Bases de la convocatoria de los Premios Fernando Albi anualidad 2009

PRIMERA.—La presente convocatoria de los «Premios Fernando Albi» comprende los siguientes:

— Un premio de 18.000 E, al que podrán concurrir cualesquiera personas físicas españolas.

— Un premio de 9.000 E, al que podrá concurrir cualquier persona física de las distintas nacionalidades iberoamericanas; y una ayuda para gastos de viaje de 900 E.

SEGUNDA.—Los trabajos a presentar, que habrán de ser originales e inéditos, versarán sobre cualquier tema referente a la Administración Local. Deberán tener una extensión mínima de cien folios, y se presentarán por duplicado, escritos a doble espacio, en lengua castellana, por una sola cara, o en soporte informático (Adobe Acrobat).

TERCERA.—Los trabajos, que no deberán ser firmados ni llevar inscripción o señal alguna, se presentarán con un lema o título.

En sobre aparte y cerrado se constatará en el exterior dicho lema o título, con alguna de las siguientes expresiones, según proceda: PREMIO FERNANDO ALBI -DIPUTACIÓN DE ALICANTE O PREMIO FERNANDO ALBI DIPUTACIÓN DE ALICANTE EXTENSIÓN IBEROAMERICANA. En el interior del sobre se incluirá debidamente cumplimentado el Anexo I de esta convocatoria.

CUARTA.—El plazo de presentación de trabajos termina el día 15 de septiembre del año en curso, y deberán ser remitidos a la Diputación Provincial de Alicante, Departamento de Servicios Jurídicos. Avda. de la Estación, 6. CP 03005 Alicante. Se considerarán incluidos dentro del plazo expresado los trabajos remitidos por correo que ostenten el matasellos de origen con la fecha indicada o anterior.

Se dará a la convocatoria la mayor difusión posible, tanto a nivel nacional como en los países Iberoamericanos, a cuyas Embajadas en España se les hará llegar toda la información necesaria.

La Diputación Provincial de Alicante facilitará información sobre la convocatoria en su propia sede, teléfono 965 98 89 65; por correo electrónico, serviciosjuridicos@dip-alicante.es, y en su portal institucional www.ladipu.com, donde se publicaran las Bases que regulan los Premios, así como el fallo del Jurado.

QUINTA.—El Jurado que habrá de discernir sobre el otorgamiento de los premios será único y lo presidirá, salvo delegación, el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial, quien nombrará hasta un máximo de nueve vocales, de entre ellos uno será miembro de la Corporación, entre personas de reconocido prestigio en el ámbito del Derecho público.

La resolución del Jurado será inapelable, pudiendo declarar desiertos los...

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