ORDEN ITC/1226/2004, de 3 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (especialidad de Propiedad Industrial).

MarginalBOE-A-2004-8505
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

ORDEN ITC/1226/2004, de 3 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (especialidad de Propiedad Industrial).

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004, de 6 de febrero, del Ministerio de Administraciones Públicas ('Boletín Oficial de Estado' del 7), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento dela Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria Turismo y Comercio (especialidad de Propiedad Industrial), con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

  1. Normas generales

    1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 9 plazas de la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, (Propiedad Industrial Rama Técnica), código 5600, por el sistema general de acceso libre, de acuerdo con la siguiente distribución:

    Especialidades:

    Especialidad mecánica: 5 plazas.

    Especialidadeléctrica: 1 plaza.

    Especialidad química: 1 plaza.

    Especialidad informática: 2 plazas.

    En el caso de no cubrirse cualquiera de las plazas previstas para cada especialidad, las vacantes podrán ser cubiertas por otros candidatos de las otras especialidades, según la puntuación que hayan obtenido.

    Estos puestos de trabajo pueden implicar la participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público y en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales delEstado, por lo que quedan reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

    1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I e incluirá lasuperación de un periodo en prácticas.

    Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

    1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

    1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con el siguiente calendario:

    El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes del 1 de julio de 2004. La duración máxima de la fase de oposición será de seis meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio, concluirá antes del 31 de diciembre de 2004.

    1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, que se publicará en el 'Boletín Oficial del Estado', con indicación del destino adjudicado.

  2. Requisitos de los candidatos

    2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera, los siguientes requisitos de participación:

    2.1.1 Nacionalidad: Ser español.

    2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

    2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título superior oficial de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

    2.1.4 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

    2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

  3. Solicitudes

    3.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet www.oepm.es La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

    3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (Paseo de la Castellana, 160. 28071 Madrid) o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el 'Boletín Oficial del Estado', y se dirigirán a la Subsecretaria del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

    3.3 A la solicitud se acompañará:

    Una fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o del pasaporte.

    Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional, presentarlas al órganos de selección con antelación a la celebración de las correspondientes pruebas.

    Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía.

    3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

  4. Admisión de aspirantes

    4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, este Ministerio dictará orden, en el plazo máximo de unmes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el 'Boletín Oficial del Estado', se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión, apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad, señalando un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la orden.

    Asimismo, se indicarán los lugares dondese encuentre expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

    4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

    4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

  5. Tribunal

    5.1 El Tribunal calificador de estas pruebases el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

    5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes.

    5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (Oficina Española de Patentes y Marcas), calle Panamá, n.o 1, 28071 Madrid, teléfonos (91)349 30 56, dirección de correo electrónico angel.escribanoUoepm.es

  6. Desarrollo de los ejercicios

    6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra 'S', según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 29 de enero de 2004 ('Boletín Oficial del Estado' de 6 de febrero). En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellidocomience por la letra 'S', el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra 'T', y así sucesivamente.

    6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

    El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de losrequisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

    6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del Tribunal señalada en la base 5.4.

    6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar...

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