Las cotitularidades por cuotas negociales

AutorManuel Paniagua Zurera
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Mercantil. Universidad Loyola Andalucía
Páginas145-153
CAPÍTULO SEXTO
LAS COTITULARIDADES
POR CUOTAS NEGOCIALES
I. LAS COTITULARIDADES POR CUOTAS NEGOCIALES
EN EL SISTEMA JURÍDICO ESPAÑOL
En nuestro sistema jurídico y en Derecho comparado nada obstacu-
liza, y así ocurre en la práctica con el beneplácito de la jurisprudencia
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jurídico inter vivos o mortis causa cuyo objeto sea provocar, por
imperativo o consecuencia legal, la constitución de una situación de
cotitularidad por cuotas de bienes y derechos dentro de los límites de
la autonomía privada (arts. 7 y 1255 CC) (STS de 30 de octubre de
2006 FFJJ 8-11).
De Castro subraya que el sistema jurídico español, al valorar como
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ilimitadamente la posibilidad de nuevos tipos de contratos» respecto a
su estructura, contenido y resultados propuestos 1. La Dirección General
de los Registros y del Notariado reitera el «amplio criterio interpretati-
vo» acogido para admitir los acuerdos con trascendencia real en cuanto
afecten a las titularidades registrales (arts. 2, 8.4.º y 42 LH) (Res. de
4 de diciembre de 2004 FJ 1). Es más, sobre la discutida materia de
la causa contractual en una comunidad de bienes convencional sobre
un local, el Tribunal Supremo sostiene: «La causa onerosa (art. 1274
del Código Civil) está presente en el hecho de que a cada uno de los
1 Elnegociojurídico, op. cit., p. 201.

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