La corrupción urbanística en el caso Malaya

AutorJosé Antonio Martínez Rodríguez
Cargo del AutorAbogado y Doctor en Derecho
Páginas51-52

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El caso Malaya de la Costa del Sol ha traído consigo una de las decisiones más grave que se han adoptado en nuestra democracia más reciente, la disolución de la Corporación Municipal de Marbella, parasitada81por un gobierno municipal corrupto que tenía entre sus objetivos primordiales de forma criminal, la de expoliar los recursos financieros del Consistorio que provenían de los usos urbanísticos. Esta operación fue uno de los mayores escándalos de corrupción, no sólo de la Costa del Sol, sino de toda la geografía española. Este escabroso escándalo criminal inmerso en red de corrupción política, se llevo a cabo en el Ayuntamiento el día 30 de marzo de 200682, provocando la detención además de todo el equipo de gobierno marbellí, y de sujetos de todos los ámbitos de la sociedad española; políticos, promotores, constructores, abogados, empresarios, testaferros, ganaderos, publicistas,

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artistas, policías locales y policías nacionales, guardias civiles y directores de bancos, etc.83.

Según el acuerdo de El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 4 de abril de 2006, por el que solicitó la disolución del Ayuntamiento de Marbella por la actividad municipal, se impugnaron 130 acuerdos municipales ante los Tribunales de Justicia, afectando a más de cinco mil viviendas que fueron autorizadas por el gobierno municipal marbellí al margen de la ley.

Todo este desorden criminal provoco que con fecha 7 de abril de 2006, el Consejo de Ministros acordara mediante la aprobación de un Real Decreto la disolución del Ayuntamiento de Marbella; este acuerdo fue motivado por la solicitud que efectuó la Junta de Andalucía84, con los informes favorables del Senado y de la Comisión Nacional de Administración Local. Fue en el Boletín Oficial del Estado de 8 de abril de 2006 donde se publicó el Real Decreto 412/2006, de 7 de abril, por el que se disponía la disolución del Ayuntamiento de Marbella en virtud de lo dispuesto en el artículo 61.1 de LRBRL85.

Una vez disuelto el Consistorio Marbellí la Diputación Provincial de Málaga designó una Comisión Gestora para que se ocupara del ejercicio de las funciones de la gestión municipal hasta las elecciones locales y autonómicas que debían de celebrarse en mayo de 2007. Esta decisión fue tomada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 183.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General, y de acuerdo con el Consejo de Estado en dictamen del 6 de abril, al no proceder...

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