Ley 55/1964, de 11 de junio, por la que se concede un crédito extraordinario de 930.481 pesetas al Ministerio de la Gobernación para satisfacer los derechos arancelarios y gastos de despacho de Aduanas de la importación de veinticinco estaciones móviles de transmisión.

MarginalBOE-A-1964-9394
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
\
7802
15
junio
1964
B.
Q.
de!
E.-N4m.
143
ter1aı€s
«Mınısterıo
.del
Aıre»),
capitulo
cuattocıentos
!lSubven·
ciones,
auxiJios,
participaciones
en
ingre.sos
y financiaclones.-
Para
gaı;tos
corrientp.~».
artlculo.
cuatrocientos
d1.ez
«A
favor
de
Qrgani.smos
aut6nomos
y
Entidades
y
Empresa"
pıl.bl1cas»,
serv!cio
cuatrocientos
veintiuno
((.1\{ini.sterio.
Subsecretaria y Ser.
vicios
generale.\~.
concepto
cuatrociento~
veintiuno/cua~rocien'
tos
quince.
subconc~pto
adic:onal,
como
subvenc16n
.al
Instituto
Nacional
de
Tecnica
Aeroespacial
Esteban
Terradas
para
haC€r
frente
n
(ltı;ncioncs
de
jornales
y
repercusion
de
Seguros
Soc!a·
les
a
su
personal
obrero:
correspondientes
a mil
no;:ec!entos
se-
senta
y
tres
. .
Articulo
segundo.-EI
ımporte
del
mencıonaoo
crectito
e,,·
traordinario
se
cubrira
en
la
forma
determinada
por
el
articulo
cuarenta
y
una
d~
la
vi2'ente
Ley
de
Adıninıstracıon
y
Contabı·
Iidad
de
la
Hacıenda
Ptiblica
Dada
en
eJ
Palacıo
de
El
Pardo
a
once
de
Junio
de
mil
nove-
clentos
.sesenta
y
cu:;tro.
.
FRANCISCO
FRANCO
.
,
LEY
53/1964, de
11
de iunio,
por
la
que
se
concede
un
cr~rmo
extraoraınario
de
1.144.920
pesetas
al Mi·
nisıerio
del
.iire
para
pago
de
sumiııi.ıtro
de
Ilv.ido
electricQ
de
los
aıios
1958
a
1961
a
distintas
dependen··
cias
ae
la
Regırin
Mrea
,fle!
Estrecho.
Pendientes
de
paso
por
ınsufıcienci:ı
de
las
dotaclones
pre·
supuestas
del
MinisterlO
de]
Aire,'
suministros
de
!1uldo
electrlco
rcalizados
durante
los
anoa
mil
novecientos
cincucnt:ı
y
och'o
a
mil
novecıcntos
sesenta
y
uno.
ambos
inclusive.
ii
'dlstintas
De·
pendencias
de
la
Regiön
Aerea
del
Estı'€cho,
de
con!ormldııd
con
la
propu~sta
elabarada
por
las
Cartes
Espııfiolas,
DISPONGO:
Art!culo
priın~ro.-SC
canvalidan
como
obllgaclones
legales
del
Eltada
las
contraldas
por
el
Ministerio
del
Alre
durante
los
ııfios
mil
novecientos
cincuenta
y
ocho
a
mil
novecientos
sesenta
y
uno.
·ambos
inclusive,
por
un
ImporU;
total
de
un
m1l16n
c!ento
cuarenta y
cuatro
mil
novecientas
veinte
pesetas,
exce·
diendo
laı;
respectivas
corısignacıones
presupuestas
yrelativas
a
alumbrado,
agua
y
otros
gastos
de
los
Serv!clos.
AItfculo
segundo.--Se
concede
un
credlto
eı."traordJnario
por
el
referido
importe
de
un
millan
cientu
cuarenta
:r
cuatro
mil
novecientıı,s
veinte
pesetas,
aplicado
al
Presupuesto
en
VigOı
de
la
Secclön
velnt!d6s
de
Obllgaclones
de'
105
Departamentos
rnlnisteriales
((Ministerio
del
Aireıı,
c:ıpitulo
tre.scientos
«Gastos
de
105
5ervicios»,
articulo
trescientosveinte
"Adcıuislclones
y
servicios
cspeciales.-Subsistenciaş,
hospitalidades,
transportı;s,
vestuario.
acuartı;lamıento
y
ganado»,
servicio
cuatroclcntos
vein.
tic!nco
(u)irecci6n
General
de
Servicios»,
concepto
nuevo
cuıı.
trocientas
veinticinco/trescientos
veintisiete.
con
destino
asa-
tisfııcer
las
oıiligaciones
a
que
se
refiere
el
articulo
anterior.
