Convenio regulador. Circunstancias personales de la menor a quien se atribuye el uso de la vivienda. Descripción de la finca

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: No cabe inscribir un derecho de uso a favor de la hija menor atribuido en convenio de divorcio sin identificar la finca y la usuaria. En recurso NO pueden aportarse documentos no presentados al registrador.

- Hechos: Se presenta Testimonio de St de divorcio aprobando un convenio regulador, que atribuye el uso y disfrute de "una vivienda" a una "hija menor". Los datos de la finca y de la hija resultan de un anexo separado, que aún aprobado judicialmente no se presenta al registro de la propiedad.

- El Registrador: emite, lógicamente, calificación negativa, conforme a los Ppios de Especialidad y Determinación, por no expresarse la descripción y datos registrales de la finca y los de identidad y N.I.F. de la hija menor beneficiaria (Arts. 9 LH y 51 RH y R. 19 mayo 2012).

- La Abogada (¿?) de la madre: recurre pero en vez de exponer argumento jurídico alguno, recurre y aporta a la DGSGFP el anexo que no aportó al registrador, con dichos datos descriptivos e identificativos.

- Resolución: Obviamente la DGSGFP desestima el recurso y confirma la calificación. - Doctrina: a) Reitera que el Recurso no puede versar sobre documentos no aportados al Registrador (Art. 326 LH); b) La necesidad de identificar a los sujetos y el objeto de la relación jurídica son exigencias básicas y elementales tal como expresa el registrador en su nota. (ACM)

BREVE COMENTARIO CRÍTICO. Hay veces que uno echa en falta la posibilidad de condena en costas por temeridad o inconsistencia en los escritos...

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