Consideraciones relativas a los hijos

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A Impacto de la separación/ divorcio y beneficios de la Mediación

Numerosos estudios nos muestran el impacto perjudicial de la separación/divorcio sobre los niños, fundamentalmente a causa de que, aproximadamente en un 50 por 100 de los casos, pierden el contacto con uno de los progenitores, durante dos o tres años, después del proceso de separación638. Y no

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podemos olvidar que los niños necesitan a ambos progenitores para comunicarse adecuadamente.

Investigaciones realizadas en Inglaterra han puesto de manifiesto, que los hijos de padres divorciados se enfrentan al futuro en clara posición de desventaja, en el aspecto socio-económico, a causa de la pobreza de sus relaciones y de su nivel de educación, posibles trastornos y conducta delictiva. Por el contrario, en las familias con padres separados, donde se ha reducido el nivel de conflicto entre éstos, existe una buena relación y contacto frecuente entre el hijo y el padre no conviviente, los niños tienen una buena adaptación social, académica y psicológica639.

Las investigaciones muestran los numerosos beneficios de la mediación, tanto para los padres como para los hijos640, porque implica un bajo nivel de conflicto, una mayor cooperación y comunicación, un elevado porcentaje de acuerdos y el mantenimiento de la relación, de cara al futuro, tanto los progenitores entre sí, como entre éstos y los niños. Se asegura, además, la corresponsabilidad parental en relación con el futuro de los hijos, haciendo posible que éstos mantengan una relación de cariño con ambos progenitores641.

B Intervención de los hijos en el procedimiento

En estrecha conexión con el derecho de los hijos a ser oídos, podría considerarse la posibilidad de que sean también oídos en el proceso de mediación familiar, a fin de que puedan emitir su opinión en las decisiones que le afecten directamente; ello teniendo presente, de modo necesario, su edad y su autonomía642, la cual, según DOLTO, comienza a los nueve años. Aduce esta autora que La justicia, por su parte, no debería olvidar que, las medidas tomadas en interés del niño, representan las condiciones que lo conducirán a hacerse autónomo en la adolescencia 643. Debemos decir, no obstante, que no existe consenso en este punto, como luego se verá, y se oponen argumentos convincentes.

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Se aduce que puede ser muy tentador adoptar una actitud simplista hacia la interpretación de declaraciones relativas a los derechos del niño, pero que no es muy realista, decir que todos los niños tienen necesidades y derechos a expresar sus opiniones a algún oficial o profesional fuera del ámbito de la familia. Si bien se reconoce el derecho del niño a ser escuchado, ello no implica necesariamente que siempre sea apropiado para él participar en la resolución de los conflictos de los padres644.

Para algunos autores la presencia de los hijos en el proceso de mediación está contraindicada, por el riesgo que...

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