Articulo
tercero.-El
i:ııporte
a
que
asciendeel
menclona.do
credito
extraordinarıo
öP.
cubrira
en
la
forma
determinada
por
el
art!cul0
cuarenta y
uno
de
la
vigente
Ley
de
Admlnıstraci6n
y
Contabilidad
de
La
Hacienda
Piiblica.
Dada
eu
Palacio
de
El
Pardo
once
de
Junio
de
inıı
nove-
eieutos
.sesenta
y
cuatro,
'
FRANCISCO
FRANCO
LEY
54/1964,
cte
11
de
imılo,
per
la
que
se
conceden
das
creditas.
extraordinarios
por
un
importe
total
de
37.75S.678
pesetas
al
1fIiııisterio
de!
Ejercito
para
satıs·
jacer prima-oro
por
pag08
en
el
e;rtranjero
que
·tengan
legalmente
recQnoc:ida
esta
forma
de
paya,
en
los
'Clıios
1960
y
1961.
Durante
los
afıos
mil
novec!ento&
s~sElllta
y
mil
noveclentos
se6enta
'1
uno
se
di.spusieron
por
el
Minisrerio
del
EJercito
pago8
en
el
eı.tranjero,
en
cuyo
abono
se
apl!c6
la
prlma
ora
de
acuer·
do
con
las
normas
legalmente
establecidas,
.que
na
pudo
satıs
!acerse
en
su
totalidad
por
no
alcanzar
para
eUö
el
correspon~
dlente
crectlto
presupuesto.
En
su
virtud,
y
de
conformldad'
con
la
propuesta
elaboracta
por
iə.s
Cortes
Espaİiolas,
.
UISPONGO:
Art1cul0
prlmero.-Se
couceden
dOB
crect!tos'
extraordinar!os
por
un
importe
total
de
trelllta y
slete
miUones
setı;cientas
cIn-
cuenta
y
ochG
mil
S€Jscientas
setenta y
ocho
pesetas,
apl!cad'03
al
l'resupueııto
en
ngor
de
la
Secci6n
catorce
de
Obligacioneıı
de
105
Departamentos
ministerlaJes
«M1nisterio·
del
EjercJtol,
cap!tuJo
tl'esclentos
«Gə,stos
de
108
Servlcl05»,
articulo.
trescien·
tos
cincucnta
«Otros
gastos
ordln.ariosı,
aervicio
dıısclentos
una
.
«MJnlsU;rio,
Sulısecretaria
y
serv1cioa
generale.sıı.
concepto
das·
cientos
uno/trescientos
cincuenta
'1.'
cuatro,
subconceptos
nue.
vas.
con
'destlno
a satisfacer
la
prıma
orc
correspondiente'
al
abono
en
pesetas
papel
de
108
aİ108
mil
noveclento.s
sesenta.
y
mil
nowcientos
sesenta y
uno,
per
lrnportes
respectıvos
de
dıe
ciocho
miUones
ochocientaı;
dlecJse!ı;
mll
dosclentas
İıoventa
y
tres
':1
d!eciocho
mıllones
noveclentas
cuareııtıı
y
mil
tres-
clentas
ochentıı
y
cmco
pesetas.
Artlculo
segundo.-E1
importe
ıı
que
asc!enclen
11)5
menc1ona.
.
d05
crı!dltos
extraordlnarlas
se
cubrirıl.
en
lıı
forma
detı;rmlnada
por
el
a.rticulo
cuarenta y
uno
de
la
vi~ente
Ley.
de
Admin1stra-
elan
y contabilldad
de
.Ia.
Haciendıı
Pıibllca
Dada
en
el
Palacio
de
El
Pardo
a
onre
de
junio
de
mil
nov€-
cientos
5esenta
y.
cuatro.
FRANCISCO FRANCO
LEY
5S!196~,
de
11
de'
iunfo,
por
la
que
se
concede
un
credlto
extraordlnario de'
930.481
pesetas
aZ
Mini8-
terio
.de
la
Gooemaci6n
para
sati;lacer
105
derec/ı.os
arancelarios
y
gastos.
de
despac/ıa
de
Aduanas
de
la
Jmportac!6n
de
veinticinco
esıaciones
mômles
de
tranı
mision
..
