Convivencia temporal de normas en el ámbito concursal
Autor | Enrique Sanjuán |
Cargo | Magistrado especialista mercantil por el CGPJ. Profesor de Derecho Mercantil UMA |
Páginas | 18-29 |
Revista de Consumo y Empresa
18 #12 · mayo 2020
CONVIVENCIA TEMPORAL DE NORMAS EN EL ÁMbITO CONCURSAL
Autor: Enrique Sanjuán
Cargo: Magistrado especialista mercantil por el CGPJ. Profesor de derecho Mercantil UMA
Resumen: La entrada en vigor del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Concursal tendrá impacto no solo respecto de los procedi-
mientos anteriores sino también en la normativa excepcional aprobada por el Real Decreto-Ley
16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en
el ámbito de la Administración de Justicia.
Palabras clave: Ley concursal, estado de alarma.
Abstract: The entry into force of Royal Legislative Decree 1/2020, of May 5, which approves the
revised text of the Insolvency Law, will have an impact on previous procedures and also exceptio-
nal regulations approved by the Royal Decree-Law 16/2020, of April 28.
Keywords: Bankruptcy Law, Insolvency Law alarm state.
El último apartado de la exposición de mo-
tivos de la Real Decreto Legislativo 1/2020,
de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Concursal, viene a plan-
tear un escenario temporalmente coinciden-
te entre diferentes normas, que ha de enca-
jarse con lo previsto en el Real Decreto-Ley
16/2020, de 28 de abril, de medidas pro-
cesales y organizativas para hacer frente al
COVID-19 en el ámbito de la Administración
de Justicia, con su entrada en vigor el 1 de
septiembre de 2020 (DF2ª) y el texto que se
deroga (no todo en realidad) que recoge la
Ley 22/2003 de 9 de julio, Ley Concursal.
Ese último apartado referido recoge literal-
mente lo siguiente: El Derecho concursal se
reivindica como una herramienta fundamen-
tal para la conservación de tejido empresarial
y empleo; y de ello es consciente el legislador
y la propia Unión Europea que ha desarrollado
una importante iniciativa normativa a través
de Directivas como la mencionada inmediata-
mente antes. Esta finalidad conservativa del
Derecho concursal se manifiesta no solo a tra-
vés de normas con vocación de permanencia
como el presente texto refundido, sino que en
el contexto de la crisis sanitaria originada por el
COVID-19 también se han adoptado medidas
urgentes, de naturaleza temporal y extraordi-
naria, con incidencia en el ámbito concursal. El
ámbito temporal de aplicación de estas medi-
das es limitado, pues tratan de atender de ma-
nera extraordinaria y urgente la situación de los
procesos concursales tras la finalización del es-
tado de alarma y la situación de las empresas
afectadas por la disminución o el cese de activi-
dad motivada precisamente por las consecuen-
cias económicas generadas por la mencionada
crisis sanitaria, de modo que durante un cierto
período de tiempo ambas normas, texto refun-
dido y normas excepcionales, coincidirán en su
aplicación, si bien cada una en su respectivo
ámbito.
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