Criminalidad e inmigración

AutorSantiago Leganés Gómez

Uno de los presupuestos básicos sobre los que se asientan los ordenamientos jurídicos es la territorialidad como delimitación del alcance de la soberanía de cada Estado sobre todo en el ámbito de las leyes penales, pero el nuevo contexto mundial de la globalización ha dado lugar a la multiplicación de proyectos de armonización legislativa, de coordinación y cooperación en la lucha contra antiguas y nuevas formas de delincuencia, que ahora aprovechan las facilidades de la movilidad transnacional todo ello unido al uso de las nuevas tecnologías. La lucha contra las graves manifestaciones de criminalidad organizada (terrorismo, tráfico de drogas, armas, personas…) dan lugar a continuos acuerdos y convenios de colaboración internacional, todo lo cual se refleja en importantes modificaciones de las normas internas de cada país para armonizar sus dispositivos legales. A la tradicional cooperación para extradición, se añaden actualmente nuevos acuerdos y convenios de cooperación internacional para la investigación de delitos, para la persecución y entrega a los tribunales competentes de los presuntos delincuentes con el fin de contrarrestar la facilidad de eludir la justicia. La colaboración también se extiende al cumplimiento de las penas, mediante los convenios de traslado al país de origen de las personas condenas a privación de libertad por tribunales de otros estados. Con todo ello, se trata de remarcar la seriedad del mensaje de las leyes penales, asegurando su aplicación para nacionales o extranjeros que las hayan infringido, de forma que se contrarresten los obstáculos derivados de la progresiva desaparición de las fronteras físicas entre países. Pero frente al mode- lo dirigido a asegurar la eficacia de las leyes penales, se está produciendo un movimiento hacia la retirada de la intervención penal por hechos cometidos en el propio territorio cuando quien delinque es un extranjero que no disfruta de la residencia legal en el país donde se encuentra. Es decir, se renuncia a la aplicación de los instrumentos ordinarios en materia de responsabilidad penal, a fin de no entorpecer la política de extranjería en materia de expulsiones.

La realidad es que cada vez hay un mayor número de extranjeros que vienen a nuestro país, y conforme al principio de territorialidad, "las leyes penales, las de policía y las de seguridad pública obligan a todos los que se hallen en territorio español" (art. 8.1 del Código Civil), por lo tanto, los destinatarios de...

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