Resolución de 27 de abril de 2011, de la Universidad de Barcelona, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

MarginalBOE-A-2011-9109
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorUniversidades
Rango de LeyResolución

De conformidad con la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la cual se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades; la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Catalunya; el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios; el Real Decreto 1312/2007,de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso de cuerpos docentes universitarios; por la legislación general de funcionarios que les sea de aplicación; por el Decreto 128/2010, de 14 de septiembre, sobre la acreditación del conocimiento lingüístico del profesorado de las universidades del sistema universitario de Catalunya; por el Estatut de la Universitat de Barcelona, aprobado por el Decreto 246/2003, de 8 de octubre y por la normativa de concursos de acceso entre profesorado acreditado a plazas de cuerpos docentes universitarios, aprobada por acuerdo del Consell de Govern de la Universitat de Barcelona de 1 de diciembre de 2009.

Este Rectorado resuelve:

Primero.–Convocar concursos de acceso a los Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios.

Segundo.–Las plazas objeto del concurso, con especificación de la categoría, cuerpo y área de conocimiento a la que pertenecen, son las que figuran como anexo I de la presente convocatoria.

Tercero.–Esta convocatoria se regirá por las bases que constan como anexo II.

Cuarto.–La composición de las Comisiones que resolverán los concursos es la que consta en el anexo III.

Quinto.–La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Generalidad de Catalunya.

Contra esta resolución que agota la vía administrativa, independientemente de su inmediata ejecutividad, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, se podrá interponer recurso contencioso administrativo frente a la sala contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. El recurso se podrá interponer en el plazo de dos meses, a contar desde la mañana siguiente a la de la publicación de la resolución, según lo establecido en el artículo 46 de dicha ley. También se podrá interponer cualquier recurso que se considere procedente.

No obstante, los interesados podrán optar por interponer recurso de reposición contra esta resolución, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, delante del mismo órgano que la ha dictado. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo mientras no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo que disponen los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Barcelona, 27 de abril de 2011.–El Rector, Dídac Ramírez Sarrió.

ANEXO I

Centro: Facultad de Bellas Artes.

Departamento: Departamento de Pintura.

Cuerpo: Profesores titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Pintura.

Número de plazas: una.

Actividades docentes e investigadoras: Procesos de la creación artística. Bases para una teoria del arte gráfico (Materiales industriales no tóxicos y reciclables en la realización y presentación de la obra gráfica).

Centro: Facultad de Bellas Artes.

Departamento: Departamento de Pintura.

Cuerpo: Profesores titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Pintura.

Número de plazas: una.

Actividades docentes e investigadoras: Medios emergentes. Proyectos. Imagen numérica. Prospecciones binarias, impresión expandida.

Centro: Facultad de Biología.

Departamento: Departamento de Biología Celular.

Cuerpo: Profesores titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Biología Celular.

Número de plazas: una.

Actividades docentes e investigadoras: Docencia en las asignaturas del área de conocimiento. Proyectos de investigación y participación en redes de investigación de ámbito nacional.

Centro: Facultad de Biología.

Departamento: Departamento de Genética.

Cuerpo: Profesores titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Genética.

Número de plazas: una.

Actividades docentes e investigadoras: Biología del desarrollo.

Centro: Facultad de Economía y Empresa.

Departamento: Departamento de Sociología y Análisis de las Organizaciones.

Cuerpo: Profesores titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Sociología.

Número de plazas: una.

Actividades docentes e investigadoras:

Docentes: Sociología y Análisis de las Organizaciones.

Investigadoras: Investigación en Envejecimiento y calidad de vida.

Centro: Facultad de Farmacia.

Departamento: Departamento de Farmacia y Tecnología Farmacéutica.

Cuerpo: Profesores titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Farmacia y Tecnología Farmacéutica.

Número de plazas: una.

Actividades docentes e investigadoras: Farmacia Galénica III y Gestión de la Calidad.

Centro: Facultad de Filología.

Departamento: Departamento de Linguística General.

Cuerpo: Profesores titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Filología Eslava.

