El contrato de arbitraje

AutorLydia Noriega Rodríguez
Páginas153-158
LECCIÓN XXIII
153
El contrato de arbitraje
SUMARIO: 1. Denición y modalidades. 2. Árbitros. 3. Efectos del ar-
bitraje: el laudo. 4. Acción de anulación y revisión del laudo. Supuesto
XXIII.
1. Def‌inición y modalidades
ha sido reformada por la Ley 11/2011, de 20 de mayo, de Reforma de la
Ley 60/2003, de Arbitraje, así como por la Ley 42/2015, de 5 de octubre,
de Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, de 7 de enero de 2000.
El convenio arbitral se puede considerar como un mecanismo de resolu-
ción de conictos en los que las partes, voluntariamente, deciden evitar
la vía judicial y que un/os tercero/s (árbitro/s) resuelvan sus controversias,
siempre que sea sobre materias de libre disposición y sobre las que no
haya recaído sentencia judicial rme.
Las partes pueden decidir la naturaleza del arbitraje; bien de De-
recho o en equidad. En el primero supuesto, los árbitros deberán aplicar
la normativa vigente sobre la materia objeto de controversia, por lo que
deben ser especialistas en Derecho. Si es de equidad, deberán actuarán
según «su saber y entender».

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