Criminalidad organizada

AutorJulián López-Muñoz
Páginas25-170
1. CRIMINALIDAD ORGANIZADA
La criminalidad organizada es un fenómeno delictivo que nace precisamente
de la variedad en las formas de comisión de actos criminales contra la sociedad,
esta delincuencia se hace presente en un contexto temporal y espacial determi-
nado, ni es espontánea ni novedosa, se fragua con el tiempo, haciéndose patente,
una vez que se es consciente del problema, desde la inquietud y el interés que todo
Estado debe manifestar para garantizar la seguridad de sus ciudadanos. El riesgo
surge del asentamiento de grupos criminales en un espacio concreto y la amenaza
nace de la consolidación de estructuras criminales planif‌i cadas en materializar
acciones, que en muchas ocasiones ni siquiera son delitos porque la ley aun no
ha sido desarrollada, aunque sí sean actos contrarios a la moral, a la ética social,
o al orden público; u orientadas esas actividades a cometer hechos constitutivos
de delitos mediante coberturas que hagan difícil, si no imposible, su detección y
menos aún el apresamiento de sus miembros para ponerlos a disposición judicial.
De ahí que la organización se presente como un ente autónomo independiente de
los miembros que la compongan, que siempre serán sustituibles para conseguir
los f‌i nes propuestos por la propia corporación criminal.
Esta forma de comisión no es novedosa, aunque tampoco sea lejana, aparece
en nuestra sociedad impulsada por el fenómeno de la globalización y el desarrollo
del estado del bienestar conseguido por las estructuras estatales postindustriales,
que entre otros logros de cotas de libertad f‌i guran la unif‌i cación espacial de regio-
nes comerciales, o la supresión de controles fronterizos para un mejor desarrollo
económico y social. Es aquí donde la criminalidad transnacional ofrecerá, junto
al cauce legal, su catálogo de bienes y servicios ilícitos para dar satisfacción a
la demanda de la sociedad. Tráf‌i cos de drogas, órganos, personas, o materiales
peligrosos, discurrirán junto a mercancías lícitas por los cauces comerciales
establecidos, bajo el revestimiento de legalidad.
La Of‌i cina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) en 2010
alertaba de la utilización de la violencia y los sobornos por las organizaciones
criminales y de cómo éstas se estaban convirtiendo en grandes centros de poder,
llegando a ser verdaderas potencias económicas y armadas del mundo, transfor-
mándose en una amenaza no solo para el desarrollo de los Estados, sino también
para la paz y para su soberanía. Con cifras tan espeluznantes que integran esos
bienes y servicios con los que traf‌i can, como que el número de víctimas de la trata
de seres humanos con f‌i nes de explotación sexual, solamente en Europa, asciende
a 140.000 que generan unos ingresos anuales brutos para sus explotadores de
Criminalidad organizada y terrorismo
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3000.000.000 de dólares USA; o que el mercado de heroína en Europa produce
20.000.000 de dólares USA, o que en Rusia, primer país en consumo de heroína
del mundo con 70 toneladas, mueren entre 30.000 y 40.000 jóvenes al año.
El examen que desvele la peligrosidad intrínseca que portan las organizacio-
nes criminales ha de hacerse a través de la Criminología cuyo objeto es el estudio
de las causas de comisión del delito y de la lucha contra el delito. Éste es ante todo
un acontecimiento en la vida de un individuo: un fenómeno individual. La suma de
todos los delitos cometidos en un lugar y un tiempo determinados hace nacer un
nuevo objeto de conocimiento: la criminalidad. La criminología estudia también
el delito como fenómeno colectivo en la vida de los pueblos1.
Es una ciencia social que a partir de diversos enfoques metodológicos, se
ocupa del estudio de la “cuestión criminal” o la criminalidad como un fenómeno
social. Su objeto aborda temas como el delito, el delincuente, la política crimi-
nal, el control social y los procesos de criminalización, entre otros. También la
criminología “facilita a la política criminal el contexto analítico empíricamente
contrastado para que los decisores políticos tengan suf‌i cientes elementos de
juicio y para que los organismos encargados de la persecución de la delincuencia
formulen sus valoraciones sobre si las medidas adoptadas al respecto resultan
objetivamente exitosas”2.
Si la criminología tiene por objeto, según cita el profesor SERRANO GÓMEZ3,
el estudio de las formas reales y la lucha contra el delito; no cabe duda que una
forma real, no solo de tipo o de delito sino de comisión, de perfeccionamiento en
la comisión, de impulso, estudio y ejecución del hecho que a veces incluye multi-
plicidad de tipos, es la que se lleva a cabo diariamente en España, y por supuesto
en el mundo, de la mano de las organizaciones criminales.
