Consideraciones para la ordenación del sector de la edificación

AutorLuis Javier Cuenca López
Páginas407-414
407
ANEXOS
ANEXO 1. CONSIDERACIONES PARA LA ORDENACIÓN DEL SECTOR
DE LA EDIFICACIÓN466
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La pretensión de este documento no ha sido la redacción de un proyecto de Ley de
Bases, sino la de establecer criterios previos que, sometidos a debate, puedan dar pie a la
elaboración de ese proyecto de Ley y que nuestra Corporación aporta a la sociedad como
alternativa a los contenidos en el Libro Blanco sobre la Edificación hecho público por el
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo en el mes de julio de 1978.
Estos criterios, que pueden ser controvertidos, básicamente han sido los siguientes:
1. Debe asegurarse la calidad del bien producido cualquiera que sea el modo del pro-
ceso edi catorio elegido y de los agentes que puedan intervenir en él.
El responsable de que el producto edi cado sea aceptable, según las correspon-
dientes normas, es la Administración, que deberá contar con los medios legales y
técnicos para hacer cumplir sus propias disposiciones.
El usuario tiene garantizada la bondad del bien adquirido, porque la Administración
vela en todo momento por sus intereses.
2. El proceso edi catorio propiamente dicho consta de las siguientes etapas.
1. Decisión de edi car, que conlleva el encargo del proyecto y su redacción.
2. Comprobación de la idoneidad del proyecto y concesión de la licencia.
3. Ejecución material de las obras de acuerdo con el proyecto y la licencia.
4. Comprobación del cumplimiento de las determinaciones y normas y aprobación
del bien obtenido cali cándolo como utilizable.
5. Entrega al usuario del producto y de su documentación a efectos de conservación
y mantenimiento.
6. Demolición o rehabilitación para el mismo u otro destino.
Supuesta la aceptación de estos criterios generales, conviene precisar de qué modo
entendemos deben producirse las etapas enumeradas. Para ello exponemos a con-
466 Se incluye este documento elaborado en su día por el Consejo General de los Colegios O ciales
de Aparejadores y Arquitectos Técnicos porque no es muy conocido, aunque se encuentra en los archivos
del CGATE. Nosotros tenemos una copia porque ejercíamos como miembro de la Junta de Gobierno del
Colegio O cial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Granada en el momento de su redacción y se
sometió a nuestra consideración. A pesar de que pueda resultar algo extenso, demuestra que las sugerencias
de la profesión iban por un lado bien distinto a las que, al  nal, estimó en Ministerio de Fomento para la
redacción de la LOE.

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