Contestación del arrendador a la solicitud de aplazamiento o condonación del pago del alquiler a causa del coronavirus

AutorvLex
Actualizado aNoviembre 2020

[Nombre y apellidos parte arrendataria]

[Domicilio parte arrendataria]

[Nombre y apellidos parte arrendadora]

[Domicilio parte arrendadora]

En _____________, a ___ de ________ de 20__.

Estimado/a Sr./Sra.,

Me dirijo a Vd. en respuesta a su comunicación remitida en fecha _____, en la que solicita el aplazamiento/condonación del pago del alquiler de la vivienda sita en _____________.

En caso de que el arrendador sea persona física y pequeño propietario:

Habida cuenta de la situación de vulnerabilidad económica en la que se encuentra a causa de la pandemia provocada por el coronavirus, y que ha acreditado debidamente, dentro del plazo de siete días previsto en el art. 8.2 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, le comunico las CONDICIONES DEL APLAZAMIENTO del pago del alquiler:

[Indicar las condiciones de aplazamiento o de fraccionamiento aplazado de la deuda que la persona arrendadora acepta o, en su defecto, las posibles alternativas que plantea en relación con las mismas]

[Si la persona física arrendadora no aceptare ningún acuerdo sobre el aplazamiento y, en cualquier caso, cuando la persona arrendataria se encuentre en situación de vulnerabilidad sobrevenida, esta podrá tener acceso al programa de ayudas transitorias de financiación reguladas en el art. 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo]

En caso de que el arrendador sea gran tenedor: empresa o entidad pública de vivienda o un gran tenedor, entendiendo por tal la persona física o jurídica que sea titular de más de diez inmuebles urbanos, excluyendo garajes y trasteros, o una superficie construida de más de 1.500 m2:

Habida cuenta de la situación de vulnerabilidad económica en la que se encuentra a causa de la pandemia provocada por el coronavirus, y que ha acreditado debidamente, dentro del plazo de siete días previsto en el art. 4.2 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, le comunicamos [la persona arrendadora deberá escoger entre las siguientes alternativas]:

a) La reducción del 50% de la renta arrendaticia durante el tiempo que dure el estado de alarma decretado por el Gobierno [y las mensualidades siguientes si aquel plazo fuera insuficiente en relación con la situación de vulnerabilidad provocada a causa del COVID-19], con un máximo de...

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