SAP Madrid 366/2007, 15 de Junio de 2007
Ponente | JOSE GONZALEZ OLLEROS |
ECLI | ES:APM:2007:10755 |
Número de Recurso | 436/2006 |
Número de Resolución | 366/2007 |
Fecha de Resolución | 15 de Junio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 13
MADRID
SENTENCIA: 00366/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 13
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 3971921 Fax: 3971998
N.I.G. 28000 1 7020111 /2006
Rollo: RECURSO DE APELACION 436 /2006
Proc. Origen: JUICIO VERBAL 597 /2005
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 3 de TORREJON DE ARDOZ
De: GALVANIZADOS S.L.
Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
Contra: KOMPASS FRANCE, S.A.
Procurador: BEATRIZ MARTINEZ MARTINEZ
Ponente: Ilmo. Sr. D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ
Ilmo. Sr. D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS
Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO
SENTENCIA
En Madrid, a quince de junio de dos mil siete. La Sección Decimotercera de la Audiencia
Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de Torrejón de Ardoz, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelado KOMPASS FRANCE S.A., y de otra, como demandado-apelante GALVANIZADOS S.A..
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 3, de los de Torrejón de Ardoz, en fecha veintinueve de noviembre de dos mil cinco, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora Dña. Aurora Gutiérrez Marín en nombre y representación de KOMPASS FRANCE S.A. SUC. EN ESPAÑA frente a GALVANIZADOS S.A. debo condenar y condeno a esta última al abono a la actora de la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE EUROS Y OCHO CÉNTIMOS DE EURO (2.567,08 Euros) más los intereses legales desde el momento de la presentación de la solicitud de procedimiento monitorio, así como al pago de las costas de esta causa.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección en fecha veintidós de junio de 2006, para resolver el recurso.
Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día trece de junio de dos mil siete.
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.
Por la representación de la apelante Galvanizados S.A., demandada en primera instancia, se interpone recurso contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrado Juez de Primera Instancia nº 3 de Torreón de Ardoz con fecha 29 de noviembre de 2.005, estimatoria de la demanda interpuesta por la actora y hoy apelada Compás France S.A. Sucursal en España, denunciando como único motivo de apelación error en la valoración de la prueba.
En la demanda iniciadora del procedimiento, la actora, tras exponer que con fecha 19 de septiembre de 2.001 la demandada le encargó la publicación de unos anuncios por los que le adeudaba 2.567,08, interesaba la condena de esta al pago de la cantidad debida.
La demandada se opuso alegando que la cantidad reclamada ya había sido satisfecha y que nunca se le dijo que la misma era el importe anual por edición de cada de las tres pactadas, por lo que entendió que dicho importe respondía al precio total por las tres ediciones.
El Juzgadora de instancia estimó la demanda.
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