El contrato a tiempo parcial: de la oportunidad de generar empleo a la precariedad en el empleo

AutorMaravillas Espín Sáez
CargoProfesora Contratada Doctora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Autónoma de Madrid
Páginas137-162
El contrato a tiempo parcial: de la oportunidad de generar empleo a la precariedad en el empleo 137
RJUAM, nº 31, 2015-I, pp. 137-162ISSN: 1575-720-X
EL CONTRATO A TIEMPO PARCIAL: DE LA OPORTUNIDAD DE
GENERAR EMPLEO A LA PRECARIEDAD EN EL EMPLEO*
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Resumen: En este trabajo pretendo subrayar, en primer término, el protagonismo del contrato
a tiempo parcial como solución teórica al desempleo o como medida de reparto del empleo. En
segundo lugar, analizaré la implementación de su construcción teórica y legal sobre la realidad del
empleo en España. El origen de mi interés por abordar este trabajo se sitúa en los datos alarmantes
que se derivan de los estudios sociológicos y estadísticos más recientes. Se mostrará que ya no es
posible cerrar los ojos a la desigualdad y pobreza que existen en el empleo.
Palabras Clave: trabajo a tiempo parcial; jornada reducida; precariedad; género; discriminación
Abstract: In this work I intend to emphasize, fi rst, the prominence of the part-time contract as a
theoretical solution to unemployment or as a distribution of employment. Secondly, I purport to
analyse the implementation of its theoretical and legal construction in the reality of employment
in Spain. The origin of my interest in addressing this work lies in the alarming data stemming
from recent sociological context. We argue that it is no longer possible to close our eyes to the
inequality and poverty arising in the new forms of employment.
Keywords: part-time work; short-time working; insecurity of the labour market; gender; discri-
mination
S: I. INTRODUCCIÓN; II. CONTEXTUALIZAR EL EMPLEO A TIEMPO PARCIAL;
1. ¿Qué es el empleo a tiempo parcial?; 2. El empleo a tiempo parcial en números; III. LA
REGULACIÓN LABORAL DEL CONTRATO A TIEMPO PARCIAL EN ESPAÑA; 1. Evo-
lución normativa: ¿la historia de un (des)encuentro entre los intereses empresariales y de los
trabajadores?; 2. La vigente ordenación del contrato a tiempo parcial: ¿modalidad contractual o
mecanismo de organización del tiempo?; A. Defi nición; B. Garantías; C. Régimen de las horas
complementarias; IV. LA PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS TRABAJADORES A TIEMPO
PARCIAL; 1. El impacto de la jurisprudencia en materia de discriminación indirecta por ra-
zón de género en la regulación de la protección social de los trabajadores a tiempo parcial; 2.
Novedades en la ordenación de la protección social de los trabajadores a tiempo parcial: ¿pan
para hoy y hambre para mañana?; V. CONCLUSIONES; VI. BIBLIOGRAFÍA.
* Fecha de recepción: 15 de diciembre de 2015.
Fecha de aceptación: 29 de diciembre de 2015.
** Profesora Contratada Doctora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad
Autónoma de Madrid. maravillas.espin@uam.es.
Este artículo se ha escrito en el marco del Proyecto de Investigación “Evaluación sustantiva de las reformas
laborales: una nueva metodología interdisciplinar” (DER 2012-33178).
MARAVILLAS ESPÍN SÁEZ
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RJUAM, nº 31, 2015-I, pp. 137-162 ISSN: 1575-720-X
I. INTRODUCCIÓN
Vivimos inmersos en la tormenta perfecta generada por una profunda crisis económica
que ha ahondado en la crisis permanente del empleo. Esta tormenta está removiendo los
límites legales que hasta ahora marcaban el territorio protegido de los trabajadores en su
más amplia acepción.
Por todos es sabido que nos encontramos ante un fenómeno global. Según los datos
proporcionados por la Organización Internacional del Trabajo (en adelante, OIT), referidos
al desempleo a nivel mundial, 202 millones de personas se encontraban en desempleo al
nalizar 2013, cinco millones más que en el año anterior. Se trata de datos difícilmente
asimilables, en especial, por algunos modelos de políticas públicas de empleo puestos en
práctica por los distintos Estados. Por otra parte, son datos que muestran sólo una parte de
la realidad, la que se puede identifi car, dejando fuera a un importante número de ciudadanos
que han dejado de buscar empleo, abandonando con ello las estadísticas.
En este contexto, la evolución de Europa está siendo especialmente negativa. El
número de desempleados en la Unión Europea se ha incrementado en casi 15 millones de
personas desde 2007. La tasa de paro supera en dos puntos la media del período inmediata-
mente anterior a la crisis. Esta evolución se hace más llamativa si se compara con la de otras
zonas económicas como el Sudeste asiático, Norte de África o Latinoamérica y Caribe1.
En esta evolución España está desempeñando, junto a Grecia, un papel destacado,
pues, según Eurostat, a nales de 2013 España registraba un paro del 26,4%, contrastando
con el 4,9% de Austria2.
La realidad muestra que se ha de partir del presupuesto de que el empleo es un bien
escaso. La reacción de todas las instituciones y gobiernos frente a esta evidencia es la pues-
ta en práctica de nuevas fórmulas para repartirlo o la recuperación de viejas técnicas con
esa misma fi nalidad. Dentro de estas últimas se encuentra la de la contratación a tiempo
parcial, un mecanismo que se viene ensayando desde hace décadas dentro de las sucesivas
estrategias de políticas de empleo. Los resultados son de lo más variado y están vinculados
a factores fundamentales como las características del tejido productivo del país en cuestión,
así como a los niveles de evolución de los respectivos Estados de Bienestar.
Con el contrato a tiempo parcial, al menos en un plano teórico, se trata de combinar
los intereses enfrentados en la relación laboral: de una parte, los del empleador, que desea
1 OIT, Global Employment Trends 2014: Risk of a jobless recovery? Ginebra, 2014, pp. 16 y ss. OIT,
Global Employment Trends 2013: Recovering from a second jobs dip, Ginebra, 2013, pp. 31 y ss.
2 Es llamativa la apreciación realizada por PÉREZ DEL PRADO, D., cuando destaca que, según el Eurostat,
España creó entre 2000 y 2007 el 35% del empleo en Europa, mientras que, por el contrario, ha aportado el
47,5% del total de parados registrados entre 2007 y 2012. “Nuestro país habría destruido tanto empleo como
toda la Unión Europea”. PÉREZ DEL PRADO, D., “El trabajo a tiempo parcial ¿una solución al problema del
desempleo?, Revista de Información Laboral, núm. 5, 2014, p. 262.

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