Creación y consolidación de los cuerpos de administración local en los estatutos de calvo sotelo 1924-1925

AutorEnrique Orduña Rebollo
Cargo del AutorSecretario General de la Organización Iberoamericana de Cooperación Intermunicipal
Páginas231-270
231
I.- INTRODUCCIÓN
El presente capítulo abarca el período comprendido entre la promulgación del
Estatuto Municipal de Calvo Sotelo y la Ley Municipal de la República. Es un período
que no llega a los doce años, pero en el que se va a producir la liquidación del régimen
surgido en Sagunto y la instauración de otro sistema condenado a la efimeridad. Como
se ha indicado en otras ocasiones, el régimen surgido en la Restauración canovista
entró en crisis definitivamente en 1923, hasta su total liquidación. Era un sistema
incapaz de resolver una serie de problemas, algunos de ellos vinculados a la
organización local como la erradicación del caciquismo, causa directa del acceso al
poder del capitán general Cataluña, el cual se apresuró a disolver, entre otras
instituciones, todos los Ayuntamientos de España y nombró a militares retirados o en
activo, para ejercer el cargo de delegados gubernativos en todos los partidos judiciales
y en las capitales de provincia, con el fin exclusivo de revisar y controlar la gestión de
las Corporaciones locales
298
.
Es oportuno hacer unas consideraciones el enfoque y tratamiento dados por
Primo al problema del caciquismo rural, contenido en el Manifiesto de 13 de
septiembre, definido como un programa "vago, difuso, ingenuo e improvisado, patriótico y
nacional lleno de tópicos regeneracionistas". Se trataba de una declaración de buena voluntad y
patriotismo "pero poco más"
299
. Es indudable que su gestión se prolongó durante siete
años y que su acceso al poder se realizó con el beneplácito de un importante sector de
la opinión pública, aunque paulatinamente se deteriorase su posición y al final se
enfrentase con la casi totalidad de las fuerzas políticas y sociales de España. El éxito
inicial hay que buscarlo, al menos en sus ámbitos más populistas, en los propósitos del
dictador de erradicar el caciquismo y limpiar la vida pública. A propósito de ello
también Tusell le calificará como "dictador regeneracionista", que tenía como objetivo
"combatir las lacras de la vieja política oligárquica y caciquil"
300
.
Aquel caciquismo, tomando como base de operaciones la Administración
municipal y provincial, actuaba sobre todo el cuerpo social de la Nación en unos
términos tan disolventes que hacía casi estéril el desvelo y la actividad de unos
298
ORDUÑA REBOLLO, E. La gestión de la Diputación de Palencia durante la dictadura de Primo de
Rivera. Madrid. Revista de Estudios de la Administración local y autonómica. n º 244, octubre-diciembre
1989, páginas 805-829. Ibidem. La gestión de la Diputación provincial de Segovia durante la dictadura de
Primo de Rivera. Madrid, REALA, nº 245, enero-marzo, 1990, páginas 105-124.
299
PABÓN Y SUAREZ DE URBINA, Jesús. Cambó. Barcelona Alpha, 1947, VOL. II, pág. 449. SECO
SERRANO, Calos. Del plano inclinado hacia la Dictadura al final de la Monarquía. 1922-1931. En:
Historia de España. Menéndez Pidal. Madrid. Espasa, 1995, vol. XXXVIII. II, pag. 167.
300
TUSELL, J. La Dictadura de Primo de Rivera. En: Historia de España. Menéndez Pidal. Madrid,
Espasa, 1995, vol. XXXVIII. II, pág. 235.
Secretarios, Interventores y Tesoreros de la administración local
232
hombres ilustres, inspiradores del regeneracionismo, que buscaban a través de la
claridad del intelecto, de la honestidad y el rigor de sus ideas, conseguir en vano el
remedio y la solución de los males endémicos españoles. Sus esfuerzos se estrellarían
contra la incomprensión egoísta y el cerrilismo, privando sobre sus posturas, la
mediocridad de unos caciques listos y hábiles en las astucias y artimañas, pero carentes
de visión y sobre todo, preocupados sólo por el medro de sus turbios intereses que no
eran los de la comunidad
301
El presidente del Directorio creía con una cierta dosis de ingenuidad que la
erradicación del caciquismo se conseguiría por el mero hecho de sustituir una
legislación por otra, sin tener en cuenta que era preciso un rearme ideológico del que
tan lejano estaba su sistema paternal, y en definitiva un cambio social, como hemos
dicho anteriormente, desde los rancios planteamientos rurales a una sociedad urbana e
industrializada. Es indudable, como afirma Palomares, que Primo de Rivera consiguió
erradicar prácticamente a toda la clase política de la Restauración, no sólo de la política
nacional sino también de la local; para sustituirla creó una nueva clase caciquil adicta al
poder, que desapareció a su vez con la llegada de la II República, sin que por ello la
extinguida volviese a la actividad pública, salvo las excepciones de: Alba, Sánchez
Guerra, Calderón, etc.
302
.
Las actuaciones del presidente del Directorio militar era a veces contradictorias
e ingenuas, aunque obtuviesen un favorable resultado final, este sería el caso de los
Secretarios, e Interventores, los Depositarios tuvieron que esperar su reconocimiento a
las postrimerías del régimen autoritario. El general dedicó todas sus diatribas al sistema
político liberal, a sus representantes y autores, como causantes de todos los males
nacionales, sin embargo los protagonistas de nuestro estudio obtuvieron el
reconocimiento, la garantía de sus funciones y la organización por la que tanto habían
clamado desde los orígenes del Municipio constitucional, pero aquí la omisión del
Dictador, al no reparar que estos funcionarios habían contribuido eficazmente, desde
el nivel territorial más bajo pero más amplio, a la construcción y consolidación del
Estado centralista y del sistema liberal, que ahora condenaba don Miguel Primo de
Rivera.
301
AZCÁRATE, J. y ORDUÑA, E. Estudio preliminar. En: AZCÁRATE, Gumersindo.
Municipalismo y Regionalismo. Madrid. Instituto de Estudios de Administración local. 1979, pág. XII.
La relación de regeneracionistas a que hacíamos mención eran: Giner de los Ríos, el propio Azcárate,
Macías Picavea, Salmerón, Costa, José Fernando González, Adolfo Posada, Julio Senador Gómez,
Canalejas y el propio Maura que trató de conducir la revolución desde arriba.
302
PALOMARES IBÁÑEZ, Jesús María. Nuevos políticos para un nuevo caciquismo. La Dictadura de
Primo de Rivera en Valladolid. Valladolid, Universidad, 1993
Enrique Orduña Rebollo
233
II. EL ESTATUTO MUNICIPAL DE 1924
a) Un protagonista para la redacción del Estatuto
El 24 de septiembre de 1923, el presidente del Directorio contactó con la
persona que había de llevar a cabo la obra más rigurosa de aquella etapa política. Se
trataba de D. José Calvo Sotelo, un abogado del Estado, que inició su andadura en la
vida pública de la mano de Maura y había sido gobernador civil de Valencia antes de
cumplir los treinta años. Teniendo tal maestro, y según se desprende del análisis de su
obra escrita, en aquella temprana época existen pocas dudas sobre la ideología
democrática que animaba su actitud. Los indicios que abundaban en este criterio los
encontramos en el prólogo que a su tesis doctoral hizo don Gumersindo de Azcárate
en 1917 y también en su obra "Mis servicios al Estado", justificación de su obra política,
pero básica para conocer su comportamiento y enfoque de los problemas
303
.
El 23 de diciembre de 1923, Calvo Sotelo fue nombrado Director general de
Administración, e inmediatamente puso en marcha el estudio de la reforma local
española, para la cual contó con la colaboración de Gil Robles, Vallellano, Jordana de
Pozas, Pi i Sunyer, Vidal y Guardiola y su hermano Leopoldo. El trabajo de redacción
corrió a su cargo, aunque determinadas ponencias fueron elaboradas directamente por
algunos colaboradores: tal es el caso de la electoral, encomendada a Gil Robles, o la de
Hacienda Municipal, la parte más frágil del proyecto de 1907, cuyo ponente fue don
Antonio Flores de Lemus, del que hizo amplios elogios y que adoptó con algunas
innovaciones el proyecto de González Besada de 1918. Novedades que hacían
especialmente referencia al arbitrio sobre los terrenos incultos.
El proyecto quedó ultimado en el breve plazo de mes y medio y presentado al
Directorio, fue debatido en tres sesiones, a las que asistió el propio Calvo Sotelo,
sintetizando las bases fundamentales de su reforma, defendiéndolas simultáneamente
en aquellos puntos que el temor a una excesiva autonomía o a un progreso
democrático eran objeto de reservas por parte de los generales del directorio. Así
sucedió con la supresión absoluta de los alcaldes de real orden, incluidos los de Madrid
y Barcelona, tradicionalmente reservados a tal privilegio. Fueron desestimadas otras
propuestas, como la de conceder el derecho a voto a todas las mujeres. Sólo lo
consiguieron las españolas mayores de veintitrés años, no sujetas a la patria potestad,
autoridad marital, ni tutela, que fuesen vecinas con casa abierta en algún término
municipal. Tampoco prosperó la concesión del derecho electoral pasivo a los
303
CALVO SOTELO, José. Mis servicios al Estado. Segunda edición. Madrid, Instituto de Estudios de
Administración Local, 1974

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