La contratación pública electrónica

AutorÁngel Martín-Lagos Carreras
Cargo del AutorCoordinador General de Contratación, Recursos Humanos y Gobierno Abierto. Ayuntamiento de Granada
Páginas85-117
La contratación pública electrónica
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Coordinador General de Contratación, Recursos Humanos y Gobierno Abierto.
Ayuntamiento de Granada
Resumen: Es un hecho indiscutido que hoy día el papel de la contratación pública
en las economías nacionales y, por extensión, en la economía mundial,
se ha visto fortalecido gracias a la incorporación a la misma de las TIC,
dando lugar al nacimiento de la llamada contratación abierta en la que,
mediante la incorporación de la innovación, el conocimiento y la intero-
perabilidad, se ha operado un importante proceso de simplificación, agi-
lidad, eficiencia y transparencia en los procesos contractuales, al tiempo
que, se ha potenciado el carácter estratégico de aquélla dado su impor-
tante papel en la implementación de nuevas formas de acción política y
participación ciudadana, propias del modelo de Gobierno abierto.
Abstract: It is an indisputable fact that today the role of public procurement in
national economies and, by extension, in the world economy, has been
strengthened thanks to the incorporation of ICTs, giving rise to the birth
of the so-called open procurement in which, through the incorporation
of innovation, knowledge and interoperability, there has been a
significant process of simplification, agility, efficiency and transparency
in contractual processes, This has led to a significant process of
simplification, agility, efficiency and transparency in contractual
processes, while at the same time enhancing its strategic nature, given
its important role in the implementation of new forms of political action
and citizen participation, typical of the open government model.
Palabras clave: TIC, transparencia, eficiencia, innovación, contratación abierta.
Keyword: ICTs, transparency, efficiency, innovation, open procurement.
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1. LA TRASCENDENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ESTRATÉGICA
DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA
Partamos de un hecho incontrovertible: la contratación pública cons-
tituye en la actualidad “uno de los sectores más importantes del Derecho
Administrativo como rama del ordenamiento jurídico y más relevantes desde
la perspectiva de la actuación de todas las Administraciones y entidades públi-
cas, en términos cualitativos y cualitativos” (Martín y Moreno, 2020:13).
A ello habría que añadir la pujante realidad de un Derecho Administrativo
Global 1 en el que la contratación pública cobra un singular e importante pa-
pel basado en una serie de principios generales entre los que destaca el de
igualdad y prohibición de toda discriminación del que derivan los de publici-
dad, transparencia, libre concurrencia e integridad.
Hoy nadie duda de la trascendencia socioeconómica que para cualquier
país desarrollado tiene la contratación pública. Según los datos proporciona-
dos por la Comisión europea, se estima que la contratación pública representa
antes de la COVID-19, en torno al 14% del PIB total de los Estados miembros
de la Unión (lo que equivale a más de 1,9 billones EUR) 2. En el ámbito de los
países de América Latina y el Caribe, y según los datos ofrecidos por la OCDE 3,
en 2017 representó el 6% del PIB (lo que, desde el punto de vista del gasto en
contratación pública, significó, en promedio, el 17,4% del gasto total de los go-
biernos en países ALC). Por lo que se refiere a España, se estima que equivalió
en el ejercicio 2019 a un 9,87% del PIB y en 2020 un 11,11% del PIB 4.
Los datos anteriores ponen de manifiesto que la contratación pública es una
de las manifestaciones más importantes del gasto público, y no solo porque su
objetivo sea proporcionar obras, bienes o servicios a los ciudadanos, sino porque
hoy en día la contratación pública va más allá y se sitúa entre uno de los instru-
mentos más potentes que cualquier Gobierno democrático puede utilizar para
1 Ejemplos de ello son el Acuerdo de Contratación Pública de la Organización Mundial
del Comercio (OMC) o la Ley Modelo de Naciones Unidas o el Tratado de Libre Comercio
México-Estados Unidos-Canadá (T-Mec).
2 Esta estimación no incluye el gasto de las empresas de servicios públicos. Estimaciones
anteriores que sí incluyen tales servicios sitúan ese porcentaje en torno al 19% del PIB de la UE,
es decir, unos 2,3 billones EUR.
3 OECD (2020), Panorama de las Administraciones Públicas América Latina y el Caribe 2020,
OECD Publishing, Paris, https://doi.org/10.1787/1256b68d-es.
4 Esta estimación previsiblemente se verá incrementada como consecuencia de la contra-
tación pública que se haga a partir de 2021 con cargo al Mecanismo Europeo de Recuperación y
Resiliencia (“Next Generation EU”). Informe trienal relativo a la contratación pública en España
en 2018, 2019 y 2020 de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado (abril de 2021).
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implementar y poner en marcha sus políticas concretas más ambiciosas. De esta
manera podemos decir que la contratación pública ha dejado de ser tan solo un
medio para el aprovisionamiento de bienes o servicios, y se ha convertido en un
instrumento estratégico al servicio de los gobiernos para la realización de otras
políticas públicas tan importantes para cualquier país como el crecimiento eco-
nómico sostenible, el empleo y la promoción de la pequeña y mediana empresa,
la innovación, las políticas de igualdad, de medio ambiente, de eficiencia ener-
gética, de lucha contra la marginalidad, etc. Es, pues, un instrumento para alcan-
zar un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. Desde esta perspectiva, se
abandona así una visión estrictamente presupuestaria de la contratación pública,
y el contrato público es considerado como inversión y no como gasto, superándo-
se así la tradicional aplicación burocrática y economicista de la licitación que se
reorienta hacia una perspectiva instrumental de implementación de políticas pú-
blicas, con el fin de orientar y afianzar comportamientos empresariales beneficio-
sos para el interés general sin que, necesariamente, estén conectados con la direc-
ta satisfacción funcional del contrato (Gimeno, 2020a: 90; Medina, 2011: 43-94).
Ahora bien, es evidente que la consecución de estos objetivos pasa, en
gran medida, por una contratación pública eficaz, eficiente, transparente
y abierta en la que las tecnologías de la información y de la comunicación
(TIC), son un elemento indispensable para su consecución, por lo su implan-
tación efectiva constituye una necesidad inaplazable debiendo integrarse en
todas las fases del ciclo de la contratación pública.
En este orden de ideas, la situación de pandemia mundial provocada por
la COVID-19 nos ha puesto de manifiesto, entre otras cuestiones, la capital
trascendencia de la incorporación y consolidación de las tecnologías digitales
en la gestión pública y, en particular, en la contratación pública. La dramática
situación provocada por el virus requería la adopción de medidas inmediatas
y eficaces para hacer frente a esta coyuntura. Y más allá de cierta descoor-
dinación y desorganización de todos los Gobiernos a la hora de abordar el
confinamiento obligatorio y la prestación a distancia de los servicios públicos
y la falta en algunos casos de herramientas y soluciones técnicas precisas, lo
cierto es que gracias a la digitalización se pudo implantar el teletrabajo, se in-
tensificaron las reuniones no presenciales de dirigentes y gobernantes con lo
que se posibilitó la continuidad a la gestión pública por vías telemáticas. Y en
este panorama ha resultado trascendental la contratación pública electrónica.
Gracias a la digitalización de la contratación se han podido paliar los proble-
mas sanitarios derivados de la situación de alarma y se ha podido hacer un
seguimiento de los contratos tramitados por vía de emergencia 5.
5 A los cuales se les aplica los principios de publicidad y trasparencia.

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