Por
el
Minlı5terio
de
la
Gobemac16n,
y
con
destlno a
la.
Di-
recci6n
General
de
la
Guardla
Civil,
se
han
ııdquir1do
veintlc!nco
estacioneıı
m6viles
radiotelef6nicas,
ii
surnlnlı5trar
por
una.
firma
alemana.
que
segıın
se
ha
concertado
pone
el
m.aterlııl
en fron·
tem
espaftola,
sln'
que
en
la
dotac!6n
pre.supuesta
para dicha
oper:ıci6n
se
hayan
tenldo
en
cuenta
105
derechos
arancelıı.rios
y
dem~
gastos
de
despacho
de
adua.IW3.
En
su
virtiıd,
y
de
canformidııd
con
la propuesta
elabors.da
per
las
Cortes
Espafiolas.
DISPONGO:
AIt!culo
prlmcro.-Se
concedc
un
crecl!to
extraordlııar!o
de
novecıentas
treinta
ınil
cuatrocienta,s
ochenta
y una
jıesetas,
apli-
cado
al
Presupuesto
en
vigo,'
de
ia
6ecc!6n
dlecise!ı;
de
bUga~
ciones
de
los
Departamentos
ıninisteriales
«Mlnısterio
de
la
Gobemaci6nD;
cap!tulo
trescientos
«Gastos
de
105
Servlc1os»,
art1culo
tresc!entos
diez
ııAdquisiCıones
ord!nar!aım,
servic10
tr~ciento~
~iete
«Direccl6n
General
de
la
Guardlıı
Civil»,
con-
cepto
trescientos
siete/tresc!entos
diecJsiete,
sUbconcepto
nue-
vo
«Parıı
sııt!sfacer
105
derechos
arani::elıır1as,
de
despacho
de
:ıduanas
y ttansporte,
de
velnt!cinco
estaclones
m6vl1es
model0
ochenta
D-d08
S para
el
serv1cio
de
ttansm!slones
de
la.
Di-
recci6n
Qcneral».
Artlcula
·segundo.-EI
ımpcrte
a.
que
asciende
el
mencionado
.
credito
extraordlnario
se
cubrIrƏ.
eu
la.
forma.
determ1naaa
por
el
art!culo
cuarentıı
y
uno
de
la
vigente
Ley
de
Adlrıınıstraclön
'1
Contabl1!dad
de
la
HaC!enda
Pıib1!ca.
'
Dada
eu
el
Palacio
de
El
Pardo
ıı
once
de
junlo
de
mil
nove-
cıentos
S€$€nta
y
cuatr!l:
FRANCIBCO
F'RANCO
LEY
561
J96i,
de
11
de
1unio
ı
por
la
que
şeconcel!e
un
crJdito
extraordinarfo
de
350.666
pesetCL3
al Minf3-
teno
de
Haciencla
con
destfnc
a
satisjacer
Xos
maY()rt:
gasto$
que
origin6
el
Servicio
de
Nottlicacione&
de
clfclıo
Ministerio
durante
1963.
La
paulatina
extensi6n
del
serv1c!o
de
notlflcac1ones
por .
correo
certifıcado
con
aeuse
de
reclbo
que
vlenen
realizando
111&
Delegacioıies
de
Haclenda,
ha.
5Upu~tci
una.
J..nsuficlencla.
c1e
recursos
eh
eJ
pasado
ejercicio,
Que
mınblen
ha
.sldQ
motlvado
por
el
creclente
numero
de.
esta
ela.se
de
av!sos.
ED
su
virtud,
y
de
conformidə.d
con
ia propuesta
elə.borada
por
laa
Corteı;
Espafiola.s,
DISPONGO:
'
Articulo
pr!mero.-&
concede
un
crMlto
eıttraord1narlo
de
tresclentas
cincuenta
mil
se1ıicıentas
seaenta
y
se1ıı
pe,setas,
apU.
cudo
al
Presupuesto
eu
vigor
la
6ecc16n
velntiııeiıı
de
Obli-
gaciones
de
los
Departıımento.s
ın1n!ster!ales,
cM1D.lster!o
de
Ha-
clendıı»:
capitulo
tresclentOll,
(Qasto.s
de
los
Servic1o.s»;
ıırtic:u-

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