Número de plazas: una.

Actividades docentes e investigadoras: Lengua rusa. Lexicología, Fraseología y lengua rusas.

Centro: Facultad de Filología.

Departamento: Departamento de Filología Románica.

Cuerpo: Profesores titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Filología Gallega y Portuguesa.

Número de plazas: una.

Actividades docentes e investigadoras:

Docentes: Portugués como segunda lengua. Cultura brasileña.

Investigadoras: Investigación sobre diversidad lingüística y lenguas de la inmigración. Desarrollo de la Ayuda Encuentro para estrechar vínculos con el Departamento de Lenguas y Literaturas Ext.

Centro: Facultad de Física.

Departamento: Departamento de Física Fundamental.

Cuerpo: Profesores titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Física Teórica.

Número de plazas: una.

Actividades docentes e investigadoras: Las propias del área.

Centro: Facultad de Física.

Departamento: Departamento de Electrónica.

Cuerpo: Profesores titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Tecnología Electrónica.

Número de plazas: una.

Actividades docentes e investigadoras: Las propias del área.

Centro: Facultad de Medicina.

Departamento: Departamento de Salud Pública.

Cuerpo: Profesores titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Medicina Preventiva y Salud Pública.

Número de plazas: una.

Actividades docentes e investigadoras: Bioestadística, Bioestadística Médica. Diseño de Experimentos y. Análisis de concordancia.

ANEXO II

Bases del concurso de acceso entre profesorado acreditado a plazas de cuerpos docentes universitarios

Primera. Normas generales.

1.1 Este concurso se rige por lo que dispone la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades (LOU), modificada por la Ley Orgánica 4/2007 (de ahora en adelante, LOU), de 21 de diciembre, de universidades (de ahora en adelante, LOU); la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña; el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios; por el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a cuerpos docentes universitarios; por la legislación general de funcionarios que les sea aplicable; por el Decreto 128/2010, de 14 de septiembre, sobre la acreditación del conocimiento lingüístico del profesorado de las universidades del sistema universitario de Catalunya; por el Estatuto de la Universidad de Barcelona, aprobado por el Decreto 246/2003, de 8 de octubre (de ahora en adelante, EUB) y por la normativa de concursos de acceso entre profesorado a plazas de cuerpos docentes universitarios, aprobada por acuerdo del Consell de Govern de la Universitat de Barcelona de 1 de diciembre de 2009.

1.2 El cómputo de plazos establecidos en esta convocatoria, incluidos los de la resolución de reclamaciones en vía administrativa, se hace excluyendo el mes de agosto.

Segunda. Requisitos generales que deberán cumplir los candidatos.–Son requisitos generales para ser admitidos en el presente concurso:

  1. Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber superado los setenta.

  2. Acreditar en el momento de presentar la solicitud el conocimiento de la lengua catalana, mediante el certificado de nivel de suficiencia de catalán o nivel equivalente según la normativa vigente, o con el certificado de suficiencia para la docencia expedido por la Universidad de Barcelona con esta finalidad. Con tal de potenciar y favorecer la captación de talento el rector puede posponer la acreditación de este requisito, por un período máximo de dos años desde la fecha de la toma de posesión, a petición de los candidatos o candidatas basada en su currículum.

    En las candidaturas que no puedan acreditar documentalmente el nivel de conocimientos de la lengua catalana, los Servicios Lingüísticos de la Universidad de Barcelona facilitarán los mecanismos para obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes.

    Adicionalmente, las personas candidatas de nacionalidad extranjera deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano. Se puede exigir la superación de pruebas específicas con esta finalidad, salvo que las pruebas selectivas impliquen por ellas mismas la demostración de su conocimiento.

  3. No estar inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de las funciones públicas, ni haber sido separado o despedido, por resolución disciplinaria firme, del servicio de ninguna administración pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán acreditar, igualmente, no hallarse sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

  4. No incurrir en causa legal de incapacidad según la normativa vigente.

  5. No padecer enfermedad o limitación física o psíquica que impida el...

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