STSJ Cataluña , 14 de Septiembre de 2002
Ponente | EMILIO VICENTE BERLANGA RIBELLES |
ECLI | ES:TSJCAT:2002:10006 |
Número de Recurso | 1916/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 14 de Septiembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Recurso nº 1916/97 Partes: GESTIO GIRONA S.L C/ INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO S E N T E N C I A Nº1156 Ilmos. Sres. Magistrados D. EMILIO BERLANGA RIBELLES Dª. CELSA PICO LORENZO Dª. Mª FERNANDA NAVARRO DE ZULOAGA En la ciudad de Barcelona, a catorce de septiembre de dos mil dos. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION SEGUNDA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº
1916/97, interpuesto por GESTIO GIRONA S.L, representado y asistido por el procurador CARLES ARCAS HERNANDEZ, contra , representado y asistido por EL ABOGADO DEL ESTADO. Ha sido Ponente el Ilmo.
Sr. Magistrado D.EMILIO BERLANGA RIBELLES, quien expresa el parecer de la SALA.
El letrado de la parte actora, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución del 02 de junio de 1997 por la que la Dirección Provincial de Gerona deniega los incentivos solicitados para la contratación de la trabajadora Regina .
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
No habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron y finalmente se señaló día y hora para votación y fallo que tuvo lugar el día 10 de octubre del año en curso.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Impugna la actora, por entender que no se ajusta al ordenamiento jurídico, la resolución del Director Provincial de Girona del INEM que acordó denegar los incentivos solicitados al amparo de la ley 22/1992 por la empresa "Gestió Girona S.L." por la contratación por tiempo indefinido de la trabajadora Regina .
Considera el INEM que, realizada la transformación en indefinido del contrato en prácticas de la indicada...
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