El control del congreso de los diputados al gobierno y la actividad parlamentaria durante el estado de alarma

AutorD. Víctor Ernesto Alonso Prada
CargoLetrado de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Páginas73-107
Gabi lex
Nº 21
Nº Ext raor dinario 202 0
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EL CONTROL DEL CONGRESO D E LOS
DI PUTADOS AL GOBI ERNO Y LA ACTI VI DAD
PARLAM EN TARI A DURANTE EL ESTADO DE
ALARMA
D. Víctor E. Alo nso Pr ada
Let rado de la Administración de la Jun ta de
Com unidades de Castilla-La Manch a.
RESUMEN: La declaración del est ado de alar ma, con
independencia de la causa que pr eceda y motive su
declaración, no int errum pe el normal fun cionamiento de
los órganos constitucionales. En este sentido,
corresponde al Poder Judicial tutelar los derechos y
libertades indiv iduales y colectivas de los ciudadanos
mientras que corr esponde al Congreso de los Diputados
contr olar las m edidas adoptadas por el Gobierno de la
Nación. En este capítulo se tratará el cont rol y la
act ividad par lamentaria que desar rolla el Congreso de
los Diput ados durant e la vigencia del est ado de alarma.
PA LABR AS CL AVE S: Est ado de al arm a, Con gre so d e l os
Diput ados, actividad parlam ent aria, control al Gobierno,
prórroga del estado de alarma, órganos de gobierno de
la Cám ara, respon sabilidad política.
SUMARI O: (I) Plant eam iento general. (I I ) El contr ol
par lament ario al ej ecut ivo dur ante el estado de alarm a.
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(II I) La prórr oga del estado de alarm a. (I V) La v otación
telem át ica durant e la sesión plenaria de la prroga del
est ado de alarma y conv alidación de v arios Reales
Decret os-Leyes. ( V) Conclusiones.
( I ) Plant eamie nto Gen eral
Si, de una parte, el art ículo 116 de la Constitu ción
Españ ola , atribuye al Poder Ej ecutivo la potestad de
dec lara r e l est ado de alar ma dur ant e u n p erio do m áx imo
de quince d ías, de ot ro lado, en ese mism o pr ecept o, se
encomienda al Congreso de los Diputados las t ar eas de
con tro lar el alcance y cont enido de dicha d eclaració n de l
Gobierno y, llegado el caso, acordar su pr órroga a
instancias d el Ej ecutivo.
Como decíam os, en este precepto const it ucional se
enumeran dos claras funciones que tienen que ser
desarr olladas inexcusable e inexorablemente por el
Congreso de los Diput ados, a saber: ( i) el cont rol del
Gobierno, y; (ii) la potestad de autorizar la prroga del
est ado de alarma.
El e stu dio de esta s act iv idad es en est os mom en tos cob ra
un especial interés puest o que, cuando t uvo lugar la
dec lara ción por pa rte del Gob iern o d el esta do d e al arm a,
el pasado 14 de marzo de 2 02 0, la actividad
par lamentaria del Con gr eso de los Diputados no era la
norm al o habit ual, en tanto en cuanto que la misma se
encont raba afect ada por una serie de decisiones de la
Presiden cia y de la Mesa d el Con greso de los Diput ados.
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Si acudim os a la web del Congreso de los Diput ados1
podem os observar que el día 10 de marzo de 2020, la
Presidenta del Congreso de los Diput ados, t ras r eunirse
con la Junt a de Por tav oces, aco rdó desconvocar el Plen o
de esa sem ana ant e la decisión de t od os los diputados
del Gru po Par lam ent ario VOX d e no a sistir a la s sesi ones
par lamentarias previstas dado que uno de sus
par lamentarios había dado positivo por coronavirus.
Asim ism o, ese mismo día, la Mesa del Con greso de los
Diput ados acor desconvocar toda la act iv idad
par lamentaria a excepción de la comparecencia del
Ministro de Sanidad, Salvador Illa, ant e la Comisión de
San idad y Consu m o, par a in for ma r s obr e la ev olu ción del
coronavirus.
Posteriormente, según se inform ó desde la misma w eb
del Congreso de los Diputados, la presidenta del
Congreso de los Diput ados, an unció el aplazamiento de
la act ividad par lamentaria durante dos semanas, de
acuerdo con lo acord ado por la Junta de Por tavoces, a
propuest a de la Presiden cia y de acuer do con las
autoridades sanitar ias.
Los dat os y acuerdos pr eviam en te r eferenciados nos
per miten verificar que cuan do se declaró el estado de
alarm a en nuestro país el Congreso de los Diput ados n o
tenía un funcion amient o norm al. Asimismo, si acu dimos
nuevament e a la propia Web del Congreso de los
Diput ados apreciamos que una vez declar ado el estado
de alar m a t am poco se ha rest abl ecid o co mpl et ame nt e su
act ivid ad.
1
ht tp : //www.congreso.es/portal /page/ por tal/ Congreso/ Congre
so.

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