Copia parcial de escritura de entrega de legados

Páginas71-72

Resumen: La copia parcial es título inscribible si contiene todas las circunstancias exigidas por la legislación hipotecaria para que el registrador pueda cumplir su obligación de calificación integra, global y unitaria.

Hechos: Se presenta para inscripción copia parcial de escritura de entrega de legado, aceptación y adjudicación de herencia.

Registrador: Suspende la inscripción por considerar que la copia parcial no es título inscribible.

Notario: Recurre porque del artículo 221 del Reglamento Notarial se desprende que la copia autorizada parcial es escritura pública y por ello título inscribible.

Resolución: Estima el recurso y revoca la calificación.

Doctrina:

I COPIA PARCIAL.

1 La calificación no puede ser acogida favorablemente por este Centro Directivo, pues la afirmación en que se basa está desmentida por el propio artículo 221 RN.

2 La obligación de que el título formal...

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