La cooperación territorial europea para el cumplimiento de la Agenda 2030

AutorIsabel Hernández San Juan
CargoProfesora ayudante doctora derecho administrativo. Universidad Carlos III de Madrid
Páginas633-653
ACTUALIDAD JURÍDICA AMBIENTAL N. 102/2, JUNIO 2020
CONGRESO NACIONAL DE DERECHO AMBIENTAL | ISABEL HERNÁNDEZ SAN JUAN
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XXVIII. La cooperación territorial europea para el
cumplimiento de la Agenda 2030
Isabel Hernández San Juan
Profesora ayudante doctora derecho administrativo
Universidad Carlos III de Madrid
ihernand@der-pu.uc3m.es
RESUMEN:
La Agenda 2030 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (en adelante ODS) pretende ser
una nueva herramienta impulsora de gestión de casi todos los riesgos que amenazan al
planeta, una hoja de ruta, un nuevo modelo institucional para el avance sostenible de todos
los pueblos, un ambicioso plan de acción de políticas generales para la gobernabilidad
mundial, entre otras muchas cosas. Enunciada así, es fácil comprender que sus 17 objetivos
a los que les corresponden 169 metas, que esa innovadora gestión o plan de acción sea
complejo de llevar a cabo.
SUMARIO
1. Introducción .............................................................................................................................. 635
2. Breve descripción de los objetivos y de la Agenda 2030 .................................................... 637
3. El espacio local para la ejecución de las metas de los objetivos de desarrollo sostenible
......................................................................................................................................................... 640
4. Las Agrupaciones Europeas de Cooperación Territorial (AECT) .................................... 643
4.1. Algunos ejemplos de éxito de AECT: Programa Interreg Sudoe, POCTEP,
POCTEFA 2014-2020 ............................................................................................................. 647
5. Conclusiones.............................................................................................................................. 651
6. Bibliografía ................................................................................................................................. 652
ACTUALIDAD JURÍDICA AMBIENTAL N. 102/2, JUNIO 2020
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El Derecho Internacional Ambiental ocupa un lugar privilegiado dentro del derecho
ambiental, campo o sector destino de la acción administrativa. Hasta tal punto que el
progreso del Derecho Ambiental en general, aún a niveles nacionales y subnacionales, está
íntimamente ligado al desarrollo del Derecho Internacional Ambiental. En este ámbito, la
UICN (Unión Internacional de la Naturaleza) y el PNUMA (Programa de las Naciones
Unidas para el Medio Ambiente), entre otras organizaciones internacionales, han contribuido
a recorrer aceleradamente un camino de pronta maduración del Derecho Ambiental. La
AGENDA 2030 es un “producto” de esas instancias internacionales. La eficacia de lo
acordado en los Tratados internacionales sobre medio ambiente depende en gran medida de
su implementación a nivel local y regional. El gran reto para avanzar en una mejor
conservación del medio ambiente está en la aplicación del contenido en los Tratados, que
pocas veces ya, corresponde exclusivamente a los firmantes de los Tratados1.
Las ciudades, en las que ya vive más de la mitad de la población mundial y que en 2050 se
calcula que acogerán a dos tercios, tienen un papel destacado en la protección del medio
ambiente, tanto por su propia gestión, como por el papel difusor de los valores
medioambientales y colaborador destacado en su conservación. El objetivo 11 de los ODS
(Ciudades y comunidades sostenibles) es “lograr que las ciudades y los asentamientos
humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles”. Muchos son los retos
medioambientales en los que las ciudades y su gobernanza tienen un papel decisivo: gestión
de residuos, calidad del aire y contaminación, calidad del agua y depuración, resiliencia frente
al cambio climático, etc2.
1 RAMOS DE ARMAS, FEDERICO J., “El papel de los actores no estatales y entidades subnacionales”. En:
Principios de derecho ambiental y Agenda 2030. (Editores: AGUILA, Y., DE MIGUEL PERALES, C., TAFUR, V.,
PAREJO NAVAJAS, T.,). Tirant lo Blanch, 2019. Págs. 271-288. Pág. 280: Entidades subnacionales: ciudades
y regiones (ODS 11). En cuanto a las regiones, se puede decir algo similar, a menudo son las regiones las que
dentro de un país asumen competencias muy destacadas en la conservación del medio ambiente: espacios
protegidos, evaluación ambiental de proyectos, depuración de aguas, así como la elaboración de la normativa
medioambiental, por lo que también resulta obligado contar con ellas.
2 Consultar aquí las 169 metas de todos los objetivos. Metas del ODS 11: Asegurar el acceso a la vivienda. Meta
11.2 Proporcionar el acceso a transporte público. Meta 11.3 Aumento de la urbanización inclusiva y sostenible.
Meta 11.4 Protección del patrimonio cultural y natural. Meta 11. 5 Reducción del número de muertes por
desastres y reducción de vulnerabilidad. Meta 11.6 Reducción del impacto ambiental en ciudades. Meta 11.7
Proporcionar el acceso a zonas verdes y espacios públicos seguros. Meta 11.A Apoyo a vínculos zonas urbanas,
periurbanas y rurales. Meta 11.B Aumento de la reducción de riesgos de desastres en ciudades. Meta 11.C

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