El control de la gracia de indulto por la jurisdicción contencioso-administrativa

AutorMiquel Pons Portella
CargoAbogado. Barcelona
Páginas15-56
Anuario Jurídico y Económico Escurialense, LI (2018) 15-56 / ISSN: 1133-3677
El control de la gracia de indulto por la
jurisdicción contencioso-administrativa*
Control of pardon’s grace by contentious-administrative jurisdiction
Miquel PONS PORTELLA
Abogado. Barcelona.
Resumen: Desde una pionera resolución dictada en el año 2000, el Tribunal
Supremo enjuicia el ejercicio por el Gobierno del poder para conceder indultos.
De este modo ha ido construyendo una jurisprudencia que, si bien sigue la línea
de su habitual doctrina sobre el control judicial de la actividad de los poderes
públicos, se halla limitada por las peculiares características de la gracia de indulto.
La plena consolidación de esta jurisprudencia aconseja acometer su estudio,
que también resultará de gran utilidad ante la reforma de la Ley del Indulto que se
encuentra ahora mismo en tramitación.
Abstract: Since a groundbreaking resolution issued in 2000, the Supreme
Court judges the exercise by the Government of the power to grant pardons.
In this way the Court has been building a jurisprudence that, although following
the line of its habitual doctrine about the judicial control of public powers
activity, is limited by the peculiar characteristics of the grace of pardon. The full
consolidation of this jurisprudence advises to undertake its study, which will also
be of great use to analyze the reform of the Law of Pardon that is now in process.
Palabras clave: Jurisdicción contenciosa-administrativa, indulto, jurisprudencia,
arbitrariedad, elementos reglados, procedimiento administrati vo, motivació n.
Keywords: Contentious-administrative jurisdiction, pardon, jurisprudence,
arbitrariness, regulated elements, administrative procedure, motivation.
* Este artículo obtuvo, el paso curso académico 2016-2017, el Premio Reina María Cristina, en
su quinta edición, en la modalidad de Derecho, patrocinado por el Banco de Santander. El
jurado calificador estuvo formado por: D. José Iturmendi Morales, Catedrático de Filosofía
del Derecho de la Universidad Complutense de Madrid, Presidente; D. Rafael Navarro-Valls
Catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado de la Unive rsidad Complutense de Madrid, Vocal;
D. Antonio Salas Carceller, Magistrado de la Sala Primera del Tribunal Supremo, Vocal, y
D. Francisco José Zamora García, Decano de Derecho del Real Centro Universitario “Escorial-
María Cristina”.
MIQUEL PONS PORTELLA
AJEE, LI (2018) 15-56/ISSN 1133-3677
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Sumario:
I. Introducción.
II. Los orígenes del control contencioso-administrativo de la
gracia indulto.
2.1. El «caso Liaño» y el control jurisdiccional del indulto:
discusión y confirmación de la doctrina de la Sala Tercera
(2001).
2.2. La pionera Sentencia de 21 de mayo de 2001.
2.3. El posterior tratamiento de la petición de inadmisibilidad.
III. La casuística tratada por la Sala Tercera del Tribunal
Supremo.
IV. El alcance del control contencioso-administrativo de la
gracia de indulto.
4.1. El control judicial de los elementos reglados.
4.1.1. La competencia del órgano administrativo.
4.1.2. Las reglas de procedimiento.
4.1.2.1. La emisión de los informes.
4.1.2.1.1. El informe sobre la conducta del penado.
4.1.2.1.2. El trámite de audiencia al ofendido.
4.1.2.1.3. El informe del Tribunal sentenciador.
4.1.2.1.3.1. La determinación del «Tribunal sen-
tenciador».
4.1.2.1.3.2. El contenido del informe.
4.1.2.2. La duración del procedimiento y el sentido del
silencio.
4.2. El control mediante el principio de legalidad (Sentencia de 2 0
de febrero de 2013).
4.3. El control mediante la interdicción de la arbitrariedad de los
poderes públicos (Sentencia de 20 de noviembre de 2013).
V. Conclusión.
Recibido: junio 2017.
Aceptado: septiembre 2017.
AJEE, LI (2018) 15-56/ISSN 1133-3677
I. INTRODUCCIÓN1
El indulto -esto es: la gracia por la cual se remite total o parcialmente o se
conmuta una pena2- es una institución propia del Derecho Penal que tiene
ciertas concomitancias en el ámbito del Derecho Constitucional. Por lo tanto,
su estudio corresponde preferentemente a los penalistas, en tanto que causa
de extinción de la responsabilidad criminal (art. 130.1.4º del Código Penal),
y a los constitucionalistas, por ser su ejercicio una función del Rey conforme
al apartado i) del art. 62 de la Constitución Española de 1978. Con el presente
trabajo, sin embargo, queremos matizar este certero paradigma ante la constatación
empírica del creciente protagonismo de la jurisdicción contenciosa-administrativa
-y, en concreto, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo- en un aspecto nada
menospreciable del indulto: su control. Porque, del mismo modo que los penalistas
analizan especialmente el concepto y los efectos de este instituto3 y los
1 A lo largo de este trabajo se emplean las siguientes abreviaturas:
- art./arts.: artículo/s.
- BOE: Boletín Oficial del Estado.
- FJ/FFJJ: fundamento/s jurídico/s.
- LJCA: Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- «Ley del Indulto»: Ley de 18 de junio de 1870 estableciendo reglas para el ejercicio de
la gracia de indulto.
- LPACAP: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
- LRJAP-PAC: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2 Diccionario de la lengua española, 23ª edición. A su vez, el reciente Diccionario del español
jurídico (2016) ofrece una definición más amplia de la institución: «medida de gracia que puede
adoptar el Consejo de Ministros por la que se dispone la remisión de todas o de alguna de las penas
impuestas al condenado por sentencia judicial firme». Ambos diccionarios tienen una ed ición
electrónica que puede consultarse a través del sitio web de la Real Academia Española.
3 GARCÍA SAN MARTÍN, J., «El control jurisdiccional del indulto particular» (tesis
doctoral), Las Palmas de Gran Canaria 2007, Biblioteca Universitaria de la ULPGC:
«http://hdl.handle.net/10553/1997» (consultado el 17 de octubre de 2016). GARCÍA SAN
MARTÍN, J., El Indulto: tratamiento y control jurisdiccional, 2ª edición, Valencia 2015.
LLORCA ORTEGA, J., La Ley de indulto: comentarios, jurisprudencia, formularios y notas
para su reforma, 3ª edición, Valencia 2003. PERANDONES ALARCÓN, M., «El indulto y
la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos», en La ley penal: revista de

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