AAP Madrid 275/2005, 9 de Mayo de 2005

ECLIES:APM:2005:5260
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución275/2005
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 20

MADRID

SENTENCIA: 00275/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 20ª

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 27/2004

Ilmos. Sres. Magistrados:

PURIFICACIÓN MARTÍNEZ MONTERO DE ESPINOSA

JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ

RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON

En MADRID, a nueve de mayo de dos mil cinco.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 138/2002, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 71 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 27/2004, en los que aparece como parte apelante SACAINSA S.L., y como apelado BANCO GUIPUZCOANO S.A., sobre reclamación de cantidad, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Doña PURIFICACIÓN MARTÍNEZ MONTERO DE ESPINOSA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 71 de Madrid, en fecha 17 de octubre de 2003, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Del Arco Herrero, en nombre y representación del Banco Guipuzcoano S.A., contra la mercantil Sacainsa S.L., representada por el Procurador Sr. Velasco Muñoz Cuéllar, debo condenarla a que abone a la entidad actora la suma de 11.876'69 euros, más los intereses pactados, con imposición de las costas a la demandada.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la entidad demandada, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada, que presentó escrito oponiéndose al recurso formulado de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales, excepto el plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Se aceptan los de la sentencia apelada.

PRIMERO

Por la Juez "a quo" se ha dictado sentencia por la que se ha estimado íntegramente la demanda promovida por Banco Guipuzcoano S.A. contra Sacainsa S.L., y ha condenado a la misma al pago de 11.876'69 euros de principal, reclamado en concepto de saldo deudor en cuenta corriente, al considerar que el primer apunte contable se justifica con los extractos unidos como documento nº 2 de la demanda y el documento nº 3 del escrito presentado el día 24 de julio de 2002, sin que se haya probado tampoco la falsedad de las letras, ni podido practicar la prueba de libros de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR