Selección del contratista

AutorMaría Burzaco Samper
Cargo del AutorUniversidad Pontificia Comillas, ICADE
Páginas124-128
124
SELECCIÓN DEL CONTRATISTA
CRITERIOS DE
VALORACIÓN
Deberá atenderse
a criterios directamente vinculados al objeto del contrato
(p. ej.: la calidad, el precio, la fórmula
utilizable para revisar las retribuciones ligadas a la utilización de la obra o a la prestación del servicio, el plazo de
ejecución o entrega de la prestación, el coste de utilización, las características medioambientales o vinculadas con la
satisfacción de exigencias sociales que respondan a necesidades, definidas en las especificaciones del contrato,
propias de las categorías de población especialmente desfavorecidas a las que pertenezcan los usuarios o
beneficiarios de las prestaciones a contratar, la rentabilidad, el valor técnico, las características estéticas o funcionales,
la disponibilidad y coste de los repuestos, el mantenimiento, la asistencia técnica, el servicio postventa u otros
semejantes)
Cuando sólo se utilice
un criterio de adjudicación, éste ha de ser, necesariamente, el del precio más bajo.
Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato
se determinarán por el ór
gano de contratación
y se detallarán en el anuncio, en los pliegos de cláusulas administrativas particulares o en el documento descriptivo.
En la determinación de los criterios de adjudicación se dará
preponderancia
a aquéllos que hagan referencia a
características del objeto del contrato que puedan valorarse mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la
mera aplicación de las fórmulas
establecidas en los pliegos.
Cuando
en una licitación que se siga por un procedimiento abierto o res tringido se a
tribuya a los criterios evaluables
de forma automática por aplicación de fórmulas una ponderación inferior a la correspondiente a los criterios cuya
cuantificación dependa de un juicio de valor
, deberá constituirse un comité
que cuente con un mínimo de tres
miembros, formado por expertos no integrados en el órgano proponente del contrato y con cualificación apropiada, al
que corresponderá realizar la evaluación de las ofertas conforme a estos últimos criterios, o encomendar esta
evaluación a un
organismo técnico especializado, debidame
nte identificado en los pliegos (v. Órganos de asistencia)
La evaluación de las ofertas conforme a los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas se
realizará tras efectuar previamente la de aquellos otros
criterios en que no concurra esta circunstancia, dejándose
constancia documental de ello.
La valoración de más de un criterio procederá
, en particular, en la adjudicación de determinados contratos:
a) Aquéllos cuyos proyectos o presupuestos no hayan pod
ido ser establecidos previamente y deban ser
presentados por los licitadores.

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