RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2002, de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la ciudad de Melilla, para el desarrollo de diversos programas de interés mutuo centrados en acciones de compensación educativa y de formación e inserción laboral de jóvenes y adultos desfavorecidos.

MarginalBOE-A-2002-22155
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2002, de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la ciudad de Melilla, para el desarrollo de diversos programas de interés mutuo centrados en acciones de compensación educativa y de formación e inserción laboral de jóvenes y adultos desfavorecidos.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la ciudad de Melilla

han suscrito un Convenio de colaboración para el desarrollo de diversos

programas de interés mutuo centrados en acciones de compensación

educativa y de formación e inserción laboral de jóvenes y adultos

desfavorecidos, por lo que, en cumplimiento de los dispuesto en el artÃculo 8.2

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen JurÃdico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el

Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la

publicación en el "BoletÃn Oficial del Estado" de dicho Convenio.

Madrid, 25 de octubre de 2002.-El Director general, José Luis Mira

Lema.

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura

y Deporte y la ciudad autónoma de Melilla para el desarrollo de diversos

programas de interés mutuo centrados en acciones de compensación

educativa y de formación e inserción laboral de jóvenes y adultos

desfavorecidos

Reunidos en Madrid, el dÃa 17 de octubre de 2002, la excelentÃsima

señora doña Pilar del Castillo Vera, Ministra del Departamento de

Educación, Cultura y Deporte, en virtud del Real Decreto 561/2000, del 27

de abril ("BoletÃn Oficial del Estado" del 28), que representa al Ministerio

de Educación, Cultura y Deporte, y el excelentÃsimo señor don Juan José

Imbroda Ortiz, Presidente de la ciudad autónoma de Melilla, nombrado

por Real Decreto 1380/2000, de 19 de julio ("BoletÃn Oficial del Estado"

del 20), en representación de la ciudad autónoma de Melilla en virtud

de las facultades que le atribuye el artÃculo 14 de la Ley Orgánica 2/1995,

de 13 de marzo, de Estatuto de AutonomÃa de Melilla,

EXPONEN

  1. Que el apartado 3 del artÃculo 1 de la Ley Orgánica 8/1985 del

    Derecho a la Educación especifica, de forma explÃcita, que los extranjeros

    residentes en España tendrán también derecho a recibir la educación básica

    que les permita el desarrollo de su propia personalidad y la realización

    de una actividad profesional que sea útil a la sociedad.

  2. Que, por otra parte, los contenidos previstos en los artÃculos 36.3

    y 63.1 de la Ley Orgánica 1/1990 de Ordenación General del Sistema

    Educativo (LOGSE) y el artÃculo 9 de la Ley 8/2000 de ExtranjerÃa instan

    a los poderes públicos a prestar una atención prioritaria al conjunto de

    factores que favorezcan la integración escolar de las personas, sean estas

    infantiles, jóvenes o adultos desfavorecidos con riesgo de exclusión social

    y, entre ellos, la puesta en marcha de programas de compensación y, en

    su caso, formación encaminados a facilitar la superación de desigualdades

    derivadas de factores sociales, económicos, culturales, geográficos, étnicos

    o de otra Ãndole, favoreciendo, en último término, la iniciación profesional

    de los mismos, y encomiendan a las Administraciones Educativas el

    fomento y la creación de iniciativas especificas.

  3. Que, a tal fin, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte forma

    parte del "Observatorio de la Infancia", grupo de trabajo integrado como

    órgano colegiado en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y cuyos

    objetivos son:

    Conocer el estado de situación de la población infantil y de su calidad

    de vida.

    Proponer polÃticas sociales tendentes a desarrollar mejoras en los

    diversos ámbitos que afectan a la infancia.

    Dicho Observatorio funciona en Pleno y en Grupos de Trabajo. Uno

    de los grupos es el de "Maltrato Infantil", que, en este momento, tiene

    el compromiso de sus miembros de colaborar en dos sentidos: a)

    Participación en el "Plan de acción contra la explotación sexual, comercial

    de la infancia y la adolescencia", que insta al Departamento a fomentar

    y promover en los centros educativos de enseñanza formal y no formal

    programas sobre educación sexual en los que se haga hincapié en la

    repercusión de fenómenos como la pornografÃa, los delitos sexuales o la

    prostitución, incidiendo fundamentalmente en los grupos de adolescentes

    inmigrantes, no acompañados, como grupo especÃfico de riesgo en materia

    de explotación sexual; y, b) Colaborar en la extensión de un procedimiento

    para la "Unificación de hojas de detección, notificación y registro de casos

    de riesgo y maltrato infantil" para favorecer una actuación planificada

    y conjunta de las administraciones públicas en la lucha contra el maltrato

    infantil.

  4. Que, también, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte forma

    parte de los Departamentos encargados de contribuir a los logros del "Plan

    Nacional de Acción para el Empleo del Reino de España para el año 2002",

    integrando la Comisión Interministerial que coordina las diversas polÃticas

    activas de formación y empleo.

  5. Que, en consecuencia, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

    y la ConsejerÃa de Educación, Juventud y Mujer del Gobierno de la ciudad

    autónoma de Melilla, conscientes de la especial problemática social y

    económica que caracteriza a ciertos colectivos de la sociedad melillense y

    la importancia de los objetivos señalados en el anterior apartado,

    consideran conveniente establecer fórmulas eficaces de colaboración que

    permitan su alcance, mediante el fomento de iniciativas que promuevan la

    creación de aulas especÃficas de atención a los alumnos desfavorecidos,

    jóvenes y adultos con riesgo de exclusión, fuera del ámbito de escolarización

    ordinaria y, en su caso, la elaboración de materiales didácticos apropiados

    y especialmente dirigidos a estos colectivos.

  6. Que ambas...

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