La contratación pública como herramienta para promover la responsabilidad ambiental

AutorMaría Pilar Dopazo Fraguío
CargoProfesora Contratada Doctor Dpto. de Derecho Administrativo Universidad Complutense de Madrid (UCM)
Páginas1-35
REVISTA CATALANA DE DRET AMBIENTAL Vol. XI Núm. 2 (2020): 1 - 35
- Estudi -
https://doi.org/10.17345/rcda2914
LA CONTRATACIÓN PÚBLICA COMO HERRAMIENTA
PARA PROMOVER LA RESPONSABILIDAD AMBIENTAL
PUBLIC PROCUREMENT
AS A TOOL TO PROMOTE ENVIRONMENTAL RESPONSIBILITY
Mª Pilar Dopazo Fraguío
Profesora Contratada Doctor
Dpto. de Derecho Administrativo
Universidad Complutense de Madrid (UCM)
mdopazo@ucm.es
Fecha de recepción: 15 de septiembre de 2020 / Fecha de aceptación: 3 de diciembre de 2020
RESUMEN: La vigente Ley de Contratos del Sector público ha reforzado la
consideración y valoración del cumplimiento de presupuestos cualitativos,
ambientales y sociales. Ello, sin duda, supone un destacado avance en lo relativo
a la integración positiva de dichos aspectos y propiciar su efectiva exigencia en
la práctica. Conforme a esta motivación, en este texto se reflexiona sobre la
oportunidad que ofrece la actual configuración del instrumento de la contratación
pública; y se destaca, en especial, la funcionalidad añadida que puede aportar
como útil medio de actuación a los efectos precitados. La cual, es observada
desde un enfoque preventivo, estratégico y operativo, asimismo en orden a poder
reforzar la responsabilidad medioambiental.
ABSTRACT: The current Public Sector Contract Law has reinforced the
consideration and assessment of compliance with qualitative, environmental and
social budgets. This, without a doubt, represents an outstanding advance in terms
of the positive integration of these aspects and promoting their effective demand
in practice. In accordance with this motivation, this text reflects on the opportunity
offered by the current configuration of the instrument of public procurement; and
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the added functionality that it can provide as a useful means of action for the
aforementioned effects is especially highlighted. Which is observed from a
preventive, strategic and operational approach, also in order to reinforce
environmental responsibility.
RESUM: La vigent Llei de Contractes del Sector públic ha reforçat la
consideració i valoració de l'acompliment dels pressupostos qualitatius,
ambientals i socials. Això, sense dubte, suposa un destacat avanç pel que fa a
la integració positiva d'aquests aspectes i propiciar la seva efectiva exigència en
la pràctica. Amb aquesta motivació, en aquest text es reflexiona sobre
l'oportunitat que ofereix l'actual configuració de l'instrument de la contractació
blica; i es destaca, especialment, la funcionalitat afegida que pot aportar com
a útil a mitjà d'actuació als efectes esmentats. La qual, és observada des d'un
enfocament preventiu, estratègic i operatiu, així mateix a fi de poder reforçar la
responsabilitat mediambiental.
PALABRAS CLAVE: Contratación pública - Ley de Contratos del Sector público
- Cumplimiento ambiental.
PARAULES CLAU: Contractació pública - Llei de Contractes del Sector públic -
Compliment ambiental.
KEYWORDS: Public Procurement - Public Sector Contract Law - Environmental
Compliance.
SUMARIO: 1. CONSERACIONES PREVIAS Y MOTIVACIÓN DEL ESTUDIO.
2. HACIA UNA CONTRATACIÓN PÚBLICA RESPONSABLE Y SOSTENIBLE. 2.1. El impulso
europeo. 2.2. Noción y funcionalidad de la «contratación responsable» / «compra pública
ecológica». 2.3. Evolución de la normativa europea y española. 2.4. La aportación ambiental de
la actual Ley de Contratos del Sector Público. 3. LA RESPONSABILIDAD AMBIENTAL COMO
PRESUPUESTO PARA OPTIMIZAR EL CUMPLIMIENTO NORMATIVO. 3.1. El sistema
administrativo de RMA. Marco regulatorio y características. 3.2. El enfoque preventivo y
garantista. 3.3. Análisis del ri esgo y garantías financieras. 4. CONCLUSIONES. 5.
BIBLIOGRAFÍA Y DOCUMENTACIÓN.
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1. CONSIDERACIONES PREVIAS Y MOTIVACIÓN DEL ESTUDIO.
En España, el vigente marco legal aplicable en el ámbito de la contratación del
Sector Público, ex Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público (LCSP, en adelante)- , hace hincapié en la necesaria consideración de
los aspectos ambientales y sociales. Ello es fruto de la evolución normativa
desarrollada hasta el momento, conforme a los objetivos comunes previstos por
la última generación de Directivas europeas. De este modo, en la actualidad, el
modelo de contratación pública social y ambientalmente responsable, se erige
como un valioso instrumento estratégico, que a su vez podrá ser muy útil desde
un punto de vista operativo y a dichas finalidades.
Si bien, al respecto, aún queda por hacer en la práctica y desde este importante
ámbito de actuación, también deben ser reconocidos los avances producidos.
Pues, este nuevo enfoque estratégico e instrumental que recibe la contratación
abre destacadas oportunidades. De este modo, el sistema normativo adoptado
configura un renovado modelo de contratación pública, donde de forma expresa,
se pretende posicionar la calidad y la protección medioambiental. Desde esta
perspectiva, por ende, cabe afirmar que, en el presente, la contratación pública
se muestra como una útil herramienta (y ámbito de actuación) que puede
coadyuvar para alcanzar los pretendidos fines ambientales, energéticos y
sociales. Con base a lo señalado, se afirma que este clásico instituto jurídico
administrativo suma valor, adquiere mayor proyección y dimensión utilitaria en
interés colectivo o general (o si se prefiere, se potencia su propia empleabilidad
y finalidad pública).
En este sentido, se analiza como desde la actividad de contratación pública se
configura una vía idónea para facilitar e incentivar buenas prácticas; y, con ello,
se podrá incrementar el nivel de exigencia en cuanto al deber de seguir y
demostrar que el compromiso por la calidad sea efectivo. Y en consecuencia,
aquellos operadores interesados en acceder a la contratación pública deberán
acreditar un cumplimiento ambiental más satisfactorio, que resulte sostenible y
responsable. Dichas premisas son (y serán) de gran interés también en lo relativo
al previo diseño y planificación de cada uno de los procesos de contratación.
Asimismo, los poderes adjudicadores han de considerar esta realidad,
estableciendo criterios ecológicos bien definidos, claros y uniformes, informando

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