En ocasiones la simple apreciación legal del concepto de delito, a pesar de
ser sumamente preciso, deja un espacio de insatisfacción cuando se intenta en-
tenderlo bajo criterios racionales o científ‌i cos y no exclusivamente legales. Esto
lleva a algunos autores a buscar una def‌i nición criminológica según la cual delito
es toda infracción de normas sociales recogidas en las leyes penales que tienda
a ser perseguida of‌i cialmente en caso de ser descubierta4. Algo similar ocurre
cuando se trata de def‌i nir el concepto de criminalidad respecto al de delincuencia.
Una def‌i nición pragmática se viene empleando entre miembros de las fuer-
zas de seguridad del Estado basada en su concepto empírico de “criminalidad
adjetivado por organizada internacional como elemento diferenciador de la
delincuencia organizada o no. Entienden este concepto de criminalidad como
madre de la delincuencia o la generadora de ésta y creen, estos investigadores,
1 RODRÍGUEZ DEVESA, J.M y SERRANO GÓMEZ, A.: Derecho Penal Español. Parte general, Ed.
Dykinson, Madrid, 1989, 12ª edición, pág. 73.
2 SANSÓ-RUBERT PASCUAL, D. Et alii. : “Criminalidad organizada transnacional y seguridad
internacional” en Seguridad y Defensa Hoy, Construyendo el futuro. Ed. Plaza y Valdés, Madrid, 2008,
pág. 207.
3 RODRÍGUEZ DEVESA, J.M y SERRANO GÓMEZ, A.: Opus cit, págs. 75-76.
4 SERRANO MAÍLLO, A.: Introducción a la Criminología, ed. Dykinson, Madrid 2009, 6ª edic.,
pág. 77.
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Capítulo 1. Criminalidad organizada
que donde se establecen elementos controladores de criminalidad, como podría
ser el caso de “ladrones de ley”5, siempre se generará delincuencia. Porque esa
criminalidad organizada intenta, y a veces consigue, la conquista de emplaza-
mientos de poder donde establecerse, superando de antemano y yendo más allá
de la simple delincuencia, para remansar en el poderío económico, la inf‌l uencia
social o la autoridad política, desde donde planif‌i car lato sensu de forma industrial
actividades entreveradas de componente legal e ilegal.
El crimen organizado está asociado a la producción de dos tipos de bienes:
la protección y la venta de otros bienes y servicios ilegales6.Dándose también,
en esta criminalidad procedente del Este, un elemento común de la delincuencia
que es el enriquecimiento o la búsqueda de bienes materiales con el simple
propósito de colmar las necesidades del delincuente, y un elemento exclusivo
de la criminalidad organizada internacional aludida, que va más allá del enri-
quecimiento o de la codicia, como es el intento de penetración política, social o
económica con la f‌i nalidad de controlar esos poderes en los países en los que
se asienta.
Muchas de las actuaciones de este tipo de criminalidad organizada, se en-
marcaban, en nuestro país y en los años noventa, dentro de los llamados delitos
de cuello blanco porque los sujetos activos parecían estar asentados en una elite
social lejana a “mancharse las manos” con vulgares tipos, al mismo tiempo que
la conexión entre delitos contra las personas o el patrimonio que eran cometidos
por grupos o sicarios a las órdenes del gentelman ofrecían dif‌i cultad en imputar al
inicialmente responsable del mismo, por motivos de desconocimiento del modus
operandi de estas organizaciones.
Según el profesor SERRANO MAÍLLO7, con el que estoy plenamente de acuer-
do, los delitos de cuello blanco tienden a no ser perseguidos por un proceso de
aplicación diferencial de la ley: las personas de las clases superiores tienen una
mayor facilidad para no ser descubiertas, arrestadas y condenadas en caso de
incurrir en algún acto prohibido, y yo añadiría hablando de las “maf‌i as rusas”
que la ingeniería f‌i nanciera desarrollada para hacer opacas sus transacciones
empleando empresas interpuestas, despachos específ‌i cos de abogados, consul-
tores y asesores f‌i scales o gestores, unido esto a su forma de actuar empleando
medios, modos y métodos hasta el momento impensables en el delincuente
tradicional español, y siendo el esfuerzo y el empleo de personal especializado
y medios por parte de las Fuerzas de Seguridad infructuoso (pues tras de años
de investigación y f‌i nalizada la operación no se obtenían resultados tangibles
con delincuentes ingresados en prisión por largo tiempo o bienes materiales
5 Refiriéndonos a la criminalidad euroasiática, conocida vulgarmente como la “mafia rusa”,
el “ladrón de ley” es el líder de la organización criminal, cuyo poder sobrepasa al de otros líderes
de organizaciones criminales de otras partes del mundo.
6 VILLORIA MENDIETA, M. Et alii: “Crimen organizado y corrupción: causas y consecuencias”.
En La Lucha Contra El Crimen Organizado En La Unión Europea. Centro Superior de Estudios de la
Defensa Nacional (CESEDEN), Documento de Seguridad y Defensa, número 48, Ed. Ministerio de
Defensa, Abril, 2012, pág. 63.
7 SERRANO MAÍLLO, A.: Opus cit. Pág. 80.

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