SAP Madrid 387/2007, 20 de Junio de 2007
Ponente | FRANCISCO JAVIER PEÑAS GIL |
ECLI | ES:APM:2007:7816 |
Número de Recurso | 102/2006 |
Número de Resolución | 387/2007 |
Fecha de Resolución | 20 de Junio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 20
MADRID
SENTENCIA: 00387/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN 20ª
SENTENCIA Nº
Rollo: RECURSO DE APELACION 102 /2006
Ilmos. Sres. Magistrados:
JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ
RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON
FRANCISCO JAVIER PEÑAS GIL
En MADRID, a veinte de junio de dos mil siete.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 147/2005, procedentes del JDO. 1A.INST. E INSTRUCCION N. 6 de MOSTOLES, a los que ha correspondido el Rollo 102/2006, en los que aparece como parte apelante GAMBIN GESTION INMOBILIARIA, S.L. representado por el procurador D. JOSE ANTONIO SANDIN FERNANDEZ, y como apelado Alfonso representado por la procuradora Dª GRACIA ESTEBAN GUADALIX, sobre reclamación de cantidad, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER PEÑAS GIL.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Móstoles, en fecha 10 de noviembre de 2.005, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda formulada por GAMBÍN GESTIÓN INMOBILIARIA, S.L. representada por el Procurador Sr. Chippirras Sánchez, contra D. Alfonso, representado por la Procuradora Sra. Meleiro Rodino, absolviendo al demandado de las pretensiones formuladas por la actora, con expresa condena en costas a ésta.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada, que presentó escrito oponiéndose al recurso formulado de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para la deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.
Frente a la sentencia de instancia desestimatoria de la demanda interpuesta por la representación procesal de Gambín Gestión Inmobiliaria, S.L., por la que ejercitaba acción de condena del demandante D. Alfonso al pago de los honorarios pactados en el contrato de agencia inmobiliaria entre ellos concertado, se alza la meritada representación de la parte actora interponiendo el preceptivo recurso de apelación en el que básicamente alega la errónea valoración de los hechos y de la prueba practicada, especialmente la documental.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo, conformada, entre otras, por sus sentencias de 1 de marzo de 1.988, 6 de octubre de 1.990, 26 de marzo de 1.991, 10 de marzo de 1.992, 19 de octubre de 1.993, 7 de marzo de 1.994, 17 de julio de 1.995, 28 de junio de 1.996, 2 de octubre de 1.999 y 21 de octubre de 2.000, mantiene que en los contratos de mediación o corretaje la relación que los conforma viene constituida porque la función del agente radica en la conexión y contacto negocial que procura entre el vendedor y el futuro comprador, con lo que su relación contractual sólo se proyecta respecto a la parte que le confirió el encargo, que por ello no exige...
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