RESOLUCIÓN TRE/433/2007, de 24 de enero, por la quese dispone el registro y la publicación de la revisión salarial del Conveniocolectivo de trabajo del sector del transporte de viajeros por carretera de laprovincia de Tarragona para el año 2007 (código de convenio núm. 4301315).
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE TRABAJO |
Rango de Ley | Resolución |
RESOLUCIÓN
TRE/433/2007, de 24 de enero, por la que se dispone el registro y la publicación de la revisión salarial del Convenio colectivo de trabajo del sector del transporte de viajeros por carretera de la provincia de Tarragona para el año 2007 (código de convenio núm. 4301315).
Visto el texto de la revisión salarial del Convenio colectivo de trabajo del sector del transporte de viajeros por carretera de la provincia de Tarragona suscrito, por parte del sector, por la Federación Empresarial de Auto-Transportes de la provincia de Tarragona (FEAT) y, por parte de los trabajadores, por el sindicato CCOO en fecha 18 de enero de 2007, y presentado por las mismas partes el 19 de enero de 2007, y de conformidad con lo que establecen el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; el artículo 2.b) del Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo; los artículos 68.5 y 170.1.e) y j) de la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña; la Resolución TRE/1398/2002, de 30 de abril, de delegación de competencias en materia de relaciones laborales en los Servicios Territoriales en Tarragona, y otras normas de aplicación,
Resuelvo:
.1 Disponer el registro de la revisión salarial del Convenio colectivo de trabajo del sector del transporte de viajeros por carretera, de la provincia de Tarragona, para el año 2007 (código de convenio núm. 4301315), en el Registro de convenios de los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo en Tarragona.
.2 Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Notifíquese esta Resolución a la Comisión Negociadora del Convenio.
Tarragona, 24 de enero de 2007
Josep Maria Solanes Segura
Director de los Servicios Territoriales
en Tarragona
Trascripción del texto literal firmado por las partes
ACTA
de reunión de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo del transporte de viajeros por carretera de la provincia de Tarragona para la revisión salarial del año 2007.
En la ciudad de Tarragona, a las 10 horas del día 18 de enero de 2007, en la sede Social de la Federación Empresarial de Auto-Transportes de la Provincia de Tarragona (FEAT), situada en la calle Jaime I, número 29 de Tarragona, se reúnen las personas relacionadas, miembros todas ellas de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo del transporte de viajeros por carretera de la provincia de Tarragona.
Asistentes:
Representación empresarial:
Sr. Manel Sivill, Sr. Jaume Carrera, y Sr. Javier Torres (FEAT).
Representación de los trabajadores:
Por CCOO, Sr. Andrés Toledo, Sr. Josep Ma Espasa, y Sr. Raul Puigdefàbregas.
Asesores:
Sr. Josep Francesc Reverté y Sr. Josep Villares.
El objeto de la reunión de la Comisión Negociadora es proceder a la revisión económica del contenido económico del convenio para el presente año 2007.
Habiéndose constatado que el índice de precios al consumo (IPC) estatal, establecido por el Instituto Nacional de Estadística (INE), ha registrado a 31 de diciembre de 2006 un incremento del 2,7 por 100, en relación con el 31 de diciembre de 2006, de acuerdo con la disposición transitoria segunda procede un incremento de los conceptos económico para 2007 del 3,2%, excepto para el plus de flexibilidad que permanecerá congelado durante la vigencia del convenio.
En consecuencia, se acuerda proceder al incremento económico de 2007, con efectos a partir del 1 de enero de 2007, aplicando un incremento del 3,2 por 100 a los conceptos económicos siguientes que quedan como a continuación se exponen:
El importe del plus de mecánico del artículo 24 en 29,18 euros
El importe del plus de idiomas del artículo 25 en 54,90 euros.
El plus del conductor preceptor del artículo 26 en 4,58 euros.
El importe mínimo del quebranto de moneda del artículo 28 en 6,19 euros.
El importe de los trabajos en días de descanso semanal o festivos del artículo 31 en 11,01 euros/hora
El importe de las dietas del artículo 35 en:
Desayuno: 3,76 euros
Comida: 11,32 euros
Cena: 11,32 euros
Pernoctación: 8,40 euros
Dieta completa: 34,80 euros
Dieta internacional: 59,19 euros
Dieta en plaza:10,43 euros
Los importes del seguro de accidentes del artículo 37 en:
27.027,44 euros en caso de fallecimiento
34.210,72 euros en caso de invalidez permanente absoluta
17.105,36 euros en caso de invalidez permanente total
Los importes del premio de fidelidad del artículo 39 en:
4.238,55 euros si causa baja a los 60 años
3.613,47 euros si causa baja voluntaria a los 61 años
3.090,30 euros si causa baja voluntaria a los 62 años
1.833,80 euros si causa baja voluntaria a los 63 años
973,45 euros si causa baja voluntaria a los 64 años
El importe de la retirada del carnet de conducir del artículo 41 en 891,51 euros.
Las tablas salariales del año 2007 (anexo I del texto articulado del convenio) y las tablas de antigüedad 2007 (anexo II del texto articulado del convenio), se adjuntan como anexos a la presente acta.
Y sin más asuntos a tratar se levanta la sesión siendo las 11 horas y quince minutos en el lugar y fecha anteriormente indicados, firmando la presente acta en prueba de conformidad.
Tablas salariales año 2007
SB=salario base; PC=plus convenio; PT=plus tpte.; HE=hora extra.
Grupo profesional I
Categorías profesionales
SB
PC
PT
Total
HE
Jefe de servicio
1.062,20
460,33
73,70
1.596,23
10,76
Inspector principal
961,84
416,10
73,70
1.451,64
9,63
Ingenieros y licenciados
989,80
425,98
73,70
1.489,47
10,70
Ingenieros técnicos
y aux. titulados
823,94
351,29
73,70
1.248,93
8,34
Ayudantes técnicos sanitarios
739,39
312,20
73,70
1.125,28
7,45
Jefe de sección
854,40
364,66
73,70
1.292,76
8,67
Jefe de negociado
820,48
348,77
73,70
1.242,95
8,31
Jefe de estación de primera
899,85
385,08
73,70
1.358,63
9,10
Jefe de estación de segunda
808,34
345,14
73,70
1.227,17
8,25
Jefe de administración de primera
899,85
385,08
73,70
1.358,63
9,10
Jefe de administración de segunda
808,34
345,14
73,70
1.227,17
8,25
Jefe de administración en ruta
717,64
305,18
73,70
1.096,53
7,23
Jefe de tráfico de primera
808,34
345,14
73,70
1.227,17
8,27
Jefe de tráfico de segunda
775,51
328,35
73,70
1.177,55
7,86
Jefe de tráfico de tercera
753,43
318,14
73,70
1.145,27
7,64
Jefe de taller
898,14
384,85
73,70
1.356,69
9,10
Encargado contramaestre
800,70
338,89
73,70
1.213,29
8,67
Encargado general
756,35
327,96
73,70
1.158,01
7,85
Grupo profesional II
Categorías profesionales
SB
PC
PT
Total
HE
Inspector
756,28
321,02
73,70
1.151,00
7,68
Conductor-perceptor
748,07
313,52
73,70
1.135,29
7,56
Conductor
738,55
312,09
73,70
1.124,34
7,50
Conductor de vehículo ligero
714,80
301,72
73,70
1.090,22
7,26
Grupo profesional III
Categorías profesionales
SB
PC
PT
Total
HE
Oficial administrativo de primera
768,57
326,38
73,70
1.168,65
7,79
Oficial administrativo de segunda
738,54
312,09
73,70
1.124,33
7,45
Auxiliar administrativo
711,84
288,84
73,70
1.074,38
7,04
Taquilleros-as
712,40
294,57
73,70
1.080,67
7,15
Factor
712,40
294,57
73,70
1.080,67
7,15
Encargado de consigna
712,40
294,57
73,70
1.080,67
7,15
Cobrador
712,65
297,25
73,70
1.083,60
7,19
Grupo profesional IV
Categories professionals
SB
PC
PT
Total
HE
Jefe de equipo
759,67
321,09
73,70
1.154,45
7,64
Encargado de almacén
751,73
317,96
73,70
1.143,39
7,63
Oficial de taller o garaje de primera
745,58
315,08
73,70
1.134,36
7,52
Oficial de taller o garaje de segunda
732,50
310,28
73,70
1.116,48
7,41
Oficial de taller o garaje de tercera
714,80
301,72
73,70
1.090,22
7,23
Grupo profesional V
Categorías profesionales
SB
PC
PT
Total
HE
Cobrador de facturas
711,85
288,84
73,70
1.074,39
7,04
Engrasador
709,95
301,36
73,70
1.085,01
7,23
Lavacoches
709,95
301,36
73,70
1.085,01
7,23
Mozo de taller
711,94
289,89
73,70
1.075,53
7,08
Mozo
710,30
272,93
73,70
1.056,93
6,80
Repartidor de mercancías
710,30
272,93
73,70
1.056,93
7,15
Acompañante
529,62
217,73
73,70
821,05
5,47
Grupo profesional VI
Categorías profesionales
SB
PC
PT
Total
HE
Vigilante de noche
713,64
289,88
73,70
1.077,22
7,08
Vigilante de día
713,64
289,88
73,70
1.077,22
7,08
Telefonista
711,33
283,57
73,70
1.068,60
6,93
Portero
710,30
272,94
73,70
1.056,94
6,80
Vigilante
710,30
272,94
73,70
1.056,94
6,80
Limpiador
703,83
206,40
73,70
983,93
5,75
Botones
496,03
201,46
73,70
771,19
***
Aspirantes administrativos
hasta 19 años (inclusive)
494,95
205,27
73,70
773,92
5,07
Aprendiz de 16 a 17 años
426,74
174,82
73,70
675,25
-
Aprendiz de 17 a 18 años
484,00
198,95
73,70
756,65
-
Aprendiz de 18 a 19 años
542,87
223,18
73,70
839,74
-
Aprendiz de 19 a 20 años
557,60
223,92
73,70
855,21
-
Aprendiz de 20 a 21 años
567,43
223,92
73,70
865,04
-
Aprendiz de 21 a 22 años
577,25
223,92
73,70
874,86
-
Subgrupo D: Transporte con tracción sangre
Categorías profesionales
SB
PC
PT
Total
HE
Encargado
728,19
307,60
73,70
1.109,48
7,39
Capataz
738,55
312,11
73,70
1.124,35
7,47
Carrero
711,47
282,15
73,70
1.067,32
7,09
Volquetero
710,93
279,34
73,70
1.063,96
6,91
Mozo de cuadra
710,30
272,93
73,70
1.056,93
6,83
Arriero
710,30
272,93
73,70
1.056,93
6,83
Cochero de servicio de empresas
710,93
279,34
73,70
1.063,96
6,79
Mozo
710,30
272,93
73,70
1...
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