su consideración de plataforma turística y comercial de primer orden confiere a Canarias el carácter de territorio en que confluyen diversas culturas que se manifiestan en lenguas distintas, de manera que el conocimiento de otros idiomas por parte de los residentes en nuestras islas favorece una mayor integración y enriquecimiento cultural. La Ley 29/1981, de 24 de junio, de clasificación de las Escuelas Oficiales de Idiomas, arbitra los medios adecuados para potenciar la expansión de la red de éstas. En su virtud, teniendo en cuenta las atribuciones conferidas al Consejero de Educación, Cultura y Deportes en el artículo 5.1.d) del Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, el artículo 34.A).6 de la Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, del Estatuto de Autonomía de Canarias y la Ley Orgánica 11/1982, de 10 de agosto, de Transferencias Complementarias a Canarias, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 13 de mayo de 1994, D I S P O N G O: Artículo único.- Se crean las siguientes Escuelas Oficiales de...

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