El contrato de obra

AutorLydia Noriega Rodríguez
Páginas127-132
LECCIÓN XVIII
127
El contrato de obra
SUMARIO: 1. Denición. 2. El objeto del contrato. 3. La acción directa
de trabajadores y suministradores. 4. La responsabilidad por ruina en
las edicaciones en el Código civil. 5. La responsabilidad derivada de
la Ley Orgánica 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la
Edicación. Supuesto XVIII.
1. Def‌inición
Se recoge en el art. 1544 C.c.: «en el arrendamiento de obras o ser-
vicios, una de las partes se obliga a ejecutar una obra o a prestar a la otra un
servicio por precio cierto». A tenor de lo dispuesto, se puede denir el con-
trato de obra como el acuerdo mediante el cual una persona se obliga a
realizar una obra en benecio de otra, por la que deberá abonar un precio.
2. El objeto del contrato
Por un lado, puede ser objeto de contrato de obra, todas las cosas
de resultado material, industrial o cientíco. Por supuesto, se incluyen la
construcción y rehabilitación de edicios. La ejecución de obra puede
ser de dos tipos:

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