SAP Ávila 1/2001, 2 de Enero de 2001

PonenteJESUS GARCIA GARCIA
Número de Recurso482/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución1/2001
Fecha de Resolución 2 de Enero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Ávila, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 1/2.001

ILTMOS.SRS. MAGISTRADOS:

PRESIDENTE:

DON EMILIO VILLALAIN RUIZ

MAGISTRADOS:

DON JESÚS GARCÍA GARCÍA

DON IGNACIO PANDO ECHEVARRÍA

En Avila, a 2 de Enero de 2.001.

Vistos ante esta Iltma. Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de Juicio de Cognición nº 93/98, Rollo de la Sala nº 482/2.000, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Avila; seguidos entre partes, de una como apelante Compañía Mercantil "Reale Autos, Compañía de Seguros, S.A.", asistida en primera instancia por el Letrado D. Jesús Fuentes Tejero, y de otra como apelado D. Roberto , dirigido en primera instancia por el Letrado D. José Pastor Callejo.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JESÚS GARCÍA GARCÍA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Avila, en los autos de Juicio de Cognición nº 93/98, con fecha 20 de Junio de 2.000, se dictó sentencia cuya parte dispositiva contiene el siguiente FALLO: "Que desestimando la excepción de defecto legal en el modo de proponer la demanda y desestimando la demanda formulada por el Procurador D. Fernando López del Barrio, en nombre y representación de la Compañía Reale Autos S.A. contra D. Roberto , representado por la Procuradora Dª Ana Alfayate Jimeno, debo absolver y absuelvo al referido demandado de las pretensiones contra él ejercitadas con imposición de las costas a la actora...".

SEGUNDO

Contra mencionada sentencia interpuso la parte demandante, Compañía Mercantil "Reale Autos, Compañía de Seguros, S.A.", el presente recurso de apelación y admitido en ambos efectos con traslado de la copia del escrito a la otra parte personada de conformidad con cuanto se dispone en el art. 734 de la LEC y presentado el oportuno escrito de impugnación del recurso, se remitieron los autosoriginales a esta Audiencia Provincial para su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Cía aseguradora Reale Autos S.A. reclama del demandado D. Roberto la cantidad de 428.980 pts, en base a los siguientes hechos:

Sobre las 3,50 horas del día 15 de Enero de 1.995, y cuando circulaba por la c/Alberto Aguilera de Madrid el turismo Renault 11 matrícula Y-....-YK conducido por su propietario, el ahora demandado D. Roberto , que le tenía asegurado en la entidad La Nueva Corporación, ahora Reale Autos S.A., al llegar a las inmediaciones del cruce con la c/ Blasco de Garay, golpeó al vehículo que le precedía, causándole unos daños por importe de 428.980 pts, cantidad que tuvo que abonar la entidad demandante como responsable civil directa, al amparo de lo que dispone el art. 76 de la L.C.S.

Pero como D. Roberto condujera, en ese momento, bajo la influencia de bebidas alcohólicas, le fue instruido un procedimiento penal, y el Juzgado de lo Penal nº 1 de Madrid le condenó en Sentencia de fecha 23 de Enero de 1.997, siendo confirmada en Sentencia de fecha 28 de Junio de 1.997 por la sección 1ª de la Audiencia Provincial de Madrid, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico.

La Compañía de seguros actora ejercita acción de repetición contra su asegurado porque considera que en las cláusulas limitativas del riego que estaban pactadas en la póliza, en el art. 24- 1-D de